?lvarez de Toledo pide al Constitucional que no se censure llamar a Iglesias ¡°hijo de terrorista¡±
La exportavoz del PP cree que la presidenta del Congreso incurri¨® en una ¡°intolerable¡± vulneraci¨®n de sus derechos como parlamentaria
La exportavoz del PP en el Congreso Cayetana ?lvarez de Toledo ha presentado un recurso de amparo ante el Constitucional contra la decisi¨®n de retirar del Diario de Sesiones del Congreso su expresi¨®n ¡°hijo de terrorista¡± referida al vicepresidente del Gobierno Pablo Iglesias. La diputada popular considera que la supresi¨®n de sus palabras no solo ataca su libertad de expresi¨®n, sino sus derechos de participaci¨®n y represen...
La exportavoz del PP en el Congreso Cayetana ?lvarez de Toledo ha presentado un recurso de amparo ante el Constitucional contra la decisi¨®n de retirar del Diario de Sesiones del Congreso su expresi¨®n ¡°hijo de terrorista¡± referida al vicepresidente del Gobierno Pablo Iglesias. La diputada popular considera que la supresi¨®n de sus palabras no solo ataca su libertad de expresi¨®n, sino sus derechos de participaci¨®n y representaci¨®n pol¨ªtica. ?lvarez de Toledo alega que la decisi¨®n de la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, fue ¡°adoptada arbitraria e inmotivadamente y fuera de todo cauce legal o reglamentario¡±. Tambi¨¦n cuestiona que posteriormente la Mesa del Congreso no corrigiera la actuaci¨®n de la presidenta, rechazando la petici¨®n de que se reconsiderara el borrado de sus palabras de las actas del Congreso.
El recurso de ?lvarez de Toledo expone que los hechos tienen una especial trascendencia constitucional por su propia naturaleza y por la inexistencia de una jurisprudencia del tribunal de garant¨ªas sobre la materia, es decir, la censura a un diputado. ¡°La vulneraci¨®n de los derechos fundamentales de la demandante de amparo ¨Cargumenta la impugnaci¨®n- se produce en ejercicio de la esencial funci¨®n de control de la acci¨®n del Gobierno a trav¨¦s de la formulaci¨®n de una interpelaci¨®n al vicepresidente segundo¡±.
A?ade que la jurisprudencia constitucional sobre el ejercicio de representaci¨®n pol¨ªtica se?ala que, en el ¨¢mbito parlamentario, ¡°la libertad de expresi¨®n ha de reconducirse al ¨¢mbito del derecho al ejercicio de las funciones parlamentarias sin perturbaciones ileg¨ªtimas tutelado por el art. 23.2 de la Constituci¨®n, pues es en este ¨²ltimo contexto en el que tiene lugar la limitaci¨®n de la libertad de expresi¨®n¡±. Dice la exportavoz del PP que ¡°son precisamente las facultades inherentes a esta condici¨®n¡± de diputada las que han sido atacadas, ¡°al entender que ha sido ileg¨ªtimamente privada de ellas, las que la demandante de amparo pretende hacer valer¡±.
El recurso se apoya, por tanto, en los derechos esenciales de los parlamentarios, pero ¡°sin perder de perspectiva las libertades del art¨ªculo 20 de la Constituci¨®n (libertad de expresi¨®n y derecho a difundir informaci¨®n veraz) y, en particular, su preeminencia como garantes de la formaci¨®n de una opini¨®n p¨²blica libre y su singular resistencia frente a cualquier injerencia precisamente en el ¨¢mbito parlamentario¡±. En este sentido, ?lvarez de Toledo afirma que ¡°la intolerable restricci¨®n al discurso parlamentario introducida por la se?ora Presidenta del Congreso no solo afect¨® al derecho de la diputada, sino al de los propios representados a participar, a trav¨¦s de sus representantes, en los asuntos p¨²blicos¡±.