El valor ¨¦tico del sistema fiscal
En estos ¨²ltimos tiempos y, por primera vez desde 1978, a?o de la implantaci¨®n de un verdadero sistema fiscal en el Estado, la gran reforma fiscal de Francisco Fern¨¢ndez Ord¨®?ez, se est¨¢ generalizando un debate tributario-fiscal en Espa?a y en Euskadi. Las aportaciones provienen de todos los ¨¢mbitos: la patronal, los sindicatos, partidos pol¨ªticos, el propio lehendakari, Patxi L¨®pez, y, por supuesto, la Universidad.
Salvo las m¨¢s o menos honrosas excepciones que f¨¢cilmente se pueden imaginar, todas las dem¨¢s tienen como denominador com¨²n la consideraci¨®n del sistema tributario de Euskadi, (en realidad un sistema por cada herrrialde, con independencia de la armonizaci¨®n), como poco eficiente para dotar a las administraciones de los recursos necesarios para el cumplimiento de sus fines y prestar a los ciudadanos los servicios que estos demandan.
El modelo tributario fiscal es una cuesti¨®n de naturaleza pol¨ªtica La reforma en Gipuzkoa avanza hacia valores de menor desigualdad
Es generalizada tambi¨¦n, la consideraci¨®n del sistema como injusto y poco progresivo. Esta valoraci¨®n, que pr¨¢cticamente transcribo no proviene de sindicatos ni de partidos de izquierda, sino del grupo de sabios que reuni¨® el lehendakari, que se manifest¨® en estos t¨¦rminos la primavera pasada y que no puede ser calificado como un grupo radical o antisistema. La actual crisis no hace sino acentuar estas notas.
Desde luego, el modelo tributario fiscal es una cuesti¨®n de naturaleza pol¨ªtica y, en su virtud, su configuraci¨®n e incluso sus funciones y fines depender¨¢n de posicionamientos pol¨ªticos y de concepciones de la sociedad. Pero, a mi juicio, la cuesti¨®n fiscal trasciende de este ¨¢mbito y entra de lleno en el de la ¨¦tica, donde el campo de maniobra, con ser variado y admitir posiciones diversas, es mucho menor.
Un par de razones, a prop¨®sito, de esta naturaleza ¨¦tica del sistema financiero fiscal. Si consideramos el salario como el resultado de sumar nominal m¨¢s el diferido, (cotizaciones y previsiones para el futuro) m¨¢s el indirecto, (diferencia entre el precio de mercado de un bien menos el precio de dicho bien ofrecido por un servicio p¨²blico), un sistema fiscal que no sea suficiente y que, por lo tanto, obligue a recortes de naturaleza social, perjudica gravemente a aquellos cuyo porcentaje indirecto en la composici¨®n del salario es mayor, es decir a las rentas m¨¢s bajas. Otra raz¨®n. El sistema financiero fiscal, por mandato constitucional, tiene como fin ¨²ltimo la distribuci¨®n de la riqueza y por tanto el principio de quien m¨¢s gana o tiene, m¨¢s contribuye; este principio no es un valor pol¨ªtico, sino ¨¦tico que se ha dado a s¨ª misma la sociedad.
Sentado lo anterior podemos acudir a un ejemplo, hoy en los medios, me refiero al proyecto guipuzcoano de reforma financiero fiscal. Con relaci¨®n a la primera de las razones, la relativa a los gastos sociales, el proyecto de norma foral de presupuestos destina el 48% de los gastos al Departamento de Pol¨ªtica Social. A pesar de la crisis y del necesario ajuste, no se han recortado prestaciones, sino que en alg¨²n caso, como las plazas de residencia de tercera edad se ver¨¢n ampliadas.
En cuanto a la distribuci¨®n de la presi¨®n fiscal por niveles de renta, la reforma fiscal que implica una subida de impuestos de por importe de m¨¢s de 54 millones de euros en t¨¦rminos netos de recaudaci¨®n. La subida media por contribuyente es de 135 euros, pero para el 70% de ellos la reforma supone o bien una reducci¨®n o una subida m¨¢xima de cuarenta euros. Dentro del 38% restante la subida va desde los ciento veintisiete euros, para la mitad, aproximadamente, hasta m¨¢s de seis mil para menos de un 1% de los contribuyentes.
El c¨¢lculo de ¨ªndice Gini, un medidor de la desigualdad nos dice que con esta reforma se avanza, aunque t¨ªmidamente hacia valores de menor desigualdad.
Desde luego existen posturas que consideran a los impuestos como un mal en s¨ª mismos y subirlos hacer m¨¢s grande el mal. Consideran que los montantes de subida suponen una rebaja en la demanda agregada, pero el dato tomado as¨ª llanamente es ficticio y las conclusiones a las que lleva interesadas. La incidencia tan peque?a porcentualmente en la renta disponible hace que el efecto descrito sea pr¨¢cticamente irrelevante.
Lo anterior, una justificaci¨®n ¨¦tica de la reforma unido a que tendr¨¢ un efecto positivo en el desarrollo econ¨®mico por la rentabilidad que ofrece el gasto social, hace que cuestiones de naturaleza formal, (salvo demostraci¨®n en caso contrario) como la armonizaci¨®n pasen desde mi punto de vista a un segundo plano.
Si de verdad es tan importante la armonizaci¨®n, sus defensores, tradicionales y nuevos, apostar¨ªan por el debate con luz y taqu¨ªgrafos en el Parlamento vasco y no por una logia oscura en la que no se conocen los intereses en juego como es la OCT. En este ¨²ltimo caso, prefiero la ¨¦tica a la est¨¦tica de la uniformidad territorial.
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