El juez reclama a Alberto Luce?o que entregue en 48 horas los cuatro millones que le faltan de la fianza
El magistrado descarta imputar alzamiento de bienes y delito fiscal al comisionista del caso de las mascarillas, al que impuso una se?al de 6,2 millones
El juez Adolfo Carretero, que instruye el caso de las mascarillas, ha solicitado al comisionista Alberto Luce?o cuatro millones de euros que le faltan de la fianza para asegurar las responsabilidades pecuniarias que se deriven del procedimiento en el que investiga delitos de estafa, falsedad documental y blanqueo de capitales. En un auto dictado el pasado 29 de abril, al que ha tenido acceso este martes EL PA?S...
El juez Adolfo Carretero, que instruye el caso de las mascarillas, ha solicitado al comisionista Alberto Luce?o cuatro millones de euros que le faltan de la fianza para asegurar las responsabilidades pecuniarias que se deriven del procedimiento en el que investiga delitos de estafa, falsedad documental y blanqueo de capitales. En un auto dictado el pasado 29 de abril, al que ha tenido acceso este martes EL PA?S, el magistrado le da un plazo de 48 horas para abonar esa cantidad para completar los 6,2 millones de euros que le impuso como se?al. Si no, se proceder¨¢ al embargo de los bienes que se encuentran a su nombre. El juez acuerda tambi¨¦n que no ha lugar a la ampliaci¨®n de la imputaci¨®n por alzamiento de bienes y delito fiscal tanto para Luce?o como para la sociedad de su propiedad.
En la argumentaci¨®n, el juez explica que hasta el momento solo se ha embargado al comisionista y socio de Luis Medina un inmueble valorado en 1.107.400 euros, diversos veh¨ªculos valorados en 946.136,66 euros y el saldo de cuentas corrientes por un importe de 129.140,70 euros. El importe de sus responsabilidades pecuniarias alcanza 6.206.644 euros, por lo que conforme al art¨ªculo 589 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal falta completarse 4.023.966,94 euros de la fianza , tal y como solicita el fiscal Anticorrupci¨®n.
En otro apartado del auto, el magistrado rechaza imputar a Luce?o y a su sociedad un delito de alzamiento de bienes del art¨ªculo 257 del C¨®digo Penal. Lo acuerda al afirmar que ¡°no ha realizado disposiciones patrimoniales tras su declaraci¨®n ante la Fiscal¨ªa Anticorrupci¨®n el 15 de abril de 2021, pues, como ha acreditado documentalmente su representaci¨®n procesal, el dinero de las ventas de tres veh¨ªculos fue ingresado en las cuentas de la sociedad Takamaka Invest S.L¡±. El investigado ha aportado los relojes que se le han pedido. Tampoco se ampl¨ªa la imputaci¨®n al delito fiscal, como solicit¨® el partido Podemos, ya que el delito por el que se inician las actuaciones es una estafa agravada con falsedad documental y blanqueo de dinero, sin que exista para ¡°la Fiscal¨ªa Anticorrupci¨®n un delito fiscal por cuanto Luce?o pod¨ªa constituir una sociedad para dedicarse a negocios, tributando la misma por impuesto de sociedades, sin perjuicio de la tributaci¨®n como persona f¨ªsica¡±. ¡°Por el momento no hay indicios de elusi¨®n de impuestos, m¨¢xime cuando la sociedad que cre¨® es administrada por ¨¦l tambi¨¦n y es ¨²nico socio¡±, agrega.
Por su parte, el juez tambi¨¦n ha solicitado a la secci¨®n espa?ola de la C¨¢mara de Comercio Internacional (ICC) que le informe de si autoriz¨® a los comisionistas para que usaran su membrete o particip¨® en la elaboraci¨®n de los contratos que Medina y Luce?o utilizaron para justificar sus ingresos millonarios ante el banco. La Fiscal¨ªa sospecha que estos documentos fueron falsificados y la ICC ya denunci¨® la pasada semana que se estaba usando un ¡°modelo falso¡±.