El Supremo anula el deber de informar a Hacienda de la cesi¨®n de vivienda de uso tur¨ªstico
El tribunal aplica una sentencia europea que obliga al Estado espa?ol a comunicar esta norma a la UE
El Tribunal Supremo ha anulado el art¨ªculo que regula la obligaci¨®n de informar a Hacienda sobre la cesi¨®n de uso de viviendas con fines tur¨ªsticos en aplicaci¨®n de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (TJUE) sobre Airbnb Irlanda.
La sala tercera de lo contencioso administrativo del alto tribunal ha dejado sin efecto la norma espa?ola, impuesta en 2017, ya que su tramitaci¨®n no fue comunicada a la Comisi¨®n Europea como era preceptivo, admitiendo el recurso presentado por la Asociaci¨®n Espa?ola de la Econom¨ªa Digital (ADigital), que agrupa a empresas tecnol¨®gicas y ...
El Tribunal Supremo ha anulado el art¨ªculo que regula la obligaci¨®n de informar a Hacienda sobre la cesi¨®n de uso de viviendas con fines tur¨ªsticos en aplicaci¨®n de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (TJUE) sobre Airbnb Irlanda.
La sala tercera de lo contencioso administrativo del alto tribunal ha dejado sin efecto la norma espa?ola, impuesta en 2017, ya que su tramitaci¨®n no fue comunicada a la Comisi¨®n Europea como era preceptivo, admitiendo el recurso presentado por la Asociaci¨®n Espa?ola de la Econom¨ªa Digital (ADigital), que agrupa a empresas tecnol¨®gicas y plataformas de negocio por Internet.
El alto tribunal aplica as¨ª una sentencia del Tribunal europeo de diciembre de 2019, que especificaba que una norma de ese tipo "deb¨ªa haber sido notificada, por lo que su falta de notificaci¨®n conlleva su invalidez".
El art¨ªculo ahora anulado establec¨ªa que "las personas y entidades que intermedien entre los cedentes y cesionarios del uso de viviendas con fines tur¨ªsticos situadas en territorio espa?ol" ten¨ªan que informar peri¨®dicamente a Hacienda. Se considera intermediarios a las personas o entidades que presten el servicio de intermediaci¨®n entre cedente y cesionario, ya sea a t¨ªtulo oneroso o gratuito, en particular personas o plataformas colaborativas.
Los datos que deb¨ªan ser facilitados a Hacienda eran la identificaci¨®n del titular de la vivienda; la identificaci¨®n del inmueble con especificaci¨®n del n¨²mero de referencia catastral; las personas o entidades cesionarias; el n¨²mero de d¨ªas de disfrute, y el importe percibido por el titular o, en su caso, su car¨¢cter gratuito.