La UEFA se blinda contra la Superliga
El organismo aprob¨® en junio un cambio regulatorio para intentar controlar posibles nuevas competiciones europeas de clubes
El proceso de la gran batalla legal desatada entre la Superliga, representada por la European Superleague Company, S.L., la UEFA y la FIFA comenzar¨¢ el pr¨®ximo lunes con la vista ante el Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (TJUE) que se prolongar¨¢ hasta el d¨ªa siguiente. Lo que se dirimir¨¢ en Luxemburgo es si el rupturista proyecto que a¨²n sostienen en primera l¨ªnea Real Madrid, Bar?a y Juventus ¡ªlos otros nueve clubes renunciaron p¨²blicamente pero no han firmado su salida¡ª, quebranta las directrices de...
El proceso de la gran batalla legal desatada entre la Superliga, representada por la European Superleague Company, S.L., la UEFA y la FIFA comenzar¨¢ el pr¨®ximo lunes con la vista ante el Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (TJUE) que se prolongar¨¢ hasta el d¨ªa siguiente. Lo que se dirimir¨¢ en Luxemburgo es si el rupturista proyecto que a¨²n sostienen en primera l¨ªnea Real Madrid, Bar?a y Juventus ¡ªlos otros nueve clubes renunciaron p¨²blicamente pero no han firmado su salida¡ª, quebranta las directrices del desarrollo del deporte en la Uni¨®n Europea, como defienden UEFA y FIFA, o si ambas organizaciones futbol¨ªsticas incurren en monopolio y abuso de posici¨®n como organizadores de las competiciones internacionales, tal y como denunci¨® la Superliga ante la justicia espa?ola y posteriormente elev¨® como cuesti¨®n prejudicial ante el TJUE.
Ambas partes, para asegurarse el ¨¦xito, se han preocupado de enmendar los puntos que cuestionaban los informes previos de la Comisi¨®n de Cultura y Deporte del Parlamento Europeo. A la Superliga le achacaban su car¨¢cter cerrado y elitista y, ante esto, sus impulsores anunciaron que tendr¨¢n m¨¢s en cuenta los criterios deportivos para poder participar, aunque a¨²n no han hecho p¨²blico ese nuevo formato m¨¢s aperturista.
M¨¢s contundente ha sido la UEFA, que ha establecido un marco regulador que puede influir en los procesos abiertos en Espa?a y Luxemburgo, y que es un gui?o a las autoridades europeas para poder erigirse como el gran guardi¨¢n de las competiciones internacionales de clubes que se disputen en su territorio, definido este por el compuesto por todas sus federaciones miembro.
El documento con el que el organismo rector del f¨²tbol europeo trata de blindarse ante la Superliga o similares es una bater¨ªa de requisitos de car¨¢cter no retroactivos aprobada el pasado 10 de junio por su Comit¨¦ Ejecutivo y publicada recientemente en la librer¨ªa de su web. Bajo el t¨ªtulo de Normas de autorizaci¨®n para la regulaci¨®n de las Competiciones Internacionales de Clubes de la UEFA, la legislaci¨®n reflejada en 20 folios impide cualquier proyecto parecido a la Superliga en las formas y en el fondo. Para que esto sea posible la entidad presidida por Alexander Ceferin ve necesario que se le permita que como organismo rector del f¨²tbol europeo [LA UEFA] ¡±controle el desarrollo del f¨²tbol internacional de clubes en Europa y realice una supervisi¨®n regulatoria de todas Competiciones Internacionales de Clubes disputadas en el Territorio de la UEFA y/o en las que participen clubes afiliados a Asociaciones Miembro¡±.
La UEFA tambi¨¦n impone una serie de criterios de autorizaci¨®n que van desde lo administrativo y financiero, lo ¨¦tico y el m¨¦rito deportivo que, de no cumplirse, abortar¨ªan los intentos de una competici¨®n al margen de ella. El proceso de autorizaci¨®n es un campo de minas para la Superliga o futuros proyectos equivalentes. Entre otros muchos requerimientos en lo administrativo y financiero, el organizador deber¨¢ informar sobre ¡°su composici¨®n y fondos y garantizar que el nombre de la competici¨®n y sus logotipos/marcas comerciales no infringir¨¢n ning¨²n derecho de la propiedad intelectual de la UEFA¡±. Adem¨¢s de ser aprobada la solicitud de la competici¨®n, que debe ser presentada 12 meses antes de su inicio, ¡°un organizador que se plantee ser una Combinaci¨®n o Alianza [t¨¦rminos definidos en el documento] requiere una autorizaci¨®n separada antes de su formaci¨®n del Comit¨¦ Ejecutivo de la UEFA y no se formar¨¢ antes de que haya sido autorizada por el mismo¡±.
En cuanto a los criterios deportivos y t¨¦cnicos, aparte de tener que garantizar la participaci¨®n por m¨¦ritos, la normativa incide en cuestiones cruciales como que el organizador debe garantizar que los clubes participantes ¡°presentan a su equipo m¨¢s fuerte a lo largo de las competiciones de clubes de la UEFA y las competiciones de clubes nacionales y cualquier otra Competici¨®n Internacional de Clubes autorizada por la UEFA¡±, adem¨¢s de ¡°ceder a sus jugadores a las selecciones nacionales¡±. En relaci¨®n con los ¨¢rbitros, se exige informaci¨®n al organizador sobre qu¨¦ organizaci¨®n los proporcionar¨¢, qui¨¦n y c¨®mo los designar¨¢, y si estos no pertenecen al sistema actual bajo el paraguas de la FIFA, deber¨¢ dar detalles sobre su formaci¨®n, carrera y experiencia al nivel de los clubes que participan en la Competici¨®n Internacional del Clubes.
Entre las razones que aduce la UEFA para justificar el cambio regulatorio se encuentran ¡°promover la equidad y la apertura de en las competiciones del f¨²tbol¡±; ¡°redistribuir los ingresos con el principio de solidaridad y apoyo a la reinversi¨®n en favor de todos los niveles en el ¨¢mbito del f¨²tbol¡±; o ¡°garantizar que las Competiciones Internacionales de Clubes se organicen de acuerdo con el m¨¦rito deportivo y que los valores deportivos prevalezcan siempre sobre los intereses comerciales¡±.
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