Espa?a rechaza por tercera vez extraditar a Turqu¨ªa a disidentes del gobierno de Erdogan
La Audiencia Nacional desestima la petici¨®n de Ankara de entregar a un empresario al que acusa de pertenecer a una organizaci¨®n que la UE no considera terrorista
La Audiencia Nacional ha rechazado la extradici¨®n a Turqu¨ªa del empresario E. A., de nacionalidad otomana y con residencia legal en Espa?a, al que el Gobierno de Recep Tayyip Erdogan acusaba de terrorismo al considerarle miembro del grupo del cl¨¦rigo Fetul¨¢ G¨¹len, l¨ªder religioso exiliado en EE UU al que Ankara responsabiliza del ...
La Audiencia Nacional ha rechazado la extradici¨®n a Turqu¨ªa del empresario E. A., de nacionalidad otomana y con residencia legal en Espa?a, al que el Gobierno de Recep Tayyip Erdogan acusaba de terrorismo al considerarle miembro del grupo del cl¨¦rigo Fetul¨¢ G¨¹len, l¨ªder religioso exiliado en EE UU al que Ankara responsabiliza del frustrado golpe de Estado de julio de 2016 en el que hubo cerca de 200 muertos. En su fallo, al que ha tenido acceso EL PA?S, el tribunal concluye que los hechos de los que se acusa a E. A. ¡ªleer textos religiosos y de G¨¹len en un encuentro en Madrid con universitarios turcos¡ª no son constitutivos de delito en Espa?a y recuerda que la Uni¨®n Europea (UE) no incluye en su lista de grupos terroristas a la organizaci¨®n del cl¨¦rigo, a la que el empresario, adem¨¢s, niega pertenecer. Es la tercera vez que Espa?a rechaza entregar disidentes al Ejecutivo de Erdogan, despu¨¦s de que en 2017 negara las extradiciones reclamadas por la justicia otomana del periodista turco-sueco Hamza Yal?in y del escritor turco-alem¨¢n Dogan Akhanli. El Gobierno turco ya ha recurrido la decisi¨®n.
La petici¨®n de las autoridades turcas al Gobierno de Madrid para detener y extraditar a E. A. se produjo en enero de 2018 con una nota verbal en la que se acusaba al empresario de pertenecer al grupo FET?/PDY (Organizaci¨®n Fetullahista Terrorista/Estructura Paralela del Estado) y haber le¨ªdo en un acto con estudiantes turcos residentes en Espa?a celebrado el 16 de julio de 2016 ¡ª11 d¨ªas antes del golpe de estado frustrado¡ª textos de G¨¹len y del Risale i Nur (Ep¨ªstola de la Luz), interpretaci¨®n del Cor¨¢n escrita en la primera mitad del siglo XX por el te¨®logo turco Sais Nursi a la que Ankara considera instigadora del yihadismo. El Ejecutivo entonces presidido por Mariano Rajoy acept¨® tramitar la petici¨®n por v¨ªa judicial y la remiti¨® en abril de ese a?o a la Audiencia Nacional, ¨®rgano encargado de resolver las peticiones de extradici¨®n. La causa recay¨® en el titular del Juzgado Central de Instrucci¨®n 5, Jos¨¦ de la Mata, que en abril de 2019, y tras no localizar al disidente turco, dict¨® una orden de detenci¨®n contra ¨¦l.
E. A. fue arrestado el 10 de marzo pasado en la localidad de Vilanova del Vall¨¦s (Barcelona), en una operaci¨®n policial sobre la que el Ministerio del Interior inform¨® mediante una nota en la que destacaba la presunta participaci¨®n del arrestado ¡°en un delito de colaboraci¨®n con banda armada/terrorista, debido a su implicaci¨®n en las actividades de la organizaci¨®n FET?/PDY, considerada terrorista por las autoridades del pa¨ªs otomano¡±. Era la primera vez que se deten¨ªa en Espa?a a un ciudadano turco bajo la acusaci¨®n de pertenecer al grupo religioso de G¨¹len Ese mismo d¨ªa, y tras tomarle declaraci¨®n, el juez orden¨® la libertad provisional sin fianza para E. A., aunque le impuso comparecencias quincenales en un juzgado y la prohibici¨®n de salir de Espa?a, adem¨¢s de retirarle el pasaporte. La vista sobre su extradici¨®n se celebr¨® en la Audiencia Nacional el pasado 27 de octubre. En ella, tanto la Fiscal¨ªa como la defensa del disidente turco se opusieron a la entrega. Las autoridades de Ankara insistieron en la presunta pertenencia de E. A. a la organizaci¨®n del cl¨¦rigo, a la que atribuy¨® tanto del golpe de Estado frustrado como ¡°innumerables atentados¡±.
En su fallo, el tribunal hace suyo los argumentos del fiscal y destaca que los hechos de los que Ankara acusa al empresario ¨Cdar ¡°conversaciones relevantes¡± a estudiantes turcos en un piso de Madrid- ¡°no constituir¨ªan delito, conforme a la legislaci¨®n de Espa?a, ni estar¨ªan por tanto sancionados con pena alguna en nuestro ordenamiento jur¨ªdico¡±. El fallo destaca que no est¨¢ acreditado el ¡°car¨¢cter inspirador yihadista¡± de los textos supuestamente le¨ªdos y recalca que la denominada organizaci¨®n FET?/PDY ¡°no es sino la forma en que dicho Estado [Turqu¨ªa] identifica a las personas seguidoras de Fetul¨¢ G¨¹len, te¨®logo que, hasta el intento de golpe de Estado en Turqu¨ªa del 27 de julio de 2016, nunca fue considerado terrorista¡± por las propias autoridades de Ankara. Por todo ello, rechaza la extradici¨®n.
La decisi¨®n de la justicia espa?ola se produce despu¨¦s de que, en 2017, Espa?a paralizase la extradici¨®n a Turqu¨ªa de otros dos disidentes: el periodista sueco de origen turco Hamza Yal?in y el escritor turco-alem¨¢n Dogan Akhanli. Ambos hab¨ªan sido arrestados con pocos d¨ªas de diferencia en aplicaci¨®n de sendas ¨®rdenes turcas dictadas a trav¨¦s de Interpol. Aquellas detenciones provocaron una ola de solidaridad internacional encabezada por asociaciones de periodistas y escritores, y llevaron a intervenir a la propia canciller alemana, Angela Merkel ante el Gobierno de Rajoy, que en un primer momento se habia mostrado dispuesto a dar v¨ªa libre al proceso de extradici¨®n para que se pronunciara la Audiencia Nacional.
En febrero de 2019, la Comisi¨®n de Asuntos Exteriores del Parlamento Europeo inst¨® a los pa¨ªses de la UE a tramitar ¡°de manera transparente las solicitudes de extradici¨®n de Turqu¨ªa a trav¨¦s de procedimientos judiciales plenamente conformes con las normas internacionales sobre derechos humanos¡± ante la constataci¨®n de que Ankara estaba utilizando las ¨®rdenes de detenci¨®n tramitadas a trav¨¦s de Interpol para capturar a ¡°disidentes turcos, defensores de los derechos humanos, periodistas y cr¨ªticos del Gobierno¡± de Erdogan. En el mismo informe, el Parlamento europeo lamentaba las acciones de Turqu¨ªa en terceros pa¨ªses, como el acoso, secuestro y espionaje de opositores; y expresaba su preocupaci¨®n por la extradici¨®n de 101 ciudadanos turcos en 18 pa¨ªses.
El ejemplo del 'caso Puigdemont'
El representante legal del Gobierno turco present¨® el pasado mi¨¦rcoles un recurso a la decisi¨®n de la Audiencia Nacional de no extraditar al empresario E. A. en el que critica duramente que, en su opini¨®n, el fallo ponga ¡°en tela de juicio¡± la investigaci¨®n de la justicia de Ankara que atribuy¨® la autor¨ªa de la intentona golpista de 2016 a la organizaci¨®n de Fetul¨¢ G¨¹len. En el escrito, el abogado compara la situaci¨®n provocada por la decisi¨®n del tribunal a la que ocasion¨® en su d¨ªa la justicia belga al negar a Espa?a la entrega del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont para juzgarle por el 'proc¨¦s'. El texto recuerda el supuesto malestar que caus¨® entonces en la justicia espa?ola que ¡°una valoraci¨®n realizada por un juez situado a m¨¢s de 2000 kil¨®metros de distancia que apenas ha tenido contacto con los hechos, puede impedir al juez que le ha pedido auxilio continuar con su tarea, cerr¨¢ndole totalmente el paso a sus posibilidades de investigar y juzgar los hechos. La verdad es que nos sorprende, c¨®mo se emplean consideraciones opuestas para situaciones id¨¦nticas o similares¡±, a?ade en su intento por buscar similitudes entre ambos casos.