Asociaciones de v¨ªctimas del franquismo denuncian al presidente de la Sala Penal del Supremo
Le acusan de seguir participando en deliberaciones sobre el caso Garz¨®n pese a que pidieron su recusaci¨®n
Una decena de asociaciones de v¨ªctimas de la Guerra Civil y el franquismo han denunciado ante el Consejo General del Poder Judicial al presidente de la Sala Penal del Tribunal Supremo, Juan Saavedra, por la causa contra el franquismo abierta por el juez Baltasar Garz¨®n. Le acusan de "reiterada participaci¨®n en la deliberaci¨®n y resoluciones de la Sala, mientras se halla recusado e, incluso, sustituido por otro magistrado por causa de recusaci¨®n".
En su escrito, las asociaciones recuerdan que el 18 de junio de 2009 interpusieron una propuesta de recusaci¨®n del juez para que los miembros del tribunal que intervengan sobre sobre la cuesti¨®n de competencia para investigar los cr¨ªmenes al franquismo puedan tratar el asunto "sin prevenciones ni prejuicios en su ¨¢nimo". Saavedra, seg¨²n las asociaciones, "en lugar de dar curso a la propuesta de recusaci¨®n seg¨²n dispone el art¨ªculo 59 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, deliber¨® y acord¨® la providencia de 23 de junio siguiente que se negaba a identificar a los magistrados que formaban la sala".
Adem¨¢s, explican, el seis de octubre de 2009, la sala que preside el magistrado Saavedra, acord¨® formar pieza separada de recusaci¨®n, lo que agrava, a su juicio la situaci¨®n. El art¨ªculo 61 de la ley de Enjuiciamiento Criminal dispone: "durante la sustanciaci¨®n de la pieza separada no podr¨¢ intervenir el recusado en la causa ni en el incidente de recusaci¨®n y ser¨¢ sustituido por aquel a quien corresponda con arreglo a la ley".
Las asociaciones consideran que el magistrado mantiene paralizada la resoluci¨®n por parte del Tribunal Supremo de la cuesti¨®n de competencia que plantearon dos de los juzgados a los que Baltasar Garz¨®n reparti¨® la causa (Granada y El Escorial) por entender que se trataba de cr¨ªmenes contra la humanidad y por tanto competencia de la Audiencia Nacional.
Todo esto, concluyen, constituye una "falta muy grave" por "inobservancia del deber de abstenci¨®n".
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