El Constitucional dictamina que es delito la irrupci¨®n de manifestantes en una iglesia durante una misa
El fallo considera que el Estado debe garantizar la ¡°pac¨ªfica celebraci¨®n¡± de una ceremonia religiosa
El Constitucional ha confirmado la condena penal impuesta por la irrupci¨®n de un grupo de manifestantes en una iglesia con gritos de ¡°fuera los rosarios de nuestros ovarios¡±, en favor del derecho al aborto. El tribunal declara en su fallo que la perturbaci¨®n de una ceremonia religiosa no est¨¢ amparada por la libertad de expresi¨®n.
La sentencia, que recoge doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del propio Tribunal Constitucional, se?ala que ¡°la celebraci¨®n de una misa cat¨®lica es un acto religioso ¨ªntimamente relacionado con la dimensi¨®n externa de la libertad religiosa, cuy...
El Constitucional ha confirmado la condena penal impuesta por la irrupci¨®n de un grupo de manifestantes en una iglesia con gritos de ¡°fuera los rosarios de nuestros ovarios¡±, en favor del derecho al aborto. El tribunal declara en su fallo que la perturbaci¨®n de una ceremonia religiosa no est¨¢ amparada por la libertad de expresi¨®n.
La sentencia, que recoge doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del propio Tribunal Constitucional, se?ala que ¡°la celebraci¨®n de una misa cat¨®lica es un acto religioso ¨ªntimamente relacionado con la dimensi¨®n externa de la libertad religiosa, cuyos participantes tienen derecho a no ser inquietados cuando la ejercen, y el Estado tiene el deber de garantizar su pac¨ªfica celebraci¨®n¡±.
El recurrente en amparo fue condenado por la Audiencia Provincial de Girona y confirmada su pena de seis meses de prisi¨®n por la Sala Penal del Tribunal Supremo tras perturbar una misa en la iglesia parroquial de Sant Pere de Banyoles arrojando pasquines, gritando la consigna ¡°aborto libre y gratuito¡± y exhibiendo cerca del altar una pancarta en la que se le¨ªa ¡°fuera rosarios de nuestros ovarios¡±. La ceremonia religiosa fue interrumpida durante unos minutos.
Han emitido votos particulares en contra los magistrados Juan Antonio Xiol, C¨¢ndido Conde-Pumpido y Mar¨ªa Luisa Balaguer. A juicio de los tres, el prop¨®sito de los manifestantes no era ofender los sentimientos religiosos, sino proclamar su defensa del derecho a la interrupci¨®n voluntaria del embarazo.