Un ajuste para acercarse a Europa
La filosof¨ªa del programa de convergencia real
Un ajuste para acercarse a Europa
Pese a la crucial importancia del paquete de medidas estructurales que se desarrolla en el siguiente apartado, ser¨ªa poco realista pensar que todos nuestros problemas de convergencia se resuelven con reformas de los mercados o que ¨¦stas pueden llegar a ser capaces de exoneramos de la necesidad de mantener unas pol¨ªticas financieras vigilantes. Las medidas de oferta, al dinamizar la asignaci¨®n de recursos y dificultar la absorci¨®n por parte del sector protegido de las mejoras de productividad globales, aumentar¨¢n las posibilidades de crecimiento del sistema, pero la estabilidad del crecimiento -una cuesti¨®n cr¨ªtica- depender¨¢ de una orientaci¨®n vigilante de las pol¨ªticas de manejo de la demanda que las medidas estructurales no podr¨¢n sustituir.Para cumplir con el objetivo de estabilidad macroecon¨®mica, las autoridades econ¨®micas cuentan b¨¢sicamente con dos pol¨ªticas instrumentales: la pol¨ªtica monetaria y la pol¨ªtica fiscal.
1. Pol¨ªtica monetaria. En una econom¨ªa abierta, con libre circulaci¨®n de capitales y con un compromiso cambiario como el asumido por Espa?a al participar en el Sistema Monetario Europeo, el ¨²nico papel posible para la pol¨ªtica monetaria es el mantenimiento de la estabilidad cambiaria, un objetivo que, en las circunstancias actuales de la econom¨ªa comunitaria, dif¨ªcilmente puede argumentarse que sea capaz de acomodar pol¨ªticas nacionales de tipos de inter¨¦s marcadamente distintos.
Por tanto, y mientras persistan los problemas de reajuste de las principales econom¨ªas europeas, resulta muy dificil concebir un cambio dr¨¢stico en la presente orientaci¨®n de la pol¨ªtica monetaria. Aunque, evidentemente, cabe asumir que, en la medida en que cedan las tensiones inflacionistas, se producir¨¢ un ajuste gradual a la baja de los tipos de inter¨¦s nominales y quiz¨¢ tambi¨¦n de los tipos reales, siempre y cuando el aumento de las tasas de ahorro nacional -especialmente por mejoras en el comportamiento ahorrador del sector p¨²blico- sea lo suficientemente elevado como para suavizar las tensiones sobre los fondos prestables generados por una demanda de inversi¨®n creciente tanto en Europa como fuera del continente.
Adem¨¢s del descenso provocado por la absorci¨®n del diferencia] de inflaci¨®n, el ¨²nico margen adicional de reducci¨®n de tipos de inter¨¦s con el que cuenta la econom¨ªa espa?ola proviene de la reducci¨®n de las expectativas de devaluaci¨®n futura que acompa?ar¨ªa al movimiento de estrechamiento de su banda de fluctuaci¨®n en el Acuerdo Cambiario del SME. No obstante, es necesario tener en cuenta que parte de este margen puede sencillamente verse compensado por la exigencia de una mayor prima de riesgo a la inversi¨®n en activos denominados en pesetas, si la decisi¨®n de entrada en la banda estrecha del SME se percibiese por los mercados como precipitada, insostenible o viniese precedida de una devaluaci¨®n del tipo central que amortiguase los efectos de disciplina buscados.
Por todo ello, y dado que para asumir el compromiso de estrechar la banda todav¨ªa resta un plazo razonable de tiempo, el Gobierno dar¨¢ este paso tan s¨®lo cuando est¨¦ seguro de que las perturbaciones diferenciales de la econom¨ªa espa?ola puedan ser perfectamente absorbidas.
En l¨ªnea con la anteriormente descrita decisi¨®n de fortalecer la credibilidad de la orientaci¨®n a medio plazo de la pol¨ªtica econ¨®mica, y anticipando la ya consensuada autonom¨ªa de los bancos centrales de los pa¨ªses que deseen participar en la tercera fase de la UEM, el Gobierno se compromete a presentar al Parlamento, a lo largo de 1992, un proyecto de ley por el que se otorgue al Banco de Espa?a plena autonom¨ªa en la formulaci¨®n y ejecuci¨®n de la pol¨ªtica monetaria.
2. Pol¨ªtica fiscal y presupuestaria. La orientaci¨®n de la pol¨ªtica monetaria que se acaba de describir evidentemente supone que gran parte de la responsabilidad del ajuste diferencial de la econom¨ªa espa?ola debe recaer sobre la pol¨ªtica presupuestaria.
Los compromisos en esta ¨¢rea se concretan en cuatro grandes principios:
a) En el ¨¢rea de los ingresos p¨²blicos, el compromiso de mantener constante la presi¨®n fiscal individual en el nivel alcanzado en 1993, a?o en el que ya se habr¨¢n agotado las consecuencias m¨¢s sustantivas de la reforma del impuesto sobre la renta de las personas f¨ªsicas y de la armonizaci¨®n de la imposici¨®n indirecta espa?ola. A partir de entonces, los incrementos de recaudaci¨®n logrados deber¨¢n necesariamente provenir del propio crecimiento econ¨®mico y de las mejoras de gesti¨®n que se intruduzcan.
b) En el campo del gasto p¨²blico, el primer principio b¨¢sico del programa se sustancia en el compromiso de mantener el gasto en infraestructuras del conjunto de las administraciones p¨²blicas en torno al 5% del PIB.
c) Aunque sobre unos datos toda v¨ªa no definitivos, se han tenido en cuenta las exigencias que se derivar¨¢n para el presupuesto del paquete De lors II, tanto en lo relativo a las aportaciones a la CE como a la necesidad de atender a una mayor cofinanciaci¨®n de los fondos estructurales comunitarios.
d) En lo que concierne al desequilibrio presupuestario, dos son los aspectos a destacar. En primer lugar, el compromiso de no apurar el margen de d¨¦ficit presupuestario acordado en Maastricht, dado el necesario reequilibrio de los papeles respectivos de la pol¨ªtica fiscal y monetaria. Por ello, se propone alcanzar en 1996 un d¨¦ficit presupuestario del 1% del PIB, tras. un proceso gradual de absorci¨®n del actual desequilibrio. En segundo lugar, se asume 'que este esfuerzo de consolidaci¨®n fiscal lo har¨¢n no s¨®lo las administraciones centrales, sino tambi¨¦n las administraciones territoriales. Para garantizar esa distribuci¨®n equitativa del esfuerzo financiero, el recientemente concluido Pacto de Financiaci¨®n Auton¨®mica constituye una pieza crucial.
El compromiso de no modificar la legislaci¨®n triburaria en el periodo de vigencia del programa m¨¢s all¨¢ de lo exigido por el proceso de armonizaci¨®n comunitaria de la imposici¨®n indirecta, supone que la senda de evoluci¨®n de los ingresos vendr¨¢ determinada por el crecimiento econ¨®mico que se consiga -cuyo efecto recaudatorio se ver¨¢ reforzado por la progresividad del sistema fiscal- y por la afloraci¨®n de bases ocultas que se deriven de las mejoras de gesti¨®n y de lucha contra el fraude. Teniendo en cuenta todos estos elementos, los impuestos directos pasar¨ªan de superar en 1991 el 10, 1 % del PIB a representar en 1996 alrededor del 11,9%, mientras que el peso relativo de los indirectos aumentar¨ªa del 7,9% al 8,5%, y el de las cotizaciones sociales, del 11,4% al 12,3%. Por su parte, el resto del ingresos no financieros permanecer¨ªa estabilizado en torno al 3,5% del PIB.
Por lo que concierne a los gastos de las administraciones p¨²blicas centrales, las obligaciones reconocidas se estabilizar¨¢n en tomo al 37% del PIB, con lo que las necesidades de financiaci¨®n de las administraciones centrales pasar¨¢n del 2,8% del PIB en 1992 al 0,75% en 1996.
Por su parte, las administraciones territoriales se comprometen a realizar un esfuerzo de consolidaci¨®n fiscal equiparable al que desarrollar¨¢n las administraciones centrales, reduciendo sus necesidades de financiaci¨®n del 1,1% del PIB al 0,25% en 1996. De esta forma, las necesidades de financiaci¨®n de las administraciones p¨²blicas pasar¨¢n del 4,4% del PIB registrado en 1991 al 1% que se registrar¨¢ en 1996.
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