El Supremo rechaza la suspensi¨®n cautelar de ANV por "desproporcionada"
La Sala cree que la democracia resistir¨¢ hasta el fin del proceso de ilegalizaci¨®n
La Sala Especial del Tribunal Supremo ha justificado el rechazo a suspender las actividades de ANV en que ser¨ªa "desproporcionado" adoptar una medida que, de hecho, "representa la disoluci¨®n anticipada de un partido", cuando el proceso de ilegalizaci¨®n apenas se prolongar¨¢ unos meses m¨¢s.
Seg¨²n el Supremo, el peligro de que ANV siga en la vida p¨²blica unos meses hasta que se dicte la sentencia sobre su ilegalizaci¨®n "no puede anteponerse al que supone impedir toda actividad durante este corto espacio de tiempo" a un partido inscrito en el Registro.
El Supremo reconoce que los "datos m¨¢s significativos" de la actividad de ANV se conocieron en los ¨²ltimos meses de 2007, aunque su "colaboraci¨®n" con Batasuna y la "infiltraci¨®n" de este partido en las listas de ANV en las municipales se detect¨® en fechas anteriores. Por eso, seg¨²n la Sala, si el sistema democr¨¢tico absorbi¨® con ¨¦xito los efectos de un partido que colabor¨® con organizaciones ilegales, "parece desproporcionado adoptar ahora una medida que, de hecho, representa la disoluci¨®n anticipada del partido".
La Sala defiende tambi¨¦n la "compatibilidad" de su proceso de ilegalizaci¨®n con el que lleva el juez Baltasar Garz¨®n en la Audiencia Nacional, en el que el juez ha suspendido todas las actividades de ANV durante tres a?os. A pesar de esa compatibilidad, la negativa del Supremo a suspender a ANV caus¨® perplejidad en medios pol¨ªticos, ya que, de no ser por la suspensi¨®n de Garz¨®n, ANV hubiera podido celebrar manifestaciones y m¨ªtines pese no ir a las elecciones.
Los 16 magistrados de la Sala Especial se reunieron ayer para corregir y hacer p¨²blica con cierta urgencia la resoluci¨®n que afecta a ANV ya que el lunes es la fecha de proclamaci¨®n de candidaturas y la de ANV ha sido prohibida. Como el PCTV no se presenta a las elecciones, la resoluci¨®n sobre este partido se conocer¨¢ el lunes. Otros aspectos del auto de ANV, del que ha sido ponente Ricardo Enr¨ªquez, con los siguientes:
- Prohibici¨®n de concurrir a las elecciones: La Sala proh¨ªbe la proclamaci¨®n de las candidaturas de ANV a las elecciones generales del 9-M porque si sus candidatos llegan al Congreso o al Senado se crear¨ªa una situaci¨®n "irreversible", ya que una posterior ilegalizaci¨®n no les afectar¨ªa y podr¨ªan continuar en sus cargos. Por tanto, el inter¨¦s general determina que no se proclame a los candidatos de un partido sospechoso de prestar cobertura pol¨ªtica y apoyo econ¨®mico a Batasuna, que a su vez fue disuelto por sus conexiones con ETA. El Supremo reconoce que privar a un partido de participar en unas elecciones es un hecho de "extraordinaria gravedad". Si finalmente no se ilegalizase a ANV, tendr¨ªa que haber unos "efectos compensatorios en beneficio del partido".
- Cierre de locales: Rechazada la suspensi¨®n de actividades, la "consecuencia l¨®gica" es que tambi¨¦n se desestime el cierre de locales y la clausura de los inmuebles de ANV.
- Prohibici¨®n de ayudas p¨²blicas: La prohibici¨®n de entregar fondos p¨²blicos a ANV puede ser reparada si en su d¨ªa la sentencia desestimase la ilegalizaci¨®n. Adem¨¢s, ANV siempre puede acudir a otras fuentes de financiaci¨®n y si se desestima su ilegalizaci¨®n, recuperar¨ªa las cantidades. Esa prohibici¨®n permite que no salgan de las arcas p¨²blicas fondos que podr¨ªan contribuir al apoyo de organizaciones ilegales.
- Embargo de cuentas: Se rechaza el argumento de que si no se embargan las cuentas y activos de ANV podr¨ªa producirse un "vaciamiento" de esas cuentas, porque el objeto del proceso no es la entrega de dinero u otros bienes fungibles. En cuanto a la posibilidad de que, durante el resto del proceso de ilegalizaci¨®n, ANV pueda utilizar sus recursos para apoyar organizaciones il¨ªcitas, el Supremo razona que los fondos de ANV tienen muy diversa procedencia, est¨¢n ya en su patrimonio y cuenta con ellos para su normal funcionamiento. Por lo que un embargo cautelar podr¨ªa acarrear al partido "unos inconvenientes innecesarios y excesivamente onerosos".
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