Rebajan la pena a un acusado de abuso por su formaci¨®n cultural de "selva ecuatoriana"
El tribunal considera que el hombre desconoc¨ªa que su conducta era delictiva
La Audiencia de Valencia ha condenado a un joven a dos a?os de prisi¨®n por mantener relaciones sexuales consentidas con una menor de doce a?os, eximi¨¦ndole parcialmente de su responsabilidad penal por su "formaci¨®n cultural propia de su origen de la selva ecuatoriana", donde los noviazgos a esa edad son "normales".
Seg¨²n una sentencia de la Secci¨®n Primera de la Audiencia Provincial, el acusado, R.R.C.I., de 24 a?os, entabl¨® una relaci¨®n sentimental de "noviazgo" con una menor de doce a?os, tambi¨¦n de Ecuador, y residente en Valencia, a finales de 2004.
El joven, que resid¨ªa en Getafe, conoc¨ªa su edad y se encontraba con ella una o dos veces al mes "manteniendo con regularidad relaciones sexuales", si bien "desconoc¨ªa que este acto pudiera ser delictivo".
Ella aparenta una edad superior a la biol¨®gica
La menor "aparenta una edad superior a la biol¨®gica y posee una marcada personalidad", mientras que el acusado "tiene un coeficente intelectual normal" y presenta "una formaci¨®n cultural propia de su origen de la selva ecuatoriana".
La sentencia le condena por un delito de abuso sexual, porque el consentimiento de chica, al tener menos de trece a?os, no legitima las relaciones ni aunque "fuese ella quien llevase la iniciativa". No obstante, el tribunal considera que existe un "error de prohibici¨®n" fundamentado, es decir, que el acusado desconoc¨ªa que su conducta era delictiva.
El joven aleg¨® un "sincero" convencimiento de que las relaciones sexuales que manten¨ªa con su novia eran legales, dado que en su pa¨ªs los adolescentes de esa edad contraen matrimonio y tienen hijos. La propia madre de la menor, que se cas¨® con quince a?os, asegur¨® ante el juez que "los de la selva" contraen matrimonio "con diez o doce a?os".
La menor cre¨ªa que estaba embarazada
La menor cre¨ªa que estaba embarazada y se lo dijo a su novio, quien le ofreci¨® trasladarle a su casa de Madrid, por lo que tambi¨¦n fue acusado de un delito de inducci¨®n al abandono familiar. Ella asegur¨® durante el juicio que su marcha no tuvo nada que ver con el procesado, sino que fue debida a la mala relaci¨®n que ten¨ªa con sus padres y el "miedo" que ten¨ªa a decirles que estaba embarazada por las "palizas" que le daban.
La Secci¨®n Primera de la Audiencia de Valencia le absuelve de inducci¨®n al abandono familiar y le impone una pena de dos a?os de prisi¨®n por abuso sexual, delito por el que el Ministerio Fiscal ped¨ªa ocho a?os de c¨¢rcel.
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