La Abogac¨ªa pide rechazar los recursos de los encausados por los gastos del ¡®proc¨¦s¡¯
El organismo califica de ¡°exquisita¡± la investigaci¨®n del Tribunal de Cuentas
La Abogac¨ªa del Estado ha presentado varios escritos en los que rechaza las alegaciones del expresidente de la Generalitat Artur Mas y el resto de ex altos cargos y funcionarios auton¨®micos a los que se reclaman 5,4 millones de euros por los gastos realizados en el extranjero para promocionar el proceso independentista catal¨¢n. En informes dirigidos al Tribunal de Cuentas, la Abogac¨ªa sostie...
La Abogac¨ªa del Estado ha presentado varios escritos en los que rechaza las alegaciones del expresidente de la Generalitat Artur Mas y el resto de ex altos cargos y funcionarios auton¨®micos a los que se reclaman 5,4 millones de euros por los gastos realizados en el extranjero para promocionar el proceso independentista catal¨¢n. En informes dirigidos al Tribunal de Cuentas, la Abogac¨ªa sostiene que no ha existido indefensi¨®n en la tramitaci¨®n de este expediente por responsabilidad contable ¡ªcomo alegan los recursos¡ª y califica de ¡°exquisita¡± la investigaci¨®n. Pone como ejemplo de pulcritud el acta de liquidaci¨®n contable que recoge todas las diligencias efectuadas.
La Abogac¨ªa sigue sin tomar posici¨®n sobre otro aspecto esencial de este procedimiento, el de la utilizaci¨®n de avales de la Generalitat para que los 34 investigados puedan hacer frente al aseguramiento de la cantidad exigida. El abogado del Estado en el Tribunal de Cuentas, Rafael Garc¨ªa Monteys, recibi¨® en julio la petici¨®n de que manifestara su criterio sobre la admisibilidad o no de dicha f¨®rmula de afianzamiento de los 5,4 millones reclamados. Su decisi¨®n fue pasar dicha consulta a sus superiores, al tiempo que apuntaba la posibilidad de rechazar todo pronunciamiento sobre la cuesti¨®n debatida, considerando que pudiera existir un ¡°conflicto de intereses¡±.
Garc¨ªa Monteys, en definitiva, puso en duda que se pudieran formular consultas a la Abogac¨ªa cuando es parte en el proceso, y como tal deber¨¢ actuar mientras se mantenga en esta funci¨®n. Es muy probable que el abogado del Estado se aparte de este asunto en cuanto se resuelva sobre los avales. Ah¨ª empezar¨¢ otra fase del procedimiento de la que podr¨ªa retirarse, en la medida en que la administraci¨®n perjudicada en este caso es la Generalitat, no la del Estado, cuyos intereses son los que representa la Abogac¨ªa.
En cualquier caso, los informes que el abogado del Estado ha presentado a lo largo de agosto son muy claros en cuanto al fondo del asunto. Considera que los recursos de los implicados en las supuestas irregularidades contables deben ser rechazados porque en ning¨²n momento se han visto vulnerados sus derechos fundamentales. Artur Mas, Carles Puigdemont, Oriol Junqueras y en general todos los encausados alegaron que las normas del funcionamiento del Tribunal de Cuentas les obligan a hacer frente a responsabilidades en modo alguno acreditadas, sino solo indiciariamente atribuidas, y que de hecho no han tenido posibilidad de defenderse.
A estas objeciones contesta la Abogac¨ªa del Estado que el acta en la que consta ¡°la liquidaci¨®n provisional contiene una motivaci¨®n suficiente para justificar indiciariamente la participaci¨®n de cada uno de los recurrentes en los hechos objeto del procedimiento¡±. El informe subraya que el objeto de dicha acta ¡ªel documento en que constan las imputaciones¡ª es que sirva ¡°para el posible inicio del procedimiento jurisdiccional¡±. El escrito sostiene que en este caso ¡°la liquidaci¨®n provisional ha cumplido con su naturaleza preparatoria y ser¨¢ en el procedimiento jurisdiccional, si se llega a incoar, el marco en el que se deber¨¢n enjuiciar las cuestiones planteadas en este apartado¡±. Por ello ¡ªa?ade¡ª ¡°esta alegaci¨®n (¡) debe desestimarse¡±.
La Abogac¨ªa sostiene que ¡°mientras no se alegue y justifique un da?o o perjuicio real y efectivo causado directamente por la forma de tramitaci¨®n del procedimiento no se podr¨¢ atender la pretensi¨®n de nulidad¡± de lo actuado, como persegu¨ªan los recursos. Y explica que en este punto es muy importante tener en cuenta ¡°la especial naturaleza de la liquidaci¨®n provisional como acto no definitivo que se limita a concretar determinados hechos que pudieran ser causantes de responsabilidad contable y a quienes presuntamente podr¨ªan ser sus responsables¡±. Todo ello ¡ªa?ade¡ª ¡°hace muy dif¨ªcil que dicha liquidaci¨®n sea apta para causar un da?o real y efectivo, pues la imputaci¨®n real y efectiva de la responsabilidad contable se produce con el procedimiento jurisdiccional de reintegro por alcance que, en su caso, se tramite con posterioridad¡±.
Es cierto que el pago efectivo solo se produce si al final hay condena en el proceso, pero la suma reclamada tiene que estar asegurada antes, lo que implica depositar el dinero o responder con el embargo de bienes. De ah¨ª que algunos recursos ¡ªsingularmente los de Oriol Junqueras y Ra¨¹l Romeva y el del exconseller de Economia Andreu Mas-Colell¡ª pidieran que el propio Tribunal de Cuentas planteara una cuesti¨®n de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, contra varios preceptos de la ley que rige el procedimiento de los expedientes por responsabilidad contable. Y que lo hiciera porque permite tales embargos, con el consecuente da?o econ¨®mico, antes de que se estimen probados los hechos y o se haya dictado sentencia alguna.
En contra de que intervenga el Tribunal Constitucional
Los escritos de la Abogac¨ªa del Estado niegan taxativamente la procedencia de acudir al Constitucional ante una hipot¨¦tica duda sobre las atribuciones del Tribunal de Cuentas en las fases iniciales de un procedimiento por responsabilidad contable. El abogado del Estado sostiene que no cabe poner en cuesti¨®n el encaje constitucional de las medidas de aseguramiento de dicha presunta responsabilidad. La tesis de la Abogac¨ªa es que la cuesti¨®n de inconstitucionalidad no puede plantearse porque la solicitud ¡°se produce en un recurso interpuesto contra actuaciones que no tienen car¨¢cter jurisdiccional y que finalmente han de dar lugar a un pronunciamiento provisional sin efectos decisorios definitivos¡±. A?ade que ¡°debe tenerse en cuenta que en el presente caso existe una doctrina reiterada y uniforme¡± de la Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas en el sentido de que ¡°la tramitaci¨®n prevista¡± en los art¨ªculos cuestionados de la ley que rige el funcionamiento de esta instituci¨®n ¡°no vulnera el art¨ªculo 24.2 de la Constituci¨®n¡±, relativo a la presunci¨®n de inocencia. Para las defensas, en cambio, es imprescindible que el Constitucional se pronuncie sobre dicha ley. Un mensaje en Twitter Alex Mas, hijo del exconseller de Econom¨ªa Andreu Mas-Colell provoc¨® cuando se supo del acta de liquidaci¨®n provisional respuestas de solidaridad, al exponer que la casa, la pensi¨®n y la cuenta bancaria de sus padres podr¨ªan quedar embargadas o bloqueadas a modo de sanci¨®n anticipada. El mensaje a?ad¨ªa que Mas-Colell no tuvo ¡°nada que ver¡± en la organizaci¨®n del refer¨¦ndum independentista. Entre las respuestas solidarias recibidas figuraron las de la cuenta oficial del Instituto de Investigaci¨®n Econ¨®mica de la Universidad de Georgetown y de Alexander Tabarrok, director de investigaci¨®n del Think Tank Independent Institut.