Renfe se enfrenta a una avalancha de condenas por el caos de Cercan¨ªas
Decenas de usuarios recibir¨¢n indemnizaciones por los retrasos
Los usuarios de Renfe se van calentando y se animan cada vez m¨¢s a presentar demandas contra la empresa ferroviaria, por considerar que ¨¦sta incumple el contrato que un billete supone. Y los diversos tribunales les dan la raz¨®n. Las reclamaciones empezaron a crecer el pasado a?o, coincidiendo con los problemas de Cercan¨ªas de Barcelona, pero se han ido extendiendo a los servicios de media y larga distancia. Renfe ha tenido que defenderse en tres frentes: la Junta Arbitral del Transporte y la Junta Arbitral de Consumo de Catalu?a, y la Audiencia Provincial de Barcelona.
En 2007 s¨®lo se presentaron 14 reclamaciones en la Junta Arbitral de Consumo. Ninguna fue desestimada. En 2008, en pleno conflicto de Cercan¨ªas, las demandas subieron a 61, de las que 9 han sido desestimadas y 2 archivadas. En el resto hubo acuerdo (16) o se le dio la raz¨®n al usuario en todo (5) o en parte (29). En lo que va de a?o, se han presentado 22 y s¨®lo una ha sido desestimada, aunque 12 se hallan todav¨ªa en tr¨¢mite. La Junta Arbitral de Transportes tiene unas 30 denuncias m¨¢s.
Los jueces fallan casi por norma a favor de los usuarios y condenan a Renfe a pagar indemnizaciones, aunque nunca en grandes cantidades. Las demandas cubren peticiones muy diversas, desde el coste de la prolongaci¨®n de jornadas escolares o canguros, dado que los padres nunca sab¨ªan cu¨¢ndo iban a llegar a casa, hasta los da?os morales.
Uno de los tribunales se?ala incluso lo que debe entenderse por da?os morales. Citando al Supremo, sotiene que se producen cuando se causa al usuario "sufrimiento ps¨ªquico o intelectual, impotencia, zozobra, ansiedad, angustia", lo que aparece cuando el viajero acaba por no saber cu¨¢ndo partir¨¢ ni cu¨¢ndo llegar¨¢. Los tribunales no se limitan a pronunciarse sobre el hecho espec¨ªfico que se juzga, en ocasiones se atreven a afirmar que algunas de las normas que Renfe aduce para no indemnizar al viaje son nulas por abusivas.
Una usuaria de Cercan¨ªas entre Castelldefels y Barcelona reclam¨® porque los continuos retrasos le supusieron gastos extras: por tener que dejar a sus hijos una hora m¨¢s en el colegio y, adem¨¢s, el importe de un canguro hasta que ella llegara a casa. Renfe fue condenada por la Junta Arbitral del Transporte a abonar 650 euros, 150 por da?os morales y 500 por los gastos se?alados.
Renfe recurri¨® el laudo de la Junta Arbitral del Transporte ante la Audiencia Provincial, aduciendo que el tribunal arbitral no era competente respecto a la compa?¨ªa ferroviaria. El varapalo de la Audiencia es notable. Confirma el laudo arbitral y a?ade que Renfe juega con dos barajas, porque se presenta al laudo, no cuestiona nada y, cuando pierde, acude a la Audiencia.
Otra usuaria reclam¨® 900 euros. Realizaba de lunes a viernes el trayecto entre Cubelles y Barcelona. Cuando se produjo el socav¨®n en Bellvitge, debido a las obras del AVE, tuvo que bajar del tren en Gav¨¤ y subir a un autob¨²s que la dejaba en la plaza de Espanya, en vez de en Sants, donde ella trabaja.La pasajera explica que tiene una discapacidad del 47% para moverse y que subir y bajar del tren, el autob¨²s y el metro le supone un esfuerzo enorme. Para colmo, ni la estaci¨®n de Cubelles ni la de Gav¨¤ est¨¢n adaptadas a personas con movilidad reducida. Renfe se defiende: la aver¨ªa fue del Adif y la Junta Arbitral del Transporte le replica que el contrato del pasajero es con la empresa Renfe y es ella la que debe dar cuenta del resultado. Si Renfe tiene luego que reclamar al Adif, all¨¢ se las componga. Condena a la compa?¨ªa a indemnizar a la reclamante con 200 euros por da?os morales.
En la Junta Arbitral de Consumo se vio el caso de una madre que adquiri¨® cuatro billetes para volver de Sitges a Barcelona. Una aver¨ªa hizo que no pudiera salir el tren. Cuando quiso reclamar, los empleados de Renfe s¨®lo le dieron dos hojas de reclamaci¨®n, por lo que tuvo que llamar a la polic¨ªa. Por los agentes supo que estaba prevista la salida de un tren a las 15.30 horas. Decidi¨® comer en Sitges y esperar ese tren. Tampoco sali¨®. Un autocar que intent¨® tomar lleg¨® tan lleno que ni siquiera abri¨® las puertas. Al fin, la mujer alquil¨® un coche para ir a su casa.
La mitad de la comida
La pasajera frustrada pidi¨® 47,99 euros por la comida, 86,54 por el alquiler del veh¨ªculo, 4,69 del peaje de la autopista y 6,65 de una T-10 para el metro hasta su casa. Renfe razona que no ha lugar a indemnizaci¨®n alguna porque se le devolvi¨® el importe del billete, con lo que qued¨® libre de compromiso. De eso nada, razona el tribunal. Renfe devolvi¨® el dinero de los billetes porque no era capaz de dar el servicio contratado, pero eso no anula el contrato. De modo que debe indemnizar a la demandante, pero de la comida s¨®lo pagar¨¢ la mitad, ya que si la familia hubiera comido en casa tambi¨¦n habr¨ªa tenido un coste. Respecto al metro, Renfe s¨®lo debe abonar el importe de los cuatro billetes empleados, los otros seis de la T-10 van por cuenta de la usuaria, que pudo utilizarlos.
Las quejas de Cercan¨ªas se extendieron pronto a la media y larga distancia. Un usuario del tren Vila-seca a Barcelona reclam¨® a la Junta Arbitral porque necesitaba una hora y cuarto m¨¢s diariamente para sus desplazamientos. Sal¨ªa en el tren de las 6.50 horas y volv¨ªa sobre las 22.30. Pidi¨® 1.450 euros, a raz¨®n de 20 euros por hora de m¨¢s empleada, m¨¢s 40 euros porque un d¨ªa utiliz¨® el coche. El tribunal le ha concedido 150 euros por el tiempo empleado y 140 euros por da?os morales.
Normas abusivas
Los tribunales han sentenciado, a veces, que las normas de Renfe son nulas por "abusivas". Es el caso de una pasajera que viaj¨® de C¨¢ceres a Barcelona con su marido y su hija. No hay tren directo. La soluci¨®n era ir de C¨¢ceres a Madrid y all¨ª cambiar a otro tren con destino a Barcelona. As¨ª lo hizo: tom¨® un tren que le dejar¨ªa en Atocha con 55 minutos de margen para subir al otro tren, pero la llegada se produjo con 51 minutos de retraso y perdi¨® el enlace. En vez de un viaje de cuatro horas, Renfe le ofreci¨® viajar en el siguiente: nueve horas de trayecto. Solicit¨® una compensaci¨®n de 300 euros que Renfe deneg¨® aduciendo que si entre un tren y otro hay menos de una hora, no ha lugar a indemnizaci¨®n, una norma que el tribunal declara nula.
La causa del retraso, dice el laudo, era evitable: el revisor detect¨® a personas sin billete y en Illescas par¨® el tren y llam¨® a la polic¨ªa para que se apearan. La polic¨ªa no hizo bajar a nadie porque, al menos en alg¨²n caso, lo que hab¨ªa era billetes duplicados: resultado, casi una hora de retraso.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.