El Constitucional anula varias resoluciones del Parlament a favor de la autodeterminaci¨®n
La sentencia concede amparo a Ciudadanos, que denunci¨® la iniciativa, y tiene el voto en contra del magistrado Ram¨®n S¨¢ez, que critica que se limiten debates parlamentarios
El Tribunal Constitucional ha concedido amparo a 32 antiguos diputados de Ciudadanos en el Parlamento de Catalu?a, que recurrieron contra la admisi¨®n de una serie de propuestas en 2019 que consideraban ilegales para ser debatidas por la C¨¢mara, por tratarse de una nueva defensa del derecho de autodeterminaci¨®n. Los diputados estimaron que dicha admisi¨®n por parte de la Mesa del Parlamento les colocaba ¡°en la tesitura o bien de no participar en el debate de esas propuestas, haciendo con ello dejaci¨®n de sus fu...
El Tribunal Constitucional ha concedido amparo a 32 antiguos diputados de Ciudadanos en el Parlamento de Catalu?a, que recurrieron contra la admisi¨®n de una serie de propuestas en 2019 que consideraban ilegales para ser debatidas por la C¨¢mara, por tratarse de una nueva defensa del derecho de autodeterminaci¨®n. Los diputados estimaron que dicha admisi¨®n por parte de la Mesa del Parlamento les colocaba ¡°en la tesitura o bien de no participar en el debate de esas propuestas, haciendo con ello dejaci¨®n de sus funciones, o bien de participar en la sesi¨®n a sabiendas de su ilicitud¡±.
En su impugnaci¨®n alegaron que esta disyuntiva les conduc¨ªa a una situaci¨®n de vulneraci¨®n de su derecho fundamental al ejercicio del cargo parlamentario en condiciones de igualdad, en la que tambi¨¦n resultaba lesionado el derecho a la participaci¨®n de los ciudadanos en los asuntos p¨²blicos a trav¨¦s de sus representantes. El tribunal estima que existi¨® dicha vulneraci¨®n de derechos, porque la Mesa de la C¨¢mara no debi¨® aceptar dichas propuestas de resoluci¨®n, en la medida en que contradec¨ªan decisiones anteriores del propio Constitucional. Aceptar la iniciativa ¡ªentiende el tribunal¡ª implicaba un incumplimiento manifiesto de mandatos anteriores del propio ¨®rgano de garant¨ªas.
El Constitucional afirma que los miembros de la Mesa eran conscientes de los requerimientos que el tribunal les hab¨ªa dirigido de manera previa para que no volvieran a presentar iniciativas parlamentarias a favor del derecho a la autodeterminaci¨®n. Pese a ello, mantuvieron su admisi¨®n a tr¨¢mite en dicha reuni¨®n del ¨®rgano de gobierno de la c¨¢mara. En esas iniciativas se propon¨ªa, entre otras cosas, la reprobaci¨®n al jefe del Estado por su ¡°posici¨®n e intervenci¨®n en el conflicto catal¨¢n¡± y la ¡°apuesta por la abolici¨®n¡± de la monarqu¨ªa.
La sentencia ahora aprobada ¡°evidencia la contradicci¨®n¡± de dichas iniciativas con ¡°lo resuelto a su vez por este tribunal¡± en fallos anteriores, donde se declar¨® la inconstitucionalidad y nulidad de algunos apartados de otras resoluciones del Parlamento catal¨¢n que en t¨¦rminos sustancialmente id¨¦nticos a las propuestas impugnadas, condenaban el posicionamiento del rey Felipe VI en relaci¨®n con los hechos acaecidos el 1 de octubre de 2017 y tambi¨¦n abogaban por la abolici¨®n de la instituci¨®n mon¨¢rquica.
El tribunal estima que al no rechazar las propuestas, el Parlamento de Catalu?a lesion¨® el n¨²cleo de la funci¨®n representativa ¡ªel denominado ius in officium¡ª de los diputados recurrentes, y vulner¨® as¨ª sus derechos fundamentales. Todo ello determina la estimaci¨®n de la demanda presentada y la nulidad de los actos expresamente impugnados.
El magistrado Ram¨®n S¨¢ez, del sector progresista, ha anunciado la formulaci¨®n de un voto particular. No comparte la doctrina que aplica la sentencia, porque ampl¨ªa el contenido del derecho fundamental al ejercicio de la funci¨®n representativa de los diputados demandantes, mientras que sacrifica el derecho fundamental de los diputados proponentes a los que se les impide someter sus tesis a deliberaci¨®n y defender sus iniciativas. Adem¨¢s, considera que esta decisi¨®n supone una tutela inaceptable de la funci¨®n parlamentaria, al expulsar del debate pol¨ªtico cuestiones relevantes como la forma de Estado, la cr¨ªtica a los actos de la jefatura del Estado y el sujeto de la soberan¨ªa, afectando sustancialmente al principio democr¨¢tico.