La CNMC investiga si DKV Seguros discrimin¨® a los aut¨®nomos durante el estado de alarma
La aseguradora, a la que el organismo acusa de ¡°mala fe¡±, habr¨ªa eliminado unilateralmente el riesgo de incapacidad temporal en las p¨®lizas de sus asegurados
La Comisi¨®n Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha incoado expediente sancionador contra DKV Seguros y Reaseguros por una posible conducta anticompetitiva. Concretamente, la compa?¨ªa habr¨ªa eliminado unilateralmente en las p¨®lizas de asegurados que son aut¨®nomos el riesgo de incapacidad temporal durante la declaraci¨®n del estado de alarma, alegando la desaparici¨®n del objeto de las mismas y sin que dicha eliminaci¨®n est¨¦ amparada por la normativa vigente aplicable, en particular la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro.
Seg¨²n el regulador, la conducta de la co...
La Comisi¨®n Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha incoado expediente sancionador contra DKV Seguros y Reaseguros por una posible conducta anticompetitiva. Concretamente, la compa?¨ªa habr¨ªa eliminado unilateralmente en las p¨®lizas de asegurados que son aut¨®nomos el riesgo de incapacidad temporal durante la declaraci¨®n del estado de alarma, alegando la desaparici¨®n del objeto de las mismas y sin que dicha eliminaci¨®n est¨¦ amparada por la normativa vigente aplicable, en particular la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro.
Seg¨²n el regulador, la conducta de la compa?¨ªa aseguradora se habr¨ªa materializado mediante el env¨ªo de una carta a algunos de sus asegurados a trav¨¦s de la que comunicaba la citada eliminaci¨®n y la necesidad de aceptar dicho cambio exigido por la normativa vigente, no pudiendo mantener la p¨®liza en vigor en caso contrario. La conducta analizada tiene origen en denuncias recibidas a trav¨¦s del buz¨®n (covid.competencia@cnmc.es). La CNMC activ¨® dicho canal durante los meses de confinamiento para centralizar todas las denuncias y consultas relacionadas con la aplicaci¨®n de las normas de competencia en el contexto de la pandemia.
Tras el an¨¢lisis realizado, la CNMC considera que la actuaci¨®n de la aseguradora ¡°se alejar¨ªa de la buena fe exigida a las empresas¡±. Adem¨¢s, considera que podr¨ªa haber inducido al enga?o a los destinatarios de la citada carta, ya que alegaba una exigencia normativa para llevar a cabo el cambio en la p¨®liza. Todo ello podr¨ªa constituir un acto de competencia desleal tipificado en el art¨ªculo 3 de la Ley de Defensa de la Competencia en relaci¨®n con los art¨ªculos 4 y 5 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal (LCD).
Para el organismo presidido por Cani Fern¨¢ndez, ¡°esta conducta ser¨ªa susceptible de afectar al inter¨¦s general porque ha podido generar una distorsi¨®n de las condiciones de competencia en el mercado y una alteraci¨®n del comportamiento econ¨®mico de los clientes afectados a la hora de aceptar las modificaciones de sus p¨®lizas de seguros de baja laboral¡±.
La incoaci¨®n de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigaci¨®n. Se abre ahora un periodo m¨¢ximo de 18 meses para la instrucci¨®n del expediente y para su resoluci¨®n por la CNMC.
¡°Estupefacci¨®n¡± de la empresa
DKV, por su parte, expres¨® su ¡°estupefacci¨®n y sorpresa¡± por anular temporalmente la cobertura de incapacidad temporal por accidente laboral ¡°ante la imposibilidad de ejercer su actividad laboral por parte de 2.900 de sus asegurados del producto DKV Renta, del total de 30.000 que tienen contratada la cobertura. ¡°Los clientes no tuvieron que pagar la prima de esa cobertura temporalmente suspendida, por lo que la compa?¨ªa reitera que fue una medida en beneficio de los clientes, muy bien recibida, al igual que otras decenas de medidas que se adoptaron, como la inclusi¨®n de la cobertura por la covid, que ocasionaron reducci¨®n de negocio a la aseguradora¡±, sostiene el grupo.
DKV explica que el producto a que se hace referencia es un seguro personal en el que se ofrecen las coberturas de incapacidad temporal, hospitalizaci¨®n, intervenci¨®n quir¨²rgica, invalidez absoluta y permanente y asistencia m¨¦dica por accidente. ¡°Siendo el objeto principal de este seguro la incapacidad total y transitoria del asegurado, a consecuencia de enfermedad o accidente, para la profesi¨®n consignada en la p¨®liza, es evidente que dicho objeto desaparece si cesa la actividad profesional por causa distinta de aqu¨¦llas (enfermedad o accidente)¡±, incide.
Esto quiere decir, a su juicio, que los tomadores de estas p¨®lizas cuyos asegurados estuviesen imposibilitados para ejercer su profesi¨®n no por enfermedad o accidente, sino por imperativo legal o imposibilidad material derivada de las medidas legales (confinamiento forzoso o cese de actividad), estar¨ªan pagando prima por una cobertura que, dependiendo del tipo de actividad desempe?ada, ser¨ªa de imposible acaecimiento durante la vigencia del estado de alarma. ¡°Conscientes de la realidad a la que se pod¨ªa ver abocada parte de nuestros clientes y de que la consecuencia cuando concurre ese cese de actividad (en situaciones no extraordinarias) es la extinci¨®n de la garant¨ªa de incapacidad temporal al haber desparecido el riesgo al que pretende dar respuesta, es evidente que no pod¨ªa aplicarse esa medida a una situaci¨®n extraordinariamente excepcional, proponi¨¦ndose la suspensi¨®n como medida razonable para tratar de resolver los problem¨¢tica que pod¨ªa surgir a nuestros clientes¡±.
¡°La comunicaci¨®n enviada a los clientes no pretend¨ªa m¨¢s que adaptar el contrato de seguro a la nueva situaci¨®n creada por la pandemia, no solo dentro del marco de las propias condiciones del contrato de seguro y su legislaci¨®n aplicable, sino tambi¨¦n dentro del contexto normativo que regula la situaci¨®n ante la que nos encontramos desde el d¨ªa 14 de marzo de 2020¡å, dice el comunicado, que a?ade: ¡°Atendiendo a los intereses de nuestros clientes y siendo sensible a la realidad que rodea especialmente al colectivo de aut¨®nomos de nuestro pa¨ªs, DKV Seguros plantea una soluci¨®n temporal a los clientes que puedan haberse visto afectados por el cese de su actividad para adecuar las coberturas de este tipo de p¨®lizas al riesgo real: se propone mantener ¨²nicamente la garant¨ªa de hospitalizaci¨®n y la devoluci¨®n de la parte proporcional de la prima que se hubiera abonado y no se hubiera consumido por la garant¨ªa de indemnizaci¨®n diaria por incapacidad temporal¡±.
De los 2.900 asegurados a los que se enviaron las comunicaciones, 908 decidieron libre y voluntariamente adherirse a la propuesta de modificaci¨®n de contrato ofrecida por DKV Seguros; suponiendo lo anterior para la compa?¨ªa una p¨¦rdida en primas de 500.000 euros, informa la aseguradora. No se ha aplicado ning¨²n tipo de medida a aquellos asegurados que decidieron no aceptar la propuesta de DKV Seguros, esto es que, lejos de obligarles a aceptarla o de resolver los contratos de seguro de manera definitiva, se les ha continuado prestando cobertura.
En Espa?a, DKV est¨¢ implantado en todo el territorio nacional con una amplia red de oficinas de seguros de salud y consultorios, donde trabajan casi 2.000 empleados que dan servicio a cerca de dos millones de clientes.