El Superior desestima una demanda contra Educaci¨®n de una alumna que sufre sordera
El Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco estima en una sentencia que no puede acreditarse que la sordera sufrida por una alumna de 14 a?os del colegio Sallabente, de Ermua, se deba a los dos pelotazos que sufri¨® en el patio del recreo y desestima el cobro de 20 millones de pesetas que solicitaba la familia de la v¨ªctima al Departamento de Educaci¨®n. La sentencia es firme y sobre ella no cabe recurso.El dictamen de la Secci¨®n Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del m¨¢ximo tribunal vasco responde al recurso presentado en nombre de Mar¨ªa Nieves D. G. ante la "denegaci¨®n por silencio" de Educaci¨®n a la reclamaci¨®n planteada. La demanda se basaba en los da?os y perjuicios sufridos por "la deficiente organizaci¨®n, programaci¨®n y vigilancia de las actividades escolares" en el centro escolar p¨²blico.
Los hechos ocurrieron durante el curso 1991-92 cuando la v¨ªctima segu¨ªa estudios de EGB. El 19 de abril, se encontraba en el patio de recreo cuando recibi¨® un violento impacto en la cabeza causado por un bal¨®n de cuero lanzado por un alumno de su curso. Poco m¨¢s de un mes despu¨¦s, el 24 de mayo, la alumna recibi¨® otro golpe, tambi¨¦n por un bal¨®n lanzando por otro menor, alcanz¨¢ndole esta vez en el lado izquierdo.
La demanda recalcaba que era pr¨¢ctica habitual en el colegio que los escolares jugaran l¨ªbremente en el patio sin la presencia del profesor de gimnasia. La v¨ªctima sufre sordera profunda irreversible y lleva una pr¨®tesis ac¨²stica en el o¨ªdo izquierdo, en el que conserva un 30% de audici¨®n. La p¨¦rdida de audici¨®n en el o¨ªdo derecho es total. La joven requiri¨® tratamiento psicol¨®gico dada la grave limitaci¨®n que arrastra.
Sin prueba pericial
Pese a todo, el Tribunal Superior de Justicia considera que, aun "siendo incuestionable la existencia de lesi¨®n", no ha quedado acreditado que los da?os producidos tengan origen en los golpes recibidos por la joven en el centro escolar.
El fallo argumenta que los distintos informes m¨¦dicos practicados no permiten tener por acreditada sin g¨¦nero de duda la relaci¨®n causal entre las lesiones producidas y su origen. La Sala llama adem¨¢s la atenci¨®n en que "se echa en falta la pr¨¢ctica de una prueba pericial" que confirme la tesis de la agredida. Tampoco estima probado que el colegio funcionara de forma anormal o con negligencia y que, en caso de que el profesor de gimnasia hubiera estado presente, tampoco existe la garant¨ªa de que se hubiera podido evitar el hecho.
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