El Gobierno niega a la CMT el poder de autorizar los cambios de propiedad en las televisiones privadas
Una de las leyes promovidas a la carrera por el Gobierno de Aznar, en 1997, atribuy¨® a la Comisi¨®n del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) el "control del r¨¦gimen de participaciones accionariales" en empresas "de telecomunicaciones y de los servicios audiovisuales, telem¨¢ticos e interactivos". En funci¨®n de esa norma, la CMT se consider¨® competente para autorizar los cambios de propiedad en las televisiones privadas y llevar el registro correspondiente, facultades ejercidas hasta entonces por el Ministerio de Fomento. Pero la CMT se ha rendido pronto a la evidencia de que dicho departamento en absoluto est¨¢ dispuesto a desprenderse de tal poder.Seg¨²n el pre¨¢mbulo de la ley de 24 de abril de 1997, la CMT es un "¨®rgano independiente", por m¨¢s que, unos renglones m¨¢s abajo, tal independencia quede fuertemente condicionada por el articulado, que ordena el nombramiento por el Gobierno de todos los miembros de la Comisi¨®n; y que adscribe el organismo entero al Ministerio de Fomento. En todo caso, la CMT es un ¨®rgano colegiado y su naturaleza no es id¨¦ntica a la de una mera dependencia de la Administraci¨®n.
La CMT trat¨® de hacer valer lo que cre¨ªa su nueva competencia con motivo de la venta de acciones de Antena 3 a Telef¨®nica, al Banco Santander y a Macame, SA (una sociedad del BCH), pactada en el verano de 1997. El 2 de octubre pasado, la CMT decidi¨® plantear al ministro de Fomento su discrepancia por el hecho de que la Secretar¨ªa General [del Ministerio] hubiera autorizado esas transmisiones, cuando la CMT "hab¨ªa estimado que el ¨®rgano competente para otorgar dicha autorizaci¨®n previa era la Comisi¨®n del Mercado de las Telecomunicaciones". As¨ª lo explica undocumento de la Comisi¨®n redactado a efectos de regularizar la inscripci¨®n de las acciones vendidas de Antena 3.
Pero el 17 de octubre, el ministro remiti¨® a la CMT su respuesta, en forma de informe jur¨ªdico en el que se sentaba el principio de que el Gobierno conserva la facultad legal de autorizar las compras y ventas de acciones en las televisiones privadas.
Ese informe argumentaba que, por m¨¢s que la ley de 24 de abril de 1997 haya dado facultades "de control" a la CMT sobre las participaciones en el capital en el mercado de las telecomunicaciones, "el concepto de 'control' no permite entender que de forma t¨¢cita se ha derogado la regulaci¨®n sobre la autorizaci¨®n de la ley de televisi¨®n privada".
Y a?ad¨ªa el informe oficial: "Control' y 'autorizaci¨®n' son, desde el punto de vista gramatical, dos conceptos diferentes y no coincidentes, por lo que las regulaciones sobre ellos no tienen por qu¨¦ excluirse, ni son antit¨¦ticas, sino que deben complementarse".
El intento de hacerse fuertes dur¨® poco. A la vista de la postura adoptada por el Gobierno, la CMT hubo de aceptar que el ministro de Fomento sigue siendo plenamente competente para otorgar la autorizaci¨®n previa a los cambios de propiedad en las televisiones privadas. El papel de la CMT queda limitado, en este asunto, a la "funci¨®n de llevanza" del registro.
[La CMT aprob¨® ayer los modelos de contrato a suscribir por Canal Sat¨¦lite Digital con los usuarios para el uso de los descodificadores y la prestaci¨®n del servicio de televisi¨®n digital mediante acceso condicional. En ellos se informa que el car¨¢cter abierto y compatible del descodificador deriva del acuerdo con otros operadores, a¨²n pendiente].
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