La C¨¢mara de Cuentas andaluza pone en duda la imparcialidad de su nuevo secretario general
El nuevo alto cargo no es funcionario y fue ex concejal en Estepona
Un informe del gabinete jur¨ªdico de la C¨¢mara de Cuentas de Andaluc¨ªa, el ¨®rgano encargado de fiscalizar los fondos p¨²blicos de la comunidad, advierte en contra del nombramiento del nuevo secretario general de la instituci¨®n al no ser funcionario p¨²blico. El pleno de la C¨¢mara, un ¨®rgano dependiente del Parlamento, aprob¨® el pasado d¨ªa 26 de febrero por cuatro votos a favor (los de dos consejeros propuestos por PP, uno por Ciudadanos y otro por Vox) y tres en contra (dos consejeros a instancias del PSOE, entr...
Un informe del gabinete jur¨ªdico de la C¨¢mara de Cuentas de Andaluc¨ªa, el ¨®rgano encargado de fiscalizar los fondos p¨²blicos de la comunidad, advierte en contra del nombramiento del nuevo secretario general de la instituci¨®n al no ser funcionario p¨²blico. El pleno de la C¨¢mara, un ¨®rgano dependiente del Parlamento, aprob¨® el pasado d¨ªa 26 de febrero por cuatro votos a favor (los de dos consejeros propuestos por PP, uno por Ciudadanos y otro por Vox) y tres en contra (dos consejeros a instancias del PSOE, entre ellos el presidente de la C¨¢mara, y uno de Adelante Andaluc¨ªa) nombrar al ex teniente de alcalde de Estepona (M¨¢laga) desde 2011 a 2019 a Manuel Aguilar Illescas secretario general de la C¨¢mara.
Aguilar es una persona pr¨®xima al consejero de la Presidencia y portavoz del Gobierno, El¨ªas Bendodo, y su nombramiento fue propuesto y justificado por los consejeros de PP, Cs y Vox al entender que formaba parte de un ¡°acuerdo pol¨ªtico¡± entre los partidos del Gobierno de coalici¨®n de PP y Ciudadanos. Bendodo ha sido uno de los m¨¢ximos cr¨ªticos con los fichajes de los anteriores gestores socialistas. ¡°El socialismo ha manoseado a su antojo a la Administraci¨®n andaluza; hay mucha gente socialista colocada por la puerta de atr¨¢s¡±, dijo el pasado mes de diciembre.
El presidente de la C¨¢mara, Antonio L¨®pez, advirti¨® verbalmente del perfil escogido para el cargo, adem¨¢s de la ruptura del habitual consenso en un ¨®rgano colegiado. Pidi¨® ayuda al Parlamento para que emitieran una opini¨®n jur¨ªdica pero los letrados argumentaron que exced¨ªa de su ¨¢mbito de competencia.
L¨®pez encarg¨® un informe a la letrada jefa de la C¨¢mara de Cuentas quien advierte de que ¡°las funciones p¨²blicas de secretar¨ªa, en su doble vertiente de asesoramiento y fe p¨²blica, implica el ejercicio de potestades p¨²blicas que deben estar reservadas a funcionarios¡±, como se recoge en el art¨ªculo 9.2 del Estatuto B¨¢sico del Empleado P¨²blico.
Y avisa de que las decisiones del ¨®rgano fiscalizador pueden verse comprometidas en el futuro. ¡°La validez de las actuaciones de la C¨¢mara de Cuentas, tanto en su vertiente de fiscalizaci¨®n (certificaci¨®n de los informes) como en las restantes de secretar¨ªa, puede verse afectada si no se respeta¡± el citado art¨ªculo la ley del Estatuto del Empleado P¨²blico.
Ni la ley de C¨¢mara de Cuentas de Andaluc¨ªa ni su Reglamento recoge expresamente que el secretario general deba ser funcionario, aunque siempre este cargo lo ha ejercido una persona con esta condici¨®n. S¨ª est¨¢ recogido expresamente en ¨®rganos similares como el Tribunal de Cuentas, de ¨¢mbito estatal, o la Sindicatura de Cuentas de la Comunidad Valenciana y el Consejo de Cuentas de Galicia.
Entre las competencias asignadas al secretario general figuran una serie de potestades que la ley s¨®lo reserva a los funcionarios p¨²bicos, entre ellas, la redacci¨®n de actas y ejecuci¨®n de los acuerdos del pleno; la autorizaci¨®n mediante firma de todas las certificaciones que se expidan sobre los antecedentes que existan en la C¨¢mara; conservaci¨®n y archivo de documentos; el asesoramiento jur¨ªdico; y adoptar medidas disciplinarias en casos leves, entre otras. S¨ª podr¨ªa ejercer otras funciones como las de redactar la memoria anual, elaborar el anteproyecto de presupuesto y la jefatura del personal.
El informe del gabinete jur¨ªdico, que los consejeros recibieron el d¨ªa anterior al nombramiento, se?ala que la fiscalizaci¨®n de la C¨¢mara afecta ¡°de manera indiscutible¡± a terceros, como los entes del sector p¨²blico auditados que ¡°obliga, seg¨²n la doctrina y jurisprudencia, a garantizar la objetividad, imparcialidad e independencia en el ejercicio de esta funci¨®n p¨²blica de fiscalizaci¨®n¡±.
El nombramiento de Aguilar a¨²n no se ha publicado en el Bolet¨ªn Oficial de la Junta de Andaluc¨ªa (BOJA) y puede ser recurrido, una vez que se produzca, por los consejeros, los sindicatos y, llegado el caso, por alg¨²n ente fiscalizador. Fuentes de la C¨¢mara de Cuentas avisan de la ¡°inseguridad jur¨ªdica¡± que la llegada de Aguilar, al no ser funcionario, puede provocar en las decisiones que adopte este ¨®rgano.