La UEFA abre un proceso que puede excluir al Barcelona de Europa por el ¡®caso Negreira¡¯
El panel de ?tica y Disciplina del organismo inicia una investigaci¨®n y el club azulgrana se arriesga a un primer castigo de un a?o fuera de los torneos europeos
La UEFA dio este jueves un primer paso que puede desembocar en la exclusi¨®n del Barcelona de sus competiciones, al menos durante un a?o, por el caso Negreira. El organismo europeo anunci¨® el inicio de una investigaci¨®n por parte de su panel de ?tica y Disciplina. ¡°Aplicando el reglamento Disciplinario de la UEFA, los inspectores de ?tica y Disciplina de la UEFA han sido designados para llevar a cabo una investigaci¨®n sobre una posible violaci¨®n del marco legal de la UEFA por parte del FC Barcelona en relaci¨®n con el llamado caso Negreira¡±, comunic¨® la m¨¢xima organizaci¨®n del f¨²tbol europeo. En el escrito se alude al art¨ªculo 31.4 de su c¨®digo ?tico y Disciplinario, por el cual se otorga potestad al ¡°Comit¨¦ Ejecutivo de la UEFA, al Presidente, al Secretario General y a los ¨®rganos disciplinarios¡± para ¡°llevar a cabo investigaciones, ya sea solo o en cooperaci¨®n con otros miembros de la UEFA o fuera de la UEFA¡±.
Este primer movimiento tiene que ver con la decisi¨®n que debe tomar la UEFA entre finales de mayo y principios de junio, cuando la Federaci¨®n Espa?ola de F¨²tbol le comunique los clubes que se han clasificado para sus competiciones. El Barcelona competir¨ªa, presumiblemente, en la Champions como campe¨®n de Liga o como ocupante de los otros tres puestos correlativos que otorgan una plaza en la m¨¢xima competici¨®n europea. Una vez que conoce los equipos clasificados, el organismo europeo cursa una invitaci¨®n obligatoria a los clubes para participar en sus torneos bajo dos premisas: que cumplan el fair-play financiero y que no est¨¦n envueltos en un caso de fraude deportivo. Con la entrada en vigor desde 2007 de los art¨ªculos 4.02 y 4.03 del reglamento de sus competiciones, la UEFA advierte de que podr¨¢ sancionar ¡°cualquier actividad dirigida a arreglar o influir en el resultado de un partido a nivel nacional o internacional¡± y ¡°declarar¨¢ que dicho club no podr¨¢ participar en la competici¨®n. Esta inelegibilidad es eficaz solo para una temporada¡±.
Seg¨²n fuentes conocedoras del proceso, con esta primera investigaci¨®n abierta por su panel de ?tica y Disciplina, la UEFA est¨¢ adelantando trabajo por si se determinara que el Barcelona, por el caso Negreira, no cumple con el segundo de los requisitos para ser invitado a participar en sus torneos durante un a?o, que es lo que establecen los reglamentos de sus distintas competiciones. De tomar esta decisi¨®n, con las pesquisas ya iniciadas, la UEFA se ha dispuesto ya a la b¨²squeda de argumentos que sustentaran la exclusi¨®n del Barcelona por un a?o. La entidad azulgrana, que recibi¨® la notificaci¨®n de la UEFA de la apertura de la investigaci¨®n, prefiri¨® no hacer comentarios p¨²blicos al respecto. Otras fuentes pr¨®ximas al procedimiento tienen la duda de si la UEFA, de no aceptar al Barcelona, lo har¨ªa con vistas a la pr¨®xima temporada o para la siguiente. En cualquier caso, a finales de mayo o principios de junio tendr¨¢ que tomar una primera decisi¨®n.
Expertos en derecho deportivo consultados consideran que si el Barcelona es excluido por lo que figura en la denuncia de Fiscal¨ªa tendr¨ªa posibilidades de ganar el recurso ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo de Lausana (TAS) al no haber pruebas concluyentes de que hubo compra de ¨¢rbitros. Otros especialistas creen que el mero hecho de pagar al vicepresidente del Comit¨¦ T¨¦cnico de ?rbitros durante casi dos d¨¦cadas y que los pagos, m¨¢s de siete millones de euros, cesaran cuando Negrera dej¨® el cargo es suficiente para castigar al club blaugrana. La declaraci¨®n de Negreira ante la Agencia Tributaria sobre la presunta ¡°neutralidad¡± que pretend¨ªa el Barcelona con su contrataci¨®n tambi¨¦n es un argumento para los que defienden que la sanci¨®n es clara.
El inspector de la Superliga
La inelegibilidad para competir en Europa durante un a?o a la que primero se expone el Barcelona es independiente de lo que luego determinen los ¨®rganos disciplinarios de la UEFA. Una vez concluida la investigaci¨®n de los dos inspectores nombrados, estos deben decidir si se abre expediente o se archiva el caso. El Barcelona ya sabe que uno de los dos inspectores es el suizo Jean Leuba, el otro es la abogada Mirjam Koller, tambi¨¦n de nacionalidad suiza. Leuba es un cl¨¢sico en los procedimientos disciplinarios emprendidos en los ¨²ltimos a?os por el organismo europeo contra los clubes espa?oles. Este ya fue uno de los instructores en el expediente que les fue abierto al Barcelona, al Real Madrid y a la Juventus por la Superliga. Por entonces, la elecci¨®n de Leuba anticipaba la clara intenci¨®n sancionadora de la UEFA, paralizada finalmente por el proceso abierto ante el Tribunal de Justicia Europeo y posteriormente por un auto de la Audiencia Provincial de Madrid.
De seguir adelante el proceso abierto por el panel de ?tica y Disciplina de la UEFA, lo normal es que los inspectores primero soliciten la inadmisi¨®n del Barcelona y, posteriormente, se dictamine una sanci¨®n que puede llegar a ser de dos a?os en adelante sin competir en Europa. En este sentido, hay precedentes. El Fenerbah?e turco primero fue excluido por un a?o y posteriormente sancionado con otros dos por un asunto de ama?o de partidos. Por lo mismo, el Skenderbeu alban¨¦s tambi¨¦n fue primero no admitido por un a?o y despu¨¦s asumi¨® una sanci¨®n de una d¨¦cada sin participar en Europa. El reglamento de la UEFA tambi¨¦n prev¨¦ que pueda haber sanciones extrapolables a las competiciones nacionales como la p¨¦rdida de puntos o el descenso de categor¨ªa, pero de esto no hay precedentes.
LaLiga y la Federaci¨®n enviaron informaci¨®n
El paso dado por la UEFA responde en gran parte a los informes que le han llegado por parte de LaLiga y tambi¨¦n de la Federaci¨®n Espa?ola de F¨²tbol. La patronal envi¨® un escrito al Comit¨¦ de ?tica y Disciplina de la UEFA a las 48 horas de saltar el ¡®caso Negreira¡¯ en el que detallaba los hechos que empezaban a conocerse y considerar que motivaban la apertura de una investigaci¨®n por parte de los ¨®rganos correspondientes del organismo europeo. Por su parte, la federaci¨®n dio traslado de toda la informaci¨®n de la que dispon¨ªa a requerimiento de la UEFA y tambi¨¦n de los pasos de la investigaci¨®n interna y de informaci¨®n reservada que abri¨® al poco de saltar.
Sin posibilidad de una sanci¨®n deportiva en Espa?a porque desde 1990 la Ley del Deporte establece que las faltas graves prescriben a los tres a?os, la UEFA es la instituci¨®n que m¨¢s capacidad real tiene para poder sancionar al Barcelona deportivamente en el caso de que sus ¨®rganos disciplinarios lo consideren oportuno. La FIFA tambi¨¦n puede entrar, pero solo suele hacerlo en casos de pa¨ªses donde las autoridades deportivas deciden no intervenir para no perjudicar a sus clubes.
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