La Audiencia condena a una madre y sus hijos por pedir orden de protecci¨®n
La Audiencia Provincial de Vizcaya ha condenado en costas a una madre y sus dos hijos que solicitaron, por un caso de violencia dom¨¦stica, una orden de protecci¨®n contra su ex marido y padre, respectivamente. El fallo del tribunal, presidido por Ana Iracheta, fue dictado el 2 de junio, pero no fue notificado a las partes hasta el pasado 15 de julio.
Asistidas por una letrada de oficio, adscrita al turno especial de violencia dom¨¦stica del Colegio de Abogados de Vizcaya, la madre y sus dos hijos solicitaron en primera instancia, ante el Juzgado de Barakaldo, una orden de protecci¨®n contra A.J. por maltrato dom¨¦stico, una situaci¨®n que, seg¨²n la esposa denunciante, padece desde hace 25 a?os, cuando iniciaron la convivencia. Los dos hijos de la pareja, igualmente, denunciaron a su padre por maltrato y amenazas de muerte.
El Juzgado de Instrucci¨®n n? 1 de Barakaldo deneg¨® en un Auto el pasado 26 de febrero la orden de protecci¨®n a las v¨ªctimas de la violencia dom¨¦stica. La madre y sus dos hijos decidieron recurrir el fallo de primera instancia ante la Audiencia Provincial, que ha confirmado la denegaci¨®n de la protecci¨®n y, lo que es m¨¢s curioso, condena a las recurrentes a pagar los costes del proceso judicial.
Los dos requisitos
La sentencia de la Audiencia desestima el recurso de apelaci¨®n de M.S., su hija y su hijo, menor de edad, "con expresa imposici¨®n al recurrente de las costas causadas en esa instancia", sin explicar, como suele ser habitual, por qu¨¦ condena a los tres recurrentes a correr con los gastos del procedimiento.
Como a la madre y a sus dos hijos les fue concedida la justicia gratuita, la condena en costas previsiblemente no se aplicar¨¢.
Respecto a la denegaci¨®n de la orden de protecci¨®n, el fallo de la Audiencia de Vizcaya considera que no se cumplen los dos requisitos legales necesarios para su concesi¨®n: en primer lugar, la existencia de indicios fundados de la comisi¨®n de un delito o falta contra la vida o la integridad f¨ªsica o moral y, en segundo lugar, una situaci¨®n objetiva de riesgo para la v¨ªctima.
La sentencia considera que s¨ª se cumple la primera de las condiciones pero no la segunda. El fallo argumenta que los testimonios de los tres recurrentes, que interpusieron sendas denuncias por violencia dom¨¦stica contra A.J., su ex marido y padre, "re¨²nen aparentemente los elementos de delito". Sin embargo, se?ala a continuaci¨®n que "no se han aportado datos a las actuaciones que denoten objetivamente situaci¨®n de riesgo".
Por esta raz¨®n, la Secci¨®n 1? de la Audiencia Vizcaya desestima el recurso de apelaci¨®n, denegando la petici¨®n de alejamiento contra el ex marido de la esposa denunciante y el padre de los hijos, recurrentes tambi¨¦n.
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