Los interrogantes del 22-D
La situaci¨®n de los dirigentes del 'proc¨¦s' dificulta la vuelta a la normalidad institucional
Las elecciones del 21 de diciembre son las m¨¢s at¨ªpicas desde que hay democracia, con todo el Govern destituido e investigado por el Tribunal Supremo, varios exconsejeros y el expresidente huidos a Bruselas y otros en la c¨¢rcel. La normalidad institucional en Catalu?a no se resolver¨¢ al d¨ªa siguiente de los comicios, porque a¨²n quedan varias preguntas por responder. Estas son algunas:
?Cu¨¢ntos l¨ªderes secesionistas ser¨¢n diputados?
Carles Puigdemont, el exvicepresidente Oriol Junqueras y todos los exconsejeros (excepto Meritxell Borr¨¤s, que fue titular de Gobernaci¨®n y que no se presenta) ser¨¢n diputados electos porque ocupan puestos de salida en sus candidaturas. A ellos se sumar¨¢ Jordi S¨¤nchez, presidente de la Asamblea Nacional Catalana (n¨²mero dos por Barcelona por Junts per Catalunya), y Carme Forcadell (cuatro por Esquerra). Si se a?ade Joan Josep Nuet, (n¨²mero 5 de Catalunya en Com¨²-Podem), resultar¨¢ que 16 diputados del nuevo Parlament estar¨¢n imputados por el proceso independentista, aunque el problema a corto plazo se plantear¨¢ con ocho de ellos: los cinco huidos (Carles Puigdemont, Clara Ponsat¨ª, Toni Com¨ªn, Llu¨ªs Puig y Meritxell Serret) y los tres encarcelados (Junqueras, S¨¤nchez y el exconsejero de Interior Joaquim Forn).
?Podr¨¢n tomar posesi¨®n del acta de diputado?
El art¨ªculo 23 del Reglamento del Parlament establece los requisitos para el ¡°acceso al pleno ejercicio de la condici¨®n de diputado¡±: la credencial expedida por la administraci¨®n electoral, la promesa o jura de la Constituci¨®n y el Estatuto de Autonom¨ªa y una declaraci¨®n de bienes. En ning¨²n apartado se exige que esos tr¨¢mites sean presenciales, por lo que los podr¨ªa realizar el apoderado general de la candidatura, en el caso de los encarcelados y los huidos. Joan Vintr¨®, catedr¨¢tico de Derecho Constitucional de la Universidad de Barcelona, explica en un informe jur¨ªdico para Esquerra Republicana que ¡°la reclusi¨®n en un centro penitenciario no impide el acceso a la condici¨®n plena de parlamentario¡±. Otra cosa ser¨¢ el ejercicio de las funciones de diputado.
?Podr¨¢n delegar el voto los diputados ausentes?
Los supuestos para delegar el voto que prev¨¦ el reglamento del Parlament (art¨ªculo 93) solo amparan la baja por maternidad o paternidad, ¡°hospitalizaci¨®n, enfermedad grave o incapacidad prolongada debidamente acreditadas¡±. El reglamento prev¨¦ tambi¨¦n que la Mesa del Parlament pueda modificar los criterios para delegar el voto, pero para favorecer a los ausentes Junqueras y Puigdemont se requerir¨ªa que se reeditara la mayor¨ªa independentista que ten¨ªa la pasada legislatura el secesionismo en ese ¨®rgano parlamentario. Por tanto, el primer obst¨¢culo legal se plantear¨¢ cuando se constituya el Parlament. La fecha la fijar¨¢ Mariano Rajoy y deber¨¢ celebrarse en los 20 d¨ªas h¨¢biles tras las elecciones, que finalizan el 23 de enero. En esa sesi¨®n se elegir¨¢n a los miembros de la Mesa y al presidente de la c¨¢mara, que abrir¨¢ consultas con los l¨ªderes de cada partido y convocar¨¢ el pleno para celebrar el debate de investidura, antes de diez h¨¢biles desde que se constituya la c¨¢mara.
?Qu¨¦ pasar¨¢ con los ausentes?
Como los diputados huidos y encarcelados no pueden delegar el voto, las votaciones se podr¨ªan ver alteradas en perjuicio del independentismo, aunque es muy probable que en el caso de Junqueras, Forn y S¨¢nchez, reclamen al Tribunal Supremo que les excarcele para acudir al Parlament si el juez Pablo Llarena los mantiene en prisi¨®n tras tomarles declaraci¨®n a estos dos ¨²ltimos el 11 de enero.?Otro escenario es que los huidos renunciasen al acta y se produzca un corrimiento de la lista. Si regresan a Espa?a ser¨ªan detenidos y seguramente encarcelados.
?Pueden ser Puigdemont y Junqueras candidatos a la investidura? ?En qu¨¦ caso se repiten las elecciones?
Para ser elegido president hay que ser diputado y realizar un discurso en la c¨¢mara, por lo que el escenario se antoja a¨²n m¨¢s complicado para Junqueras y Puigdemont. En la primera sesi¨®n de investidura el candidato requiere mayor¨ªa absoluta (68 diputados de 135). Si no la consigue, el art¨ªculo 147 del Reglamento del Parlament establece que el candidato ¡°puede someterse a un segundo debate y una segunda votaci¨®n dos d¨ªas despu¨¦s¡± en la que bastar¨¢ con mayor¨ªa simple. Si tampoco prospera, el Parlament tiene dos meses desde el d¨ªa de la primera votaci¨®n para elegir president. Si no lo logra, la c¨¢mara quedar¨ªa disuelta y Mariano Rajoy volver¨ªa a convocar elecciones al amparo del art¨ªculo 155 porque Catalu?a seguir¨ªa sin tener presidente de la Generalitat, que es a quien corresponde esa competencia. Otra hip¨®tesis que se ha barajado es que se invista un president con el ¨²nico objetivo de restablecer la normalidad institucional en Catalu?a, acabar con el 155 y que sea ¨¦l y no Rajoy quien convoque elecciones, que se celebrar¨ªan al cabo de un a?o.
?Se puede ser investido presidente estando en la c¨¢rcel?
Solo existe un precedente similar en la historia de la democracia espa?ola en la que un preso aspir¨® a la presidencia de una comunidad. Fue Juan Karlos Ioldi, que el 26 de febrero de 1987 lleg¨® en un furg¨®n policial como candidato a lehendakari. Estaba en prisi¨®n preventiva, como lo est¨¢ Junqueras y como lo podr¨ªa estar Puigdemont si regresa a Espa?a y es detenido. La diferencia es que el entonces candidato de Herri Batasuna hizo su discurso y regres¨® a la c¨¢rcel sin que ni siquiera se votase su candidatura. La excarcelaci¨®n de Ioldi fue acordada por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, quien consider¨® que mantenerlo en la c¨¢rcel ser¨ªa "oponer trabas al ejercicio de su derecho" y lesionar¨ªa tambi¨¦n "los derechos de sus electores".
?Se deja de ser diputado por estar imputado?
No. Las causas de la p¨¦rdida de la condici¨®n de diputado (art¨ªculo 24 del Reglamento del Parlament) son la renuncia al acta, una sentencia judicial firme que anule la elecci¨®n, una condena firme de inhabilitaci¨®n, el fallecimiento o la extinci¨®n del mandato. Existen otros supuestos que tampoco son de aplicaci¨®n, como que los partidos independentistas fuesen declarados ilegales despu¨¦s de las elecciones por sentencia firme. La simple imputaci¨®n no impide a ning¨²n diputado electo ejercer esta funci¨®n.
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