La Fiscal¨ªa concluye que el acto de cierre del hospital de campa?a de Ifema no fue delito
El ministerio p¨²blico archiva la investigaci¨®n y aprecia, en todo caso, una posible infracci¨®n administrativa
La Fiscal¨ªa Provincial de Madrid considera que el acto de cierre del hospital de campa?a habilitado en Ifema para atender a pacientes de la covid-19 no constituy¨® un delito contra la salud p¨²blica, sino una infracci¨®n administrativa que en todo caso debe resolver la Delegaci¨®n de Gobierno. El ministerio p¨²blico archiv¨® la investigaci¨®n en julio, apenas dos d¨ªas despu¨¦s de abrirla a ra¨ªz de la recepci¨®n del atestado policial sobre los...
La Fiscal¨ªa Provincial de Madrid considera que el acto de cierre del hospital de campa?a habilitado en Ifema para atender a pacientes de la covid-19 no constituy¨® un delito contra la salud p¨²blica, sino una infracci¨®n administrativa que en todo caso debe resolver la Delegaci¨®n de Gobierno. El ministerio p¨²blico archiv¨® la investigaci¨®n en julio, apenas dos d¨ªas despu¨¦s de abrirla a ra¨ªz de la recepci¨®n del atestado policial sobre los hechos, ocurridos el 1 de mayo durante ese acto de clausura del hospital de campa?a.
En ese documento, seg¨²n la Polic¨ªa, se produjeron ¡°aglomeraciones de personas entre las que se encontraban pol¨ªticos, personal sanitario y periodistas, incumpliendo lo relativo a la limitaci¨®n de libertad de la circulaci¨®n de las personas, as¨ª como infringiendo las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias, entre ellas, el distanciamiento social entre personas¡±.
La Fiscal¨ªa concluy¨® que los hechos no constituyen infracci¨®n penal, pues no encajan en los posibles delitos contra la salud p¨²blica contemplados en el C¨®digo Penal, sino que, ¡°m¨¢s bien, constituyen una infracci¨®n de car¨¢cter administrativo que deber¨¢ solventarse en su caso por la Delegaci¨®n de Gobierno¡±. ¡°El no guardar la distancia debida en reuniones o actos p¨²blicos autorizados o promovidos por autoridades no tienen relevancia penal, pues los posibles delitos como salud p¨²blica en los que se pudiera incurrir adolecen de los elementos tipificadores de aquellos siendo m¨¢s bien infracciones de car¨¢cter administrativo ajenas a la infracci¨®n penal¡±, zanj¨® la Fiscal¨ªa. Por ello, procedi¨® a remitir el atestado a la Delegaci¨®n de Gobierno para esa posible sanci¨®n administrativa y archiv¨® las diligencias.