La casa de socorro de Alcal¨¢ no suele hacer partes sobre detenidos, seg¨²n un jefe policial
Los m¨¦dicos de guardia de la casa de socorro de Alcal¨¢ de Henares no suelen extender partes facultativos de los detenidos que se les presentan para su reconocimiento, seg¨²n asegur¨® el pasado 26 de mayo ante el juez el jefe de la brigada local de Polic¨ªa Judicial de dicha ciudad. .4 preguntas del ahogado de un detenido al que, dos d¨ªas despu¨¦s de pasar por la casa de socorro, se le apreci¨® en comisar¨ªa una herida ulcerada, el polic¨ªa contest¨® que los m¨¦dicos de este establecimiento sanitario no extienden parte cuando el detenido manifiesta que no tiene lesiones.
En el Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 2 de Alcal¨¢ de Henares, del que es titular Pedro Cano Ma¨ªllo, se siguen diligencias previas, n¨²mero 3.294/1987, contra dos acusados de un atraco detenidos el 9 de diciembre de 1987. El atestado policial incluye una diligencia sin fecha ni firma seg¨²n la cual los detenidos "fueron trasladados a la casa de socorro municipal de esta ciudad para su reconocimiento por el m¨¦dico de guardia, que no extendi¨® parte facultativo al considerar que no presentaban lesiones".Sin embargo, el 11 de diciembre de 1987, tras permanecer dos d¨ªas en comisar¨ªa, tanto el m¨¦dico forense como el de la casa de socorro apreciaron que uno de los detenidos, Agust¨ªn Moreno Carmona, presentaba una herida ulcerada que precisaba tratamiento hospitalario. El forense describi¨® la lesi¨®n como una "herida contusa abierta de 12 cent¨ªmetros de longitud y cinco de ancho... ". El m¨¦dico de la casa de socorro detall¨® que se trataba de una "herida ulcerada en nalga derecha de 15 por 6 cent¨ªmetros, al parecer sobreinfectada...", que precisaba tratamiento.
El mismo d¨ªa 11 de diciembre, el comisario jefe de Alcal¨¢ de Henares pidi¨® autorizaci¨®n judicial para trasladar a Agust¨ªn Moreno "al hospital Penitenciario de la Prisi¨®n Provincial de Madrid, dado que la peligrosidad del mismo as¨ª lo aconseja". En el escrito policial se explica que se ha tenido "conocimiento en la ma?ana de hoy", dice, "que dicho individuo ten¨ªa una herida antigua, al parecer por arma de fuego, en la regi¨®n gl¨²tea".
Ausencia del fiscal
En relaci¨®n con estos hechos, el abogado del detenido herido, Luis Mar¨ªa Figueroa Cuenca, asisti¨® a la declaraci¨®n prestada los d¨ªas 23, 25 y 26 de mayo ante el juez Cano Ma¨ªllo por el Jefe de la Brigada Local de Polic¨ªa Judicial, Alfonso Carlos Garrido Vega. El letrado manifest¨® su extra?eza ante la ausencia del ministerio fiscal durante la declaraci¨®n del polic¨ªa, mientras que a la del detenido asistieron "no uno, sino dos fiscales". El abogado pregunt¨® c¨®mo pod¨ªa explicarse el reconocimiento m¨¦dico previo en el que no se apreciaron lesiones y la herida comprobada tras permanecer dos d¨ªas en comisaria.
El inspector Garrido Vega confirm¨® repetidamente, seg¨²n consta en los autos, que el 9 de diciembre de 1987 el m¨¦dico de guardia no extendi¨® parte facultativo "al considerar que no hab¨ªa lesiones". Garrido explic¨® que, cuando dos d¨ªas despu¨¦s comprobaron que el detenido estaba herido, los polic¨ªas se extra?aron de que en la casa de socorro, "no fuera extendido parte facultativo".
Por lo que se refiere a la an¨®mala omisi¨®n del parte m¨¦dico, el inspector Garrido explic¨® al letrado: "... En Alcal¨¢ de Henares, y desde hace muchos a?os, ninguna persona detenida, cuando pasa a la casa de socorro, regresa con parte facultativo desde el momento en que el detenido", asegur¨® el polic¨ªa, "manifieste que no tiene lesiones. Ignoro las ¨®rdenes que los facultativos de servicio pudieran recibir en tal sentido".
El abogado pregunt¨® por qu¨¦ no se hab¨ªan unido al atestado los partes de servicio de los polic¨ªas que acompa?aron al detenido a la casa de socorro, a fin de constatar que el m¨¦dico de guardia no apreci¨® lesiones, a lo que Garrido contest¨® que la ley no exige adjuntar esos partes internos, e insisti¨® en que la no extensi¨®n de parte facultativo es habitual cuando el detenido dice "que no tiene lesiones'.
Ante estas revelaciones hechas en presencia judicial, sin que el magistrado ordenara investigar estos hechos, el letrado Figueroa solicit¨® del juez que requiriera el libro de registro de entrada de la casa de socorro para comprobar por qu¨¦ razones no se apreciaron lesiones en Moreno Carmona. Seg¨²n el letrado, hasta el momento el juez no ha ordenado ninguna investigaci¨®n en la casa de socorro.
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