El Congreso rechaza sustituir al vocal jubilado del Poder Judicial porque el mandato del ¨®rgano est¨¢ caducado
La Mesa sigue el criterio de los letrados de la C¨¢mara, que desaconsejan relevar a Rafael Fern¨¢ndez Valverde
El Congreso de los Diputados va a dejar vacante la plaza de vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que hasta hace unas semanas ocupaba Rafael Fern¨¢ndez Valverde, quien se jubil¨® el pasado 5 de marzo. La Mesa de la C¨¢mara ha decidido este martes, con los votos de PSOE, Unidas Podemos y Vox, no atender la petici¨®n formulada por el presidente del Consejo, Carlos Lesmes, para que se nombrara un sustituto del vocal ju...
El Congreso de los Diputados va a dejar vacante la plaza de vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que hasta hace unas semanas ocupaba Rafael Fern¨¢ndez Valverde, quien se jubil¨® el pasado 5 de marzo. La Mesa de la C¨¢mara ha decidido este martes, con los votos de PSOE, Unidas Podemos y Vox, no atender la petici¨®n formulada por el presidente del Consejo, Carlos Lesmes, para que se nombrara un sustituto del vocal jubilado con el objetivo de que su salida no mermara al pleno del ¨®rgano, seg¨²n han confirmado fuentes del Congreso. La decisi¨®n se ha tomado tras recibir un informe de los letrados de la C¨¢mara que desaconsejaban sustituir a Fern¨¢ndez Valverde dado que el mandato del Consejo expir¨® en diciembre de 2018, por lo que, seg¨²n los letrados, no es aplicable el art¨ªculo de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial (LOPJ) que regula la sustituci¨®n de los vocales.
La no sustituci¨®n del vocal del Consejo no tendr¨¢, en principio, grandes consecuencias pr¨¢cticas, m¨¢s all¨¢ de que el bloque conservador perder¨¢ un vocal, pero seguir¨¢ teniendo una ventaja de 10 (11 con el presidente Lesmes) frente a los nueve que suman los propuestos por PSOE (8), IU (1) y PNV (1). Pero la decisi¨®n del Congreso de dejar un hueco en el CGPJ s¨ª que har¨¢ m¨¢s evidente la situaci¨®n excepcional que vive este ¨®rgano, cuya renovaci¨®n est¨¢ pendiente desde hace m¨¢s de tres a?os por la falta de acuerdo entre el PSOE y el PP.
Los populares, que en los dos ¨²ltimos a?os han bloqueado cualquier posibilidad de pacto al imponer condiciones cambiantes, han sido, seg¨²n las fuentes consultadas, los ¨²nicos que este martes, durante la renovaci¨®n de la Mesa del Congreso, se han mostrado reticentes a seguir el criterio marcado por los letrados. La presidenta de la C¨¢mara baja, Meritxell Batet, hab¨ªa pedido la opini¨®n de los expertos jur¨ªdicos tras recibir la notificaci¨®n de Lesmes para que se sustituyera al vocal jubilado.
Una reforma legal aprobada en 2013 estableci¨® que el Congreso y el Senado, al votar a los 10 vocales que corresponden a cada C¨¢mara, deb¨ªan elegir tambi¨¦n a seis suplentes cada una, para evitar que, como hab¨ªa ocurrido en mandatos anteriores, la salida de un consejero dejara huecos que pudieran mermar el funcionamiento del Consejo. Este mecanismo se ha activado dos veces en el mandato actual: tras la marcha de la vocal Merc¨¨ Pigem, que dimiti¨® tras intentar entrar en Espa?a desde Andorra con 9.500 euros en efectivo; y de Fernando Grande-Marlaska, que dej¨® el cargo para ser ministro del Interior. Pero esta era la primera vez que el Consejo se ve obligado a cubrir un puesto con el mandato ya caducado, lo que, seg¨²n las fuentes, llev¨® a Batet a preguntar a los letrados.
El texto de los letrados aconseja al Congreso que ¡°tome conocimiento¡± del cese de Fern¨¢ndez Valverde como vocal del CGPJ, pero comunique al ¨®rgano de gobierno de los jueces que no procede la sustituci¨®n, y esa es la decisi¨®n que ha adoptado este martes la Mesa de la C¨¢mara. En un informe de cinco p¨¢ginas al que ha tenido acceso EL PA?S, los juristas advierten de que el art¨ªculo 571.2 de la Ley del Poder Judicial establece que el vocal que se incorpore al Consejo para sustituir a otro que se va ¡°ejercer¨¢ su cargo por el tiempo que reste hasta la finalizaci¨®n del mandato del Consejo General del Poder Judicial¡±. Pero el mandato actual ya ha expirado, recuerdan los letrados: ¡°De esta forma parece m¨¢s correcto entender que, al haber finalizado el mandato del Consejo, no estamos ante un supuesto de cese anticipado en sentido estricto, por lo que no proceder¨ªa la sustituci¨®n¡±. ¡°No en vano¡±, a?ade el informe, ¡°en el marco de lo dispuesto en el art¨ªculo 571.2 de la LOPJ, al vincularse el mandato del suplente a la finalizaci¨®n del mandato del ¨®rgano, la Ley parece estar presuponiendo la existencia de un mandato vigente en plenitud de funciones¡±.
El informe de los letrados admite que podr¨ªa haber razones para argumentar que la sustituci¨®n del vocal es la mejor opci¨®n para asegurar el ¡°correcto funcionamiento¡± del Consejo y ¡°los derechos¡± de las personas designadas por el Congreso como vocales sustitutos en 2013, cuando se constituy¨® el actual Consejo. Pero frente a esta tesis, los letrados apuntan que ¡°lo que corresponde para garantizar el correcto funcionamiento de este ¨®rgano constitucional es proceder a una completa renovaci¨®n del mismo¡±. ¡°As¨ª como que es dudoso que, dada la limitaci¨®n de funciones y la previsible duraci¨®n de la sustituci¨®n, se mantengan las condiciones en que se produjo la designaci¨®n de los sustitutos¡±, a?aden.
En su texto los letrados citan tambi¨¦n como precedente que la ¨²nica ocasi¨®n en la que se plante¨® la sustituci¨®n de vocales (uno jubilado y cuatro que renunciaron) una vez que hab¨ªa acabado el mandato de cinco a?os del Consejo, la Mesa de la C¨¢mara inst¨® a todos los grupos a ¡°una pronta renovaci¨®n¡± de CGPJ y se puso entonces marcha el procedimiento de renovaci¨®n, que culmin¨® con el nombramiento de los nuevos vocales.