El Gobierno permite a los camioneros conducir 10 horas diarias dos d¨ªas a la semana
El ministerio de Transporte flexibiliza de nuevo las jornadas de los transportistas para garantizar el abastecimiento de productos esenciales
El Gobierno ha vuelto a flexibilizar el r¨¦gimen de tiempos de conducci¨®n y descanso que por ley tienen que cumplir los transportistas de mercanc¨ªas por carretera en el marco de las medidas para facilitar su labor y garantizar los abastecimiento en la actual situaci¨®n de estado de alarma por la crisis del coronavirus. A partir de ahora, los camioneros podr¨¢n extender su jornada hasta 10 horas al d¨ªa dos d¨ªas a la semana siempre que cumplan los descansos establecidos.
As¨ª lo establece la ...
El Gobierno ha vuelto a flexibilizar el r¨¦gimen de tiempos de conducci¨®n y descanso que por ley tienen que cumplir los transportistas de mercanc¨ªas por carretera en el marco de las medidas para facilitar su labor y garantizar los abastecimiento en la actual situaci¨®n de estado de alarma por la crisis del coronavirus. A partir de ahora, los camioneros podr¨¢n extender su jornada hasta 10 horas al d¨ªa dos d¨ªas a la semana siempre que cumplan los descansos establecidos.
As¨ª lo establece la Orden del Ministerio de Transportes que el BOE publica este viernes, despu¨¦s de que la pasada semana ya se les permitiera extender ligeramente la jornada si lo consideraban necesario para concluir una entrega o servicio, en vez de parar y dejarlo para la siguiente jornada, y descontar despu¨¦s ese tiempo del c¨®mputo total semanal.
En esta ocasi¨®n, el Ejecutivo permite a los camioneros extender la duraci¨®n del periodo de conducci¨®n diario, que como norma general no ser¨¢ superior a nueve horas diarias, ampliables hasta diez horas no m¨¢s de dos veces durante la semana, siempre y cuando se cumplan las pausas y los descansos diarios y semanales. Asimismo, en el periodo de dos semanas se podr¨¢ realizar un descanso semanal normal de 45 horas y otro reducido de 24 horas, sin necesidad de compensar este ¨²ltimo.
Adem¨¢s, se permite a los conductores de los camiones realizar el descanso semanal normal en la cabina del veh¨ªculo, ¡°siempre y cuando el veh¨ªculo vaya adecuadamente equipado para el descanso de cada uno de los conductores y est¨¦ estacionado¡±, detalla la orden.
En virtud de la orden, estas excepciones se aplicar¨¢n a los conductores que realicen operaciones de transporte de mercanc¨ªas en todo el territorio nacional y hasta el pr¨®ximo 12 de abril del 2020, ambos incluidos.
El reglamento europeo, que en virtud de la actual situaci¨®n excepcional ahora flexibiliza el Gobierno, establece que los camioneros deben realizar pausas de 45 minutos por cada cuatro horas y media de conducci¨®n. En el conjunto de la semana no deben haber sumado m¨¢s de 56 horas conduciendo, 90 horas en el c¨®mputo de dos semanas.
Para la patronal de transportistas CETM, con esta orden se da cumplimiento a una de las reclamaciones planteadas al Ministerio desde el comienzo del estado de alarma y, adem¨¢s, ¡°se pone una vez m¨¢s de manifiesto el papel estrat¨¦gico que juega el sector del transporte de mercanc¨ªas por carretera para evitar que se produzcan desabastecimientos mientras dura esta crisis¡±.
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