Un juez de Madrid rechaza las medidas cautelares pedidas por LaLiga para jugar lunes y viernes
La patronal emite un comunicado en el que afirma que el CSD ya resolvi¨® el conflicto, que el fallo es ¡°inocuo¡± y que mantendr¨¢ el f¨²tbol en esas fechas
El juzgado de lo Mercantil n¨²mero 2 de Madrid ha desestimado ¨ªntegramente este martes la solicitud realizada por LaLiga para mantener las medidas cautelares acordadas por la Audiencia Provincial de Madrid para celebrar partidos los viernes y los lunes. El juez Andr¨¦s S¨¢nchez Magro, como ya hizo en la sentencia de mayo pasado tras el juicio celebrado en febrero, emplaza de nuevo a LaLiga y la Federaci¨®n Espa?ola de F¨²tbol (RFEF) a ¡°negociar de buena fe¡± el calendario de La Liga, en cumplimiento de una exigencia legal y ¡°para que se coordine el inter¨¦s del f¨²tbol profesional con el del f¨²tbol no...
El juzgado de lo Mercantil n¨²mero 2 de Madrid ha desestimado ¨ªntegramente este martes la solicitud realizada por LaLiga para mantener las medidas cautelares acordadas por la Audiencia Provincial de Madrid para celebrar partidos los viernes y los lunes. El juez Andr¨¦s S¨¢nchez Magro, como ya hizo en la sentencia de mayo pasado tras el juicio celebrado en febrero, emplaza de nuevo a LaLiga y la Federaci¨®n Espa?ola de F¨²tbol (RFEF) a ¡°negociar de buena fe¡± el calendario de La Liga, en cumplimiento de una exigencia legal y ¡°para que se coordine el inter¨¦s del f¨²tbol profesional con el del f¨²tbol no profesional¡±.
El pronunciamiento del magistrado, seg¨²n fuentes de la RFEF, deja sin efecto la resoluci¨®n del Consejo Superior de Deportes (CSD) de hace cuatro d¨ªas en la que autorizaba a LaLiga a programar encuentros los lunes y los viernes. La patronal, sin embargo, ha emitido un comunicado este mediod¨ªa en el que afirma que el CSD ya resolvi¨® el conflicto de competencias, que la sentencia es ¡°inocua¡± y que mantendr¨¢ el f¨²tbol en esas fechas. ¡°LaLiga manifiesta su absoluta disconformidad ante el fallo emitido hoy por el Juzgado de lo Mercantil, si bien la misma resulta inocua pues, como el propio juez refer¨ªa en la sentencia dictada el pasado 27 de mayo en su p¨¢gina 38, es atribuci¨®n legal del CSD la resoluci¨®n de los conflictos de competencias¡±. LaLiga tambi¨¦n a?ade que ¡°proceder¨¢ al estudio de la conducta de su se?or¨ªa¡± ante ¡°la diferencia de criterio¡± con su anterior fallo.
En la resoluci¨®n, el Juzgado de lo Mercantil establece: ¡°Es l¨®gico y coherente que a trav¨¦s de la coordinaci¨®n exigida por la Ley del Deporte, las partes alcancen el correspondiente acuerdo sobre la cuesti¨®n que nos ocupa. En definitiva, ninguna medida de presi¨®n de la RFEF hacia LaLiga se apreciaba ni se aprecia por este juzgado sino m¨¢s bien todo lo contrario, predisposici¨®n a negociar desde la buena fe para alcanzar un acuerdo satisfactorio para todo el f¨²tbol espa?ol¡±. En el fallo se recuerda que ambas partes han mostrado su capacidad para negociar y para alcanzar acuerdos e insiste en que lo hagan ¡°con ¨¢nimo de alcanzarlos y partiendo de unas posturas razonables en el m¨¢s amplio sentido de la palabra".
Tambi¨¦n apunta que las partes no pueden actuar unilateralmente y que la base de su actuaci¨®n debe ser el acuerdo en esas materias relativas a la organizaci¨®n de la competici¨®n, algo que ¡°si LaLiga no puede olvidar, menos a¨²n la RFEF por su propia posici¨®n institucional, que debe llevarle a facilitar en la medida de lo posible el buen fin de la competici¨®n, que siendo organizada por LaLiga exige su decisiva participaci¨®n. Es, sin duda, una responsabilidad de primer orden¡±.
El juez recuerda que LaLiga y la RFEF llegaron a acuerdos al respecto ¡°al menos desde el a?o 2010 y hasta el a?o 2019, para que se coordine el inter¨¦s del f¨²tbol profesional con el inter¨¦s del f¨²tbol no profesional que, seg¨²n afirma la representaci¨®n letrada de la RFEF, se cifra en casi un mill¨®n de licencias deportivas". Una cuesti¨®n que no ha sido modificada por el Real Decreto-ley 5/2015, ¡°a pesar de los continuos esfuerzos de LaLiga por realizar una interpretaci¨®n que no tiene ning¨²n sustento jur¨ªdico-normativo y que adem¨¢s ha avalado con sus propios actos al suscribir convenios de coordinaci¨®n en los a?os 2010, 2014 o incluso con posterioridad a la entrada en vigor del referido Real Decreto-ley donde expresamente ha acordado con la RFEF la disputa de partidos fuera de la jornada oficial¡±, a?ade.
Tras insistir en que ¡°la legislaci¨®n deportiva estatal aplicable exige una preceptiva coordinaci¨®n entre LaLiga y la RFEF, de acuerdo con la jurisprudencia constitucional y del Tribunal Supremo¡±, el juez estima que la resoluci¨®n de la Audiencia Provincial de Madrid a principios de junio a petici¨®n de Liga es ¡°un examen indiciario y parcial de medidas cautelares, que no entra al fondo de una cuesti¨®n jur¨ªdica compleja¡±. ¡°Ya no es s¨®lo que estas reflexiones vengan a suponer nuevamente, tal y como se realiz¨® en el Auto de 9 de agosto y en la Sentencia de27 de mayo, una admonici¨®n o un consejo por parte de este juzgador, sino que en realidad se trata de constatar una exigencia legal: RFEF y LaLiga deben negociar de buena fe¡±, subraya. Ante la resoluci¨®n hecha p¨²blica este martes cabe la interposici¨®n de recurso de apelaci¨®n ante la Secci¨®n 28 de la Audiencia Provincial de Madrid, la competente en asuntos de naturaleza jur¨ªdica mercantil, en el plazo de 20 d¨ªas.
El pronunciamiento del juez S¨¢nchez Magro se produce cuatro d¨ªas despu¨¦s de la resoluci¨®n de la presidenta del CSD, Irene Lozano, que autoriza la celebraci¨®n de partidos de Primeray Segunda los viernes y los lunes con ciertas condiciones. Entre ¨¦stas, que sea en un m¨¢ximo de 20 jornadas por temporada, sin incluir festivos y un solo partido por jornada y fijar una franja horaria-delimitada y reservada, hasta las 14.00 de s¨¢bados y domingos para la celebraci¨®n y eventual retransmisi¨®n de partidos de la Primera femenina y el resto de categor¨ªas.
El CSD anunci¨® su resoluci¨®n ¡°en el uso de las competencias atribuidas por la legislaci¨®n vigente¡± y al considerar necesario adoptar la misma ¡°con car¨¢cter de urgencia, para establecer un marco de apoyo y protecci¨®n global del ecosistema del f¨²tbol profesional, femenino y federado, que contribuir¨¢ a la estabilidad y la seguridad jur¨ªdica del f¨²tbol y de todo el deporte¡±. ¡°Dicho marco se dise?a respetando escrupulosamente el espacio de la decisi¨®n judicial que finalmente recaiga sobre el conflicto que sostienen la RFEF y la LNFP en los tribunales¡±, a?adi¨®.