La justicia mantiene la financiaci¨®n p¨²blica a un colegio del Opus Dei en Navarra a pesar de que segrega por sexos
El Tribunal Superior suspende de forma cautelar la extinci¨®n de la subvenci¨®n del centro Miravalles-El Red¨ªn
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha paralizado cautelarmente la extinci¨®n del concierto educativo de Bachillerato firmado entre el Gobierno de Navarra y el colegio Miravalles-El Red¨ªn. La decisi¨®n de no renovarlo se tom¨® este pasado enero, cuando se constat¨® que tanto este centro como Irabia-Izaga incumplieron la 25? disposici¨®n adicional de la ley educativa (Lomloe) al mantener separado por sexo al alumnado. Los hechos se remontan...
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha paralizado cautelarmente la extinci¨®n del concierto educativo de Bachillerato firmado entre el Gobierno de Navarra y el colegio Miravalles-El Red¨ªn. La decisi¨®n de no renovarlo se tom¨® este pasado enero, cuando se constat¨® que tanto este centro como Irabia-Izaga incumplieron la 25? disposici¨®n adicional de la ley educativa (Lomloe) al mantener separado por sexo al alumnado. Los hechos se remontan a abril de 2022, cuando el Gobierno foral renov¨® el concierto de la etapa de bachillerato con estos dos centros escolares, que se comprometieron a cumplir con la ley y mezclar al alumnado. No obstante, con el curso ya empezado, ninguno de los dos hab¨ªa cumplido el compromiso adquirido.
Educaci¨®n certific¨® no solo que se separa al estudiantado en las aulas, sino que se segrega en centros por sexos, puesto que los varones acuden a las sedes de Irabia y El Red¨ªn y las mujeres a Miravalles e Izaga. Por ello, el 27 de enero, el departamento public¨® una resoluci¨®n en la que anunciaba la supresi¨®n de la financiaci¨®n p¨²blica de bachillerato en los dos centros a partir de septiembre. En la pr¨¢ctica, esto supondr¨ªa que las familias que quieran inscribir a sus menores en esta etapa no obligatoria deber¨¢n abonar la cuota privada que determine la direcci¨®n. Los dos centros recurrieron la decisi¨®n y est¨¢ previsto que, en los pr¨®ximos d¨ªas, Irabia-Izaga conozca la resoluci¨®n judicial de su caso concreto.
En el auto sobre Miravalles-El Red¨ªn, que puede ser recurrido, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN establece que los recurrentes ¨Dlas asociaciones de padres y madres de Miravalles y de El Red¨ªn y la entidad Fomento de Centros de Ense?anza¨D deben depositar un aval bancario ¡°suficiente para garantizar de manera solidaria una cuant¨ªa equivalente a la ayuda p¨²blica que el referido concierto supone¡±. Los motivos que han llevado a paralizar la extinci¨®n es que las consecuencias de seguir adelante con el proceso ¡°se reputan cuantitativa y cualitativamente muy relevantes y de muy dif¨ªcil o imposible reversi¨®n o reparaci¨®n una vez ejecutadas¡±. En concreto, la Sala considera que son ¡°consecuencias estructurales de car¨¢cter muy dif¨ªcilmente reversible¡± y que, por otro lado, ¡°recaen en un ¨¢mbito objetivo de especial relevancia e importancia social (educativo) y en un ¨¢mbito subjetivo de especial protecci¨®n (estudiantes menores de edad)¡±. De ah¨ª que los jueces consideren que la suspensi¨®n es una medida cautelar ¡°muy cualificada¡±.
El Departamento de Educaci¨®n apunt¨® en marzo que la no renovaci¨®n del concierto es una medida estrictamente econ¨®mica, por lo que no es cierto que sus consecuencias sean de dif¨ªcil o imposible reparaci¨®n porque, si la justicia no da la raz¨®n a Educaci¨®n, el recurrente podr¨ªa solicitar el reintegro de la ayuda p¨²blica m¨¢s los intereses y perjuicios que se hubiesen causado. No obstante, a juicio de la Sala, no debe entenderse la calificaci¨®n de da?os como meramente econ¨®micos, sino como el equivalente a ¡°impeditivo o gravemente obstaculizante del disfrute de tal derecho a la tutela judicial efectiva¡±.
Concluye que la ejecuci¨®n del acto administrativo supondr¨ªa, en su caso, una adaptaci¨®n a un nuevo modelo educativo (educaci¨®n mixta), una reconfiguraci¨®n de la organizaci¨®n estructural de los centros y grupos e, incluso, para aquellos que no pudieran hacer frente al nuevo escenario, una recolocaci¨®n en otros centros concertados o p¨²blicos.
La decisi¨®n del Tribunal Superior navarro es especialmente llamativa porque se produce meses despu¨¦s de que el Tribunal Constitucional zanjara aparentemente la discusi¨®n al avalar la prohibici¨®n de la Lomloe de que las administraciones p¨²blicas financien a aquellos colegios que segregan a ni?os y ni?as.
Navarra no recurrir¨¢ la decisi¨®n
El consejero en funciones de Educaci¨®n del Gobierno de Navarra, Carlos Gimeno, ha asegurado este martes que no van a recurrir la decisi¨®n del TSJN de suspender cautelarmente la extinci¨®n del concierto educativo de Bachillerato del colegio Miravalles-El Red¨ªn. El Ejecutivo foral ejecutar¨¢ el auto en cuanto los recurrentes depositen el aval bancario acordado por el tribunal y que, de momento, no se ha cuantificado, seg¨²n ha explicado el consejero.
Gimeno ha destacado que el auto ¡°en ning¨²n caso entra a valorar las cuestiones de fondo planteadas en el recurso¡± y ha recordado que ¡°hace unos meses el Tribunal Constitucional respald¨® la constitucionalidad de la no financiaci¨®n¡± de los centros de educaci¨®n diferenciada recogida en la Lomloe. El vicepresidente del Ejecutivo foral, Javier Rem¨ªrez, ha a?adido que esta resoluci¨®n judicial emitida por el TSJN se encuadra dentro de la normalidad y que es algo que sucede de manera habitual ante cualquier decisi¨®n administrativa que es recurrida: ¡°El fondo no est¨¢ cuestionado, sino que se ha solicitado la suspensi¨®n de la aplicaci¨®n mientras se pueda resolver¡±.
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