La juez ve un posible delito de acoso de ¡®Okdiario¡¯ a los hijos de Pablo Iglesias e Irene Montero
La magistrada considera que se produjo una ¡°evidente¡± alteraci¨®n de la vida de los menores al presentarse un reportero de la web de Eduardo Inda reiteradamente en casa de la cuidadora
Sara Rodr¨ªguez Huertas, responsable del Juzgado de Primera Instancia e Instrucci¨®n n¨²mero 2 de Collado Villalba, ha apreciado la existencia de un posible delito de coacciones por los actos llevados a cabo por un reportero de la web Okdiario ¡ªcuyo representante legal y director es el periodista Eduardo Inda¡ª, contra los hijos de Pablo Iglesias e Irene Montero, vicepresidente del Gobierno y ministra de Igualdad respectivamente. Seg¨²n consta en un auto fechado el pasado 18 de septiembre, al que ha tenido acceso EL PA?S, la magistrada considera que el hecho de que el redactor se personara en varias ocasiones en casa de la cuidadora de los ni?os, provocando una ¡°alteraci¨®n evidente¡± de sus vidas, puede constituir un delito contra la libertad.
La juez detalla en su escrito que el periodista A. E. acudi¨® en noviembre y diciembre del 2019 varias veces al domicilio de la cuidadora de los hijos de los l¨ªderes de Podemos, adem¨¢s de llamarla con insistencia varias veces por tel¨¦fono. Lo hizo ¡°con la finalidad de obtener informaci¨®n sobre la misma y de su actividad¡±, prosigue el auto, que describe c¨®mo el reportero, al obtener siempre un ¡°resultado negativo¡± por estas v¨ªas, acudi¨® a la urbanizaci¨®n en la que se encontraba la citada vivienda y ¡°abord¨® a varios vecinos con el mismo fin¡±.
Fin del contrato
¡°El domicilio de la cuidadora es el lugar donde los querellantes, [Iglesias y Montero], dejaban a diario a sus hijos a su cargo durante su jornada laboral. Con ocasi¨®n de tales hechos, la cuidadora restringi¨® en un primer lugar las salidas a los parques infantiles de las zonas comunes de la urbanizaci¨®n con los ni?os a los que cuidaba. Quedando limitada, por lo tanto, su actividad diaria y la de los menores¡±, se?ala la magistrada en su escrito, donde relata que ella, ¡°ante la reiteraci¨®n de los hechos¡±, decidi¨® resolver el 31 de diciembre de 2019 el contrato que manten¨ªa con la familia. ¡°Ello supuso una alteraci¨®n evidente en la vida cotidiana de los querellantes y de sus hijos, vi¨¦ndose obligados a elegir otra opci¨®n para el cuidado de sus hijos durante su jornada laboral¡±, afirma la juez Rodr¨ªguez Huertas.
La magistrada da traslado a las partes para que en diez d¨ªas soliciten apertura de juicio oral por estos hechos o el sobreseimiento de la causa.
Aviso de actualizaci¨®n
Por Sentencia de 9 de febrero de 2022, el Juzgado de lo Penal nº 30 de Madrid acordó la absolución de A. E. del delito por el que había sido acusado en el procedimiento. Dicha decisión fue confirmada por sentencia de la Sección 7 de la Audiencia Provincial de Madrid.