El exsecretario general de UGT Andaluc¨ªa condenado a tres a?os y 50 millones de multa por fraude en subvenciones
El tribunal destaca la ¡°gravedad¡± de desviar m¨¢s de 40 millones de ayudas para financiar actividades propias del sindicato por ¡°la alarma social¡± y ¡°el perjuicio¡± causado a los trabajadores
El exsecretario general de UGT en Andaluc¨ªa, Francisco Fern¨¢ndez, y otros tres antiguos altos cargos del sindicato han sido condenados a tres a?os de c¨¢rcel y una multa de 50 millones de euros, respectivamente, como autores de un delito continuado de falsedad documental en concurso con un delito de fraude de subvenciones por la ¡°aplicaci¨®n consciente y fraudulenta de fondos recibidos en concreto de subvenci¨®n para la realizaci¨®n de cursos de formaci¨®n para personas desempleadas y ocupadas a fines distintos y de los que ha dispuesto UGT-A para financiar actividades propias del sindicato¡±, seg¨²n la sentencia redactada por la Secci¨®n Tercera de la Audiencia de Sevilla. La cantidad defraudada asciende a 40.620.256,3 millones entregados por la Junta de Andaluc¨ªa entre 2009 y 2013.
En el fallo, que puede ser recurrido, el tribunal llama la atenci¨®n sobre la ¡°gravedad de la conducta¡±, de los condenados y ¡°el perjuicio causado a los trabajadores a cuya formaci¨®n estaban destinadas las subvenciones¡±. Un perjuicio que los magistrados hacen extensivo ¡°a la sociedad¡± en general, por ¡°la alarma social¡± que producen las conductas delictivas objeto del procedimiento al haber sido ¡°ejecutadas por agentes sociales a los que, precisamente, seles conceden las subvenciones por su proclamada defensa de los intereses de los trabajadores y desempleados¡±.
La Audiencia de Sevilla tambi¨¦n apela al ¡°monto de las subvenciones, la cuant¨ªa de lo defraudado y la multiplicidad de solicitudes y modalidades delictivas¡± a trav¨¦s de las que la c¨²pula del sindicato destin¨® las subvenciones a fines propios al margen del objeto de las mismas. Entre esos procedimientos utilizados para defraudar se encuentra la t¨¦cnica del rappel, por la que UGT-A se beneficiaba de los descuentos que los proveedores hac¨ªan en las facturas y que no declaraban a la Administraci¨®n. Este bote permit¨ªa a la organizaci¨®n financiarse con cargo a un saldo acreedor generado mediante el pago a proveedores de facturas simuladas. Adem¨¢s utilizaban la cesi¨®n de locales del sindicato a Soralpe, que alquilaba las aulas empleadas para la formaci¨®n sin generar gasto. ¡°Una serie de procedimientos de los que se sirvieron de distintos proveedores y entidades vinculadas a fin de obtener una v¨ªa de financiaci¨®n para sufragar gastos de estructura propios del sindicato a costa de los fondos p¨²blicos concedidos con las subvenciones¡±, las resume el tribunal.
En relaci¨®n con el bote, el tribunal determina que con esas facturas los condenados ¡°justificaron mendazmente ante la Administraci¨®n p¨²blica gastos imputados a los fondos p¨²blicos recibidos para programas de formaci¨®n¡±. Este mecanismo defraudatorio ¡°implicaba el encargo a los diferentes proveedores de la emisi¨®n de facturas que no correspond¨ªan a ninguna prestaci¨®n de servicios o suministro de bienes o que era de un importe inferior y pasaban a engrosar una cuenta acreedora de UGT-A a dichas empresas¡±, indica la sala. Esas facturas ¡°eran presentadas ante la administraci¨®n concedente de la subvenci¨®n, con lo que se culminaba el procedimiento de distracci¨®n para fines propios del sindicato de las cantidades recibidas por la Administraci¨®n y que estaban previstas para un destino totalmente diferente de inter¨¦s sociolaboral¡±, concluyen los jueces.
Sobre la t¨¦cnica del rappel establecen que, como el bote, ¡°era contabilizado y controlado a trav¨¦s de un programa inform¨¢tico por el que el sindicato se financiar¨ªa con cargo a un saldo acreedor, generado mediante el pago a proveedores de las facturas¡±. En la sentencia tambi¨¦n se alude a ¡°otros sistemas de imputaci¨®n de gastos no subvencionables¡±, entre los que se enumeran salarios a empleados propios y de Soralpe en los cursos de formaci¨®n cuando no trabajan en ellos; gastos de estructura y mantenimiento del sindicato (facturas de tel¨¦fono, limpieza, electricidad¡) y el pago de alquiler de aulas e instalaciones propiedad de UGT-A.
En la causa tambi¨¦n estaban acusados ocho empresas proveedoras que han sido absueltas por el tribunal por entender que ¡°no consta acreditado que tuvieran conocimiento del destino que iba a darse a los descuentos, comisiones o rappels que hab¨ªan acordado y concedido al sindicato¡±. Los magistrados s¨ª condenan a otra de las antiguas integrantes de la c¨²pula del sindicato en los a?os en los que se produjo el fraude, la ex responsable del departamento de Compras, Dolores S¨¢nchez, si bien rebaja su pena a seis meses y dos d¨ªas de c¨¢rcel y multa de 25 millones de euros, en su calidad de c¨®mplice de los mismos delitos.
A los cinco ex altos cargos tambi¨¦n se les impone en concepto de responsabilidad civil la obligaci¨®n de indemnizar conjunta y solidariamente a la Junta de Andaluc¨ªa en la cantidad defraudada, 40.620.256,43 euros, siendo el sindicato UGT-A el responsable civil subsidiario por el importe total.