El Ministerio de Justicia, contra corriente
La izquierda y la derecha parlamentarias, representadas por el PCE y AP, se han pronunciado en favor del jurado puro, o integrado por ciudadanos legos en derecho, presididos por un magistrado, que redactar¨¢ la sentencia de acuerdo con el veredicto de los jurados. ?se es el modelo elegido tambi¨¦n por el PNV. Mientras tanto, el Gobierno deshoja la margarita y no acaba de optar, ni siquiera en la ley Org¨¢nica del Poder Judicial, entre dicho sistema de jurado y el denominado mixto o escabinado, integrado por ciudadanos legos en derecho y jueces t¨¦cnicos, que act¨²an y votan conjuntamente. Sin embargo, el ¨²nico borrador, encargado por el ministro de Justicia al catedr¨¢tico Vicente Gimeno Sendra, opta claramente por el jurado mixto.El ministro de Justicia, Fernando Ledesma, y los funcionarios del departamento guardan celosamente este anteproyecto para evitar anticipar un debate con el Grupo Parlamentario Socialista, en su mayor¨ªa favorable tambi¨¦n al jurado puro. El Tribunal del Jurado dise?ado por el profesor Gimeno Sendra est¨¢ formado por dos magistrados y seis jurados, elegidos por sorteo de un censo general que se dividir¨¢ en tres secciones, correspondientes a los grupos de edad de 18 a 30 a?os, de 31 a 50 y de 51 a 70 a?os. Declarado el juicio oral concluso para sentencia, los ocho miembros del Tribunal del Jurado se reunir¨¢n en la sala de deliberaciones, donde el presidente llamar¨¢ la atenci¨®n sobre las disposiciones de esta ley respecto a la deliberaci¨®n y voto, as¨ª como sobre la trascendencia de la funci¨®n social que van a cumplir.
Actuar¨¢ de secretario el magistrado que no sea presidente. Los jueces de hecho y de derecho deliberar¨¢n y votar¨¢n, entre otros extremos, sobre el hecho principal y su calificaci¨®n legal; la participaci¨®n de los acusados en concepto de autores, c¨®mplices o encubridores; el estado de frustraci¨®n, tentativa, conspiraci¨®n o proposici¨®n para delinquir; las circunstancias eximentes, atenuantes y agravantes de la culpabilidad y las circunstancias que extinguen la penalidad. Si no fuere procedente la absoluci¨®n, votar¨¢n en ¨²ltimo lugar la aplicaci¨®n de la pena y las medidas de seguridad.
Ninguno de los jurados podr¨¢ abstenerse de votar, pero en caso de hacerlo (inicialmente ser¨¢ multado con 75.000 pesetas y posteriormente se le podr¨¢n incoar diligencias por desobediencia), la abstenci¨®n se reputar¨¢ como voto a la tesis m¨¢s favorable. En primer lugar votar¨¢ el ponente, y en segundo los jueces legos, y los j¨®venes antes que los viejos. El presidente del tribunal votar¨¢ el ¨²ltimo. La decisi¨®n desfavorable al. acusado exige una mayor¨ªa de cinco votos. El Tribunal del Jurado deliberar¨¢ y votar¨¢ tanto las penas como las medidas de seguridad, pero omitir¨¢ pronunciarse sobre la pretensi¨®n civil de resarcimiento, que corresponder¨¢ resolver exclusivamente a la secci¨®n de Derecho.
Todos en contra
Todo el arco parlamentario es contrario a esta f¨®rmula de jurado, en la que la Asociaci¨®n Pro-Jurado, presidida por Gustavo L¨®pez-Mu?oz, y otros sectores juradistas ven el riesgo de que en la deliberaci¨®n conjunta entre jueces y ciudadanos los primeros influyan sobre los segundos. Con ocasi¨®n del actual debate parlamentario sobre el proyecto de ley Org¨¢nica del Poder Judicial, los diputados comunistas plantearon una enmienda en favor de la reinstauraci¨®n del jurado puro. Igualmente, aunque con mayores cautelas, el Grupo Popular propuso que la futura ley determine los delitos en los que el tribunal de derecho "deba basar su condena o declaraci¨®n de inocencia en el veredicto de los jurados". El diputado de AP Antonio Pillado explic¨® esta semana en el pleno del Congreso que "los jueces legos s¨®lo deben entender de los hechos, dejando la aplicaci¨®n del derecho para los jueces de carrera".
Tambi¨¦n el PNV, que el 14 de julio de 1983 present¨® en el Congreso de los Diputados una proposici¨®n de ley de jurado (que no lleg¨® a tramitarse ante la promesa socialista de remitir un proyecto de ley), se inclina por el jurado puro y estructura del siguiente modo el denominado Tribunal del Jurado: una Secci¨®n de Culpabilidad integrada por nueve ciudadanos cuya misi¨®n consiste en determinar el hecho objeto del proceso y declarar la culpabilidad o inocencia del acusado, y una Secci¨®n del Derecho compuesta por jueces y magistrados profesionales, uno de los cuales presidir¨¢ el tribunal, a los que corresponde aplicar las normas jur¨ªdicas al veredicto emitido y dictar sentencia.
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