?Confiar¨ªa en un socorrista que se ha sacado el t¨ªtulo desde el sill¨®n de casa?
El caos normativo que hay en Espa?a y los vac¨ªos legales dan alas a formaciones ¡®low cost¡¯ de dudosa calidad que proliferan en internet
Aprender a ser socorrista, pero desde casa. Es, ni m¨¢s ni menos, lo que ofrecen varias plataformas de ense?anza a distancia, tan f¨¢ciles de encontrar en la Red como escribir ¡°curso de socorrista online¡± en Google. Estos cursillos se perfilan como un camino atractivo para conseguir un trabajo de verano r¨¢pido y sin grandes filigranas acad¨¦micas. Sin embargo, estas formaciones pueden no ser suficientes para ejercer legalmente la profesi¨®n y, adem¨¢s, suponer un foco de problemas en caso de accidente.
La oferta formativa en el sector es variada. Uno de estos cursos (950 euros de matr¨ªcula, 300 horas lectivas) garantiza una formaci¨®n adecuada para aprender a usar un desfibrilador, realizar una reanimaci¨®n cardiopulmonar o ejercer como socorrista acu¨¢tico. En otro (240 euros, 370 horas), los alumnos pueden adquirir en la calidez de su hogar ¡°las habilidades profesionales necesarias para prevenir accidentes o situaciones de emergencia en instalaciones acu¨¢ticas¡±, reza la descripci¨®n de la formaci¨®n.
En un a?o de ahogamientos r¨¦cord ¡ªjunio fue el segundo con m¨¢s muertes en medios acu¨¢ticos de los ¨²ltimos ocho a?os con un saldo de 57 personas ahogadas¡ª, los responsables de los espacios acu¨¢ticos deben andarse con ojo antes de contratar a vigilantes con estas titulaciones. Para ser socorrista en Espa?a es necesario contar con un curso homologado que incluya, al menos, una prueba de car¨¢cter presencial, seg¨²n recoge un real decreto del a?o 2011. Pero, m¨¢s all¨¢ de este requisito gen¨¦rico, reina el caos normativo y la diversidad de criterios, un caldo de cultivo que favorece la proliferaci¨®n de estas formaciones a distancia.
La Real Federaci¨®n Espa?ola de Socorrismo y Salvamento (RFESS) explica que ¡°los requisitos para ser socorrista pueden variar para piscinas, playas o parques acu¨¢ticos¡±. La normativa tambi¨¦n cambia entre regiones e incluso entre municipios. Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid, una de las pocas regiones que cuenta con una norma espec¨ªfica para la cuesti¨®n, para ser socorrista se exige superar una prueba que consiste en nadar 300 metros en ocho minutos. En Catalu?a, en cambio, se exige estar inscrito en un registro oficial que en otras comunidades no existe.
Plan nacional
La RFESS cree necesario elaborar un ¡°plan nacional¡± que imponga un criterio arm¨®nico. Hasta entonces, tachan de ¡°osad¨ªa¡± trabajar de socorrista ¡°sin haber realizado pr¨¢cticas presenciales en los escenarios donde el propio certificado supuestamente les capacita¡±. ¡°Son cursos donde el n¨²mero de horas no es proporcional a la calidad de la formaci¨®n¡±, zanjan.
Por su parte, Diego Fern¨¢ndez, m¨¦dico de Cruz Roja especialista en el servicio de atenci¨®n en playas, aclara que estas formaciones de salvamento y socorrismo en internet pueden ser legales siempre que cumplan con los requisitos exigidos por la norma de cada territorio y est¨¦n certificados. Aunque, eso s¨ª, su recomendaci¨®n es valorar preferentemente programas ¡°con gran carga presencial¡±, sobre todo si el objetivo es trabajar en playas.
Fichar a cualquier hijo de vecino como socorrista de la piscina comunitaria es una mala idea por varios motivos. En primer lugar, porque en caso de accidente, las v¨ªctimas tienen todas las de ganar a la hora de reclamar dinero si la comunidad ¡°no comprob¨® que el socorrista contaba con los t¨ªtulos necesarios¡± para el puesto, explica Roc¨ªo Fern¨¢ndez Dom¨ªnguez, socia del departamento de Derecho Civil y Penal del bufete Dikei.
Esto, matiza la letrada, no significa que la comunidad tenga que responder por todos los accidentes que ocurran en sus instalaciones. En todo caso, ¡°la responsabilidad cesa cuando se acredite que se emple¨® toda la diligencia de un buen padre de familia para prevenir el da?o¡±, puntualiza la abogada.
En segundo lugar, contratar a un socorrista sin acreditaci¨®n ¡ªo con una preparaci¨®n insuficiente¡ª puede acarrear cuantiosas sanciones. En este punto, de nuevo, son las comunidades aut¨®nomas las que definen el marco sancionador. Por ejemplo, en Andaluc¨ªa, incumplir los deberes relativos a los primeros auxilios y las exigencias m¨ªnimas del personal socorrista de una piscina puede suponer una sanci¨®n administrativa grave y conllevar una multa de hasta 15.000 euros, siempre que los inspectores constaten que ha existido un riesgo para la salud de los usuarios.
Para evitar dolores de cabeza, apunta Pablo Garc¨ªa, asesor de industria del Colegio de Administradores de Fincas de Madrid, la mayor¨ªa de las comunidades externalizan el servicio de socorrista y optan por contratar a una empresa, de forma que ¡°ser¨¢ ella la responsable de que la persona que proporciona para el trabajo tiene la titulaci¨®n correspondiente¡±.
Es lo que ocurri¨® en una piscina comunitaria de M¨®stoles, que en 2007 fue clausurada por la polic¨ªa, al no contar con la documentaci¨®n sanitaria del recinto, ni tampoco con un socorrista titulado ¡ªel que hab¨ªa no ten¨ªa t¨ªtulo¡ª. En este caso, la Audiencia Provincial de Madrid revoc¨® la multa de 1.200 euros impuesta a la comunidad al entender que la obligaci¨®n de asegurar que el vigilante estaba cualificado era de la empresa contratada, no de la propiedad.
?Y qu¨¦ ocurre con las playas y embalses p¨²blicos? La regla general es que las autoridades deben garantizar la seguridad del chapuz¨®n donde se permita el ba?o, lo que no implica una obligaci¨®n de resultado, explica Jos¨¦ Mar¨ªa Monedero Fr¨ªas, abogado especialista en administrativo de Dikei: ¡°No existe un deber de la Administraci¨®n de vigilancia universal, permanente y directa de playas o embalses. La Administraci¨®n no puede garantizar la supervivencia, sino poner los medios necesarios para que, si se trata de una playa vigilada, dicho servicio se preste adecuadamente y por personal titulado¡±.
?Cu¨¢ndo es obligatorio?
La misma anarquía legislativa que rige las titulaciones de los socorristas se refleja en la normativa que regula su presencia en las piscinas privadas. Para muestra, un botón. En Madrid, el vigilante es obligatorio en las comunidades con piscina donde se superen las 30 viviendas; en la Comunidad Valenciana, en cambio, el criterio es el aforo de la alberca, si esta supera las 100 personas el socorrista es imperativo; mientras que en otras regiones, como Andalucía, Cataluña o la Comunidad Valencia, lo importante es el tamaño del vaso, de manera que, en piscinas con más de 200 metros cuadrados, es imperativo contar con un profesional, y en aquellas que superen los 500 metros cuadrados, con dos.
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