El Constitucional rechaza el recurso del exdiputado del PP cuyo error al votar permiti¨® aprobar la reforma laboral
El tribunal avala la decisi¨®n de la entonces presidenta del Congreso, Meritxell Batet, que se neg¨® a modificar el voto emitido telem¨¢ticamente por Alberto Casero
El Tribunal Constitucional ha rechazado este mi¨¦rcoles, por unanimidad, el recurso de amparo presentado por el exdiputado del PP Alberto Casero contra la decisi¨®n de la presidencia del Congreso que en 2022 no le permiti¨® cambiar el sentido de su voto durante la votaci¨®n de la reforma laboral del Gobierno. Casero emiti¨® telem¨¢ticamente un voto afirmativo a la ley y luego, al darse cuenta de su error, intent¨® cambiarlo: inform¨® a la direcci¨®n del grupo parlamentario popular y fue esta la que reclam¨® que el voto fuera modificado. Pero la entonces presidenta de la C¨¢mara, Meritxell Batet, no se lo...
El Tribunal Constitucional ha rechazado este mi¨¦rcoles, por unanimidad, el recurso de amparo presentado por el exdiputado del PP Alberto Casero contra la decisi¨®n de la presidencia del Congreso que en 2022 no le permiti¨® cambiar el sentido de su voto durante la votaci¨®n de la reforma laboral del Gobierno. Casero emiti¨® telem¨¢ticamente un voto afirmativo a la ley y luego, al darse cuenta de su error, intent¨® cambiarlo: inform¨® a la direcci¨®n del grupo parlamentario popular y fue esta la que reclam¨® que el voto fuera modificado. Pero la entonces presidenta de la C¨¢mara, Meritxell Batet, no se lo permiti¨®. Aquel error del diputado popular supuso una victoria inesperada para el Ejecutivo de Pedro S¨¢nchez, que salv¨® la ley por ese ¨²nico voto.
La sentencia sostiene que deber¨ªa haber sido el propio Casero ¡ªque abandon¨® su esca?o en marzo de 2023¡ª quien reclamara personalmente la modificaci¨®n del voto: ¡°Para que pueda operar el procedimiento de autorizaci¨®n del voto presencial al diputado que ha votado previamente de modo telem¨¢tico ha de mediar una solicitud o actuaci¨®n personal tempestiva del propio diputado que acredite su expresa voluntad de optar por el ejercicio de su voto presencial de su voto y por la anulaci¨®n del voto telem¨¢tico autorizado y emitido¡±, afirma el Constitucional. ¡°Ello es consecuencia del car¨¢cter personal e indelegable del voto, que exige que sea el propio titular del derecho el que comunique su intenci¨®n de ejercerlo presencialmente, puesto que la autorizaci¨®n del voto presencial tiene como consecuencia que se anule su voto ya emitido telem¨¢ticamente, y s¨®lo constando la iniciativa expresa de su titular requiri¨¦ndolo [...] pueden descartarse injerencias externas¡±.
Los magistrados Enrique Arnaldo y Concepci¨®n Espejel, del sector conservador del tribunal, han anunciado que emitir¨¢n un voto concurrente (es decir, de acuerdo con la sentencia pero con argumentos distintos).