El Supremo anula la c¨¢rcel para un maestro que abus¨® de su alumna
La Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo ha anulado la pena de seis meses de prisi¨®n impuesta a un profesor de ingl¨¦s y gimnasia que abus¨® sexualmente de una alumna de 13 a?os, por estimar que la multa de 720.000 pesetas y la inhabilitaci¨®n durante seis a?os para la docencia, a las que tambi¨¦n fue condenado, castigan suficientemente el delito. El Supremo niega que la lesi¨®n ps¨ªquica padecida por la v¨ªctima deba castigarse aparte.La Audiencia de Zaragoza conden¨® al profesor por un delito continuado de abusos sexuales, cometido durante 1996 y 1997, a 720.000 pesetas de multa, adem¨¢s de a la m¨¢xima pena de inhabilitaci¨®n que permite el C¨®digo Penal para esos delitos: seis a?os. En concepto de responsabilidad civil, la Audiencia conden¨® al profesor a indemnizar a la v¨ªctima con 915.000 pesetas.
La Audiencia conden¨® tambi¨¦n al profesor, como autor de lesiones ps¨ªquicas a su alumna, a seis meses de prisi¨®n, pena que ha sido anulada por el Supremo, al considerar que tales perjuicios ya fueron penalizados al sancionar el delito de abuso sexual, por lo que no deben castigarse aut¨®nomamente. La Audiencia consider¨® probado que el profesor se vali¨® de su condici¨®n docente para, "con el pretexto de conversar sobre sus estudios", encontrarse con la menor fuera del centro educativo para hablar, no sobre lo convenido, sino sobre sexo, y para llevarla a un piso deshabitado, donde "bes¨® y manose¨® a la chica en todo su cuerpo, por debajo del vestido, logrando ella con sus protestas que dejara de efectuarlo". La conducta del profesor se reprodujo en m¨¢s de tres ocasiones, mediante encuentros er¨®ticos en los que hizo objeto a la muchacha de manipulaciones obscenas, as¨ª como la desnud¨®, masturb¨®, bes¨® y manose¨®, "pero sin intenci¨®n de yacimiento", dice la sentencia.
Secuelas
A la joven se le diagnostic¨® un trastorno depresivo, que requiri¨® tratamiento durante 83 d¨ªas. Como secuela, le qued¨® un trastorno de estr¨¦s postraum¨¢tico.
El Supremo, al que recurri¨® el condenado, que pretend¨ªa su absoluci¨®n, confirma las otras penas y anula la de c¨¢rcel, por entender que "los resultados producidos por la acci¨®n, derivados fundamentalmente del sentimiento de culpabilidad que produc¨ªa a la menor mantener esta especie de relaciones sexuales con su profesor, est¨¢n ya alcanzados por la pena prevista". El alto Tribunal considera que las dolencias ps¨ªquicas padecidas por la menor no constituyen un delito distinto del abuso sexual sufrido, sino la consecuencia del mismo, por lo que los jueces no pueden sancionar con m¨¢s pena de la establecida para el mencionado delito.
Mientras que el art¨ªculo 181 del C¨®digo Penal aplicable cuando se produjo el abuso sexual del profesor a su alumna castigaba este delito con multa, la Ley Org¨¢nica de 30 de abril de 1999, que reform¨® la ley penal, permite castigar ese delito con multa o con uno a tres a?os de c¨¢rcel.
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