La UE abre el expediente de las 'vacaciones fiscales' a terceros
La Comisi¨®n Europea ha abierto el plazo para que terceras partes interesadas puedan presentar sus observaciones sobre los tres reg¨ªmenes de ayudas fiscales en forma de exenci¨®n del Impuesto de Sociedades (vacaciones fiscales) para empresas de reciente creaci¨®n en las provincias vascas, concedidos hasta finales de 1994. El Ejecutivo comunitario public¨® en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 37, del pasado d¨ªa 3, un resumen del expediente en el que se da de plazo hasta el 3 de marzo para enviar a Bruselas las observaciones oportunas.
La Comisi¨®n notific¨® el 28 de noviembre a las autoridades espa?olas su decisi¨®n de incoar el procedimiento previsto en el art¨ªculo 88 del Tratado de la CE sobre las ayudas concedidas por ?lava, Guip¨²zcoa y Vizcaya a las nuevas empresas hasta finales de 1994. Las exenciones fiscales que concedieron las tres diputaciones pretend¨ªan fomentar la creaci¨®n y puesta en marcha de nuevas empresas con un capital desembolsado de m¨¢s de 20 millones de pesetas, que invirtieran m¨¢s de 80 millones y crearan m¨¢s de 10 empleos. La exenci¨®n del Impuesto de Sociedades a estas empresas estaba prevista durante diez a?os fiscales consecutivos.
La Comisi¨®n considera que, al tratarse de medidas que no pueden clasificarse como 'de m¨ªnimos', las ayudas deber¨ªan haber sido notificadas previamente. Al no haberse comunicado, el Ejecutivo comunitario estima que pueden calificarse como ilegales. Por otro lado, la Comisi¨®n subraya que la exenci¨®n del Impuesto de Sociedades no estaba limitada sectorialmente y por lo tanto pod¨ªa concederse a empresas sujetas a normas sectoriales de la UE, como las aplicables a actividades de producci¨®n, transformaci¨®n y comercializaci¨®n de productos agr¨ªcolas, a la pesca, a la industria carbonera, a la siderurgia, al transporte, a la construcci¨®n naval, a las fibras sint¨¦ticas y a la industria del autom¨®vil.
Todo indica, seg¨²n el Ejecutivo comunitario, que las ayudas fiscales no respetaron las normas, y existen dudas sobre su compatibilidad cuando el beneficiario pertenec¨ªa a un sector sujeto a normas especiales.
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