Recelos de la APM hacia el Tribunal Constitucional
El informe de la Asociaci¨®n Profesional de la Magistratura (APM) muestra su inquietud ante la preponderancia del Tribunal Constitucional, cuyas sentencias se introducen, dice, "dentro, casi, de las fuentes de derecho". El art¨ªculo 5 del anteproyecto de ley impone a los jueces y tribunales la obligaci¨®n de aplicar las leyes seg¨²n la Constituci¨®n y conforme a la interpretaci¨®n que de ella hagan "las sentencias dictadas por el Tribunal Constitucional en todo tipo de recursos". Como se sabe, el Tribunal Constitucional ha rectificado repetidamente los pronunciamientos judiciales para adaptarlos a la Constituci¨®n, especialmente con ocasi¨®n de la resoluci¨®n de recursos de amparo de los derechos fundamentales, a solicitud de los ciudadanos a quienes se les violan.La APM invoca la ley org¨¢nica del Tribunal Constitucional para proponer que el valor que el Gobierno pretende atribuir a las sentencias de este alto tribunal s¨®lo afecte a las que resuelven juicios o cuestiones de inconstitucionalidad, "sin extenderlo a las dictadas en los recursos de aniparo". Hasta el momento, la v¨ªa m¨¢s eficaz utilizada por el Tribunal Constitucional para lograr el respeto de los principios y las normas de la Carta Magna ha sido la rectificaci¨®n de las sentencias de los jueces y tribunales que contin¨²an aplicando normas o criterios obsoletos, lo cual ha provocado recelos en la Magistratura.
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