Leyes contra la realidad
La legislaci¨®n mundial no est¨¢ cruzada de brazos ante el panorama real de la explotaci¨®n laboral de los ni?os. Los documentos m¨¢s operativos son la Carta Magna de los Derechos Humanos, aprobada por la ONU en 1948; el Convenio 138 de la Organizaci¨®n Internacional del Trabajo (OIT); y la Declaraci¨®n Universal de los Derechos de la Infancia de 1989.Seg¨²n la OIT, los ni?os no pueden trabajar hasta haber acabado la ense?anza obligatoria o, en todo caso, no antes de tener 15 a?os. Si el trabajo es peligroso para la salud, la seguridad o la moral¨ªdad del menor, el m¨ªnimo de edad son los 18 a?os. Consciente de la dura realidad de los pa¨ªses pobres, la OIT admite la posibilidad de que los ni?os trabajen entre los 13 y los 15 a?os, pero con la condici¨®n de que no resulte perjudicada su escolarizaci¨®n.
Hay adem¨¢s un Programa Internacional para la Erradicaci¨®n del Trabajo Infantil (siglas en ingl¨¦s, IPEC), elaborado en 1992: compete a los Gobiernos, sindicatos, patronales, organizaciones humanitarias, educadores, padres y ni?os. Al extenderse el IPEC a. Iberoam¨¦rica, Espa?a se adhiri¨®, y hoy es uno de los principales contribuyentes econ¨®micos, con 212 millones de pesetas para el quinquenio 1995-2000 para estudios en Suram¨¦rica, Centroam¨¦rica y el Caribe.
El ¨²ltimo informe elaborado por la OIT, el pasado mes, en una conferencia para la abolici¨®n del trabajo infantil celebrada en Kampala (Uganda), la entidad se?ala que "hay que atacar la pobreza, motivo fundamental que explica la actividad laboral de los ni?os", e "imponer la ense?anza b¨¢sica universal". La OIT prev¨¦ que, si no se invierte la actual tendencia, s¨®lo en ?frica se pasar¨¢ de 80 millones de ni?os explotados laboralmente a 100 millones en los pr¨®ximos 15 a?os. En Iberoam¨¦rica, el n¨²mero de ni?os obligados a trabajar se cifra en 25 millones.
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