Las infracciones descubiertas en la cooperativa Astilleros Ojeda, presunto delito de estafa
El env¨ªo al ministerio fiscal de las actuaciones practicadas en la Sociedad Cooperativa Astilleros Ojeda y Aniceto, de Avil¨¦s, por si las infracciones descubiertas revistieran un delito de estafa de m¨¢s de cien millones de pesetas, ha sido solicitado el pasado 14 de abril al delegado provincial. de Trabajo, sin que se haya realizado todav¨ªa el tr¨¢mite, por el inspector que investig¨® la situaci¨®n de esta cooperativa, constituida en agosto de 1978, despu¨¦s de que los anteriores propietarios abandonaran Espa?a dejando a su suerte a una plantilla de 160 trabajadores. La constituci¨®n de esta sociedad laboral fue apadrinada por Rafael Calvo Ortega, en tonces ministro de Trabajo y diputado de UCD por Asturias.
El inspector de Trabajo propone la m¨¢xima sanci¨®n posible a la empresa -quince millones de pesetas-, que deber¨¢ ser acorda da, en su caso, por el Consejo de Ministros, si bien la cuant¨ªa correspondiente por las supuestas infracciones deber¨ªa superar los 44 millones de pesetas. Otras de las actuaciones propuestas -tampoco han sido aplicadas- consisten en abrir una investigaci¨®n sobre la conducta seguida por los responsables o funcionarios de la Oficina de Empleo de Avil¨¦s, que registraron multitud de contratos temporales, y del Instituto de Mediaci¨®n, Arbitraje y Conciliaci¨®n (IMAC), de Avil¨¦s, que tramit¨® en un mismo d¨ªa m¨¢s de treinta conciliaciones por despidos aparentemente nulos, sin comunicar en uno ni otro caso las evidentes apariencias de irregularidades a la Delegaci¨®n Provincial de Trabajo, la remoci¨®n de los titulares de los ¨®rganos de gobierno de la cooperativa y la intervenci¨®n temporal de ¨¦sta con la finalidad de evitar la pr¨¢ctica continua de supuestas conductas il¨ªcitas hasta normalizar y sanear la sociedad.Comprobaciones
Seg¨²n el informe del inspector de Trabajo, ha sido comprobada la comisi¨®n de numerosas infracciones en materia de Seguridad Social, la connivencia entre la sociedad y 84 trabajadores para la obtenci¨®n por parte de ¨¦stos del subsidio de desemplepleo, en unos casos por fin de contrato temporal, indebidamente concertado, y en otros, por despido ficticio seguido de conciliaci¨®n ante el IMAC, la prestaci¨®n de servicios por 53 titulares del subsidio de desempleo sin causar aIta en la Seguridad Social, la obtenci¨®n de 158 pr¨¦stamos del Fondo Nacional de Protecci¨®n al Trabajo (FNPT) cuando el n¨²mero de trabajadores dados de alta, hasta diciembre de 1980, era s¨®lo de 51 de promedio, la solicitud y con cesi¨®n de pr¨¦stamos a personas que nunca se integraron como trabajadores de la cooperativa, sin notificaci¨®n al FNPT de esta circunstancia ni devoluci¨®n del dinero percibido, y la irregular contrataci¨®n de los socios cooperativistas mediante contratos temporales que ha reportado unas bonificaciones indebidas en las cotizaciones de la Seguridad Social en una cuant¨ªa de m¨¢s de nueve millones de pesetas, entre mayo de 1979 y enero de 1981.
Por otra parte, el delegado provincial de Trabajo otorg¨® la escritura notarial correspondiente a la entrega de los 79 millones de pesetas de los pr¨¦stamos a los cooperativistas sin que hasta la elaboraci¨®n del informe haya sido justificadacon los documentos pertinentes la representaci¨®n de los cooper¨¢tivistas o ratificads la escritura por parte de ¨¦stos.
El informe se refiere igualmente a la obstrucci¨®n e intentos de ocultaci¨®n encontrados por el inspector de Trabajo para realizar su investigaci¨®n y a la conducta de la junta rectora de la cooperativa, siempre en confIicto, afirma, con los m¨¢s elementales principios exigidos por la legalidad vigente.
La mayor¨ªa de los cooperativistas se ha visto obligada bajo amenazas de expulsi¨®n, siempre seg¨²n el informe, a trabajar diez horas diarias e incluso domingos, percibiendo de la cooperativa el complemento del subsidio por desempleo hasta alcanzar la cuant¨ªa del salario correspondiente.
La actividad del astillero lleg¨® a paralizarse despu¨¦s del abandono de sus propietarios. La Delegaci¨®n de Trabajo autoriz¨® cuatro expedientes de regulaci¨®n de empleo y el Fondo de Garant¨ªa Salarial se hizo cargo de las indemnizaciones por rescisi¨®n de contratos y de los d¨¦bitos salariales pendientes, cuyo importe se aproxim¨® a los treinta millones de pesetas.
El 5 de febrero de 1979, en campa?a electoral, la presidencia del patronato del FNPT resolvi¨® la concesi¨®n de los pr¨¦stamos solicitados por los cooperativistas despu¨¦s de haber recibido un informe. en contra elaborado por su propio gabinete y otro a favor, y realizado por el presidente de la Federaci¨®n Provincial de Cooperativas. De los perceptores de los pr¨¦stamos, 31 nunca se incorporaron como trabajadores a la cooperativa. Por lo menos, cuatro de ellos han causado alta como trabajadores por cuenta ajena en otras empresas desde fechas anteriores a la solicitud de los pr¨¦stamos.
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