UGT, condenada a una multa de 15.000 pesetas por atribuirse un falso delegado
La Magistratura de Trabajo n¨²mero 10 de Madrid ha impuesto una multa de 15.000 pesetas a UGT y ha anulado el proceso electoral seguido en la empresa Fern¨¢ndez Barrios. La sentencia es consecuencia de la demandada presentada por CC OO por un delegado elegido en unas elecciones que no llegaron a celebrarse. La sentencia anula el presunto delegado y remite los hechos al juzgado de guardia por "la posible existencia de un delito de falsificaci¨®n de documento p¨²blico".
La sentencia, dictada in voce por el titular de la Magistratura n¨²mero 10 de Madrid, relata que el pasado 20 de octubre "una persona de sexo masculino", que se identific¨® como representante de UGT, se person¨® en la empresa Fern¨¢ndez Barrios, SA, y "sorprendiendo la buena fe y confianza de dicha empresa y de los trabajadores", hizo firmar en blanco varios impresos electorales. Los trabajadores, seg¨²n lo relatado en la citada sentencia, creyeron que se trataba de un procedimiento previo a las elecciones.Posteriormente, contin¨²a el relato de los hechos, estos impresos fueron rellenados por "personas desconocidas y fueron aportados tambi¨¦n por personas desconocidas" en el centro de Mediaci¨®n Arbitraje y Conciliaci¨®n, registr¨¢ndose como elecci¨®n celebrada.
El magistrado estima que los hechos no suponen un proceso electoral "ni de hecho ni de derecho". Y en cuanto a la argumentaci¨®n de UGT de que no es la Magistratura el tribunal adecuado para la demanda efectuada por CC OO, el magistrado se?ala que, efectivamente, no es el tribunal adecuado en lo que se refiere a lo penal, pero s¨ª lo es para determinar la validez de las elecciones.
En consecuencia, la sentencia declara que hay dos hechos claros. El primero, que alguien que dijo ser de UGT, que utiliz¨® los impresos de este sindicato y firm¨® en su nombre, sorprendi¨® la buena fe de los trabajadores y de la empresa. Y en segundo lugar, que queda claro que no se celebraron elecciones en la empresa Fern¨¢ndez Barrios. El juez califica de "montaje" la documentaci¨®n sobre las elecciones presentada en el CMAC, "que defrauda uno de los derechos constitucionales m¨¢s importantes de los trabajadores".
El magistrado estima la demanda y condena -la sentencia advierte que como mero formalismo- a los codemandados (la empresa y los componentes de la mesa electoral, as¨ª como el delegado falsamente elegido) a "estar y pasar por la nulidad que se declare, a¨²n cuando dicha condena no es mas que eso: un formalismo legal, por cuanto m¨¢s que actores de la farsa, son verdaderas v¨ªctimas".
En cuanto a UGT es condenada a la multa de 15.000 pesetas por temeridad. Al mismo tiempo, el magistrado indica que "habiendo tenido conocimiento por raz¨®n de mi cargo de unos hechos que pudieran revestir car¨¢cter de delito, ordeno para su depuraci¨®n que se remita testimonio de todo lo actuado de forma inmediata al Juzgado de Instrucci¨®n de Guardia", al objeto de que "por el mismo se depuren, si ha lugar a ello, la posible existencia de un delito de falsificaci¨®n de documento p¨²blico".
Las elecciones sindicales en las peque?as empresas est¨¢n siendo objeto de una dura pol¨¦mica. CC OO defiende que se revisen todas las actas de las elecciones celebradas hasta ahora por entender que todas se han realizado de forma fraudulenta.
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