Los alojamientos tur¨ªsticos compartidos en Catalu?a podr¨¢n acoger hasta a cuatro personas durante un mes
El nuevo decreto de la Generalitat regula que la gente pueda alquilar una habitaci¨®n de su piso
El Govern ha aprobado este martes el nuevo decreto de Turismo de Catalu?a. La normativa regula las modalidades no previstas en la ley y actualiza los requisitos de clasificaci¨®n y las caracter¨ªsticas de los establecimientos. Entre las novedades destacan que los alojamientos compartidos, como es el caso de habitaciones ofrecidas en la plataforma Airbnb, podr¨¢n acoger hasta a cuatro personas por un periodo m¨¢ximo de 31 d¨ªas. El titular deber¨¢ residir en la vivienda y compartirla durante la esta...
El Govern ha aprobado este martes el nuevo decreto de Turismo de Catalu?a. La normativa regula las modalidades no previstas en la ley y actualiza los requisitos de clasificaci¨®n y las caracter¨ªsticas de los establecimientos. Entre las novedades destacan que los alojamientos compartidos, como es el caso de habitaciones ofrecidas en la plataforma Airbnb, podr¨¢n acoger hasta a cuatro personas por un periodo m¨¢ximo de 31 d¨ªas. El titular deber¨¢ residir en la vivienda y compartirla durante la estancia de los visitantes. Adem¨¢s, establece que las autocaravanas en tr¨¢nsito podr¨¢n permanecer hasta 48 horas en zonas de camping y que los ¡°hospedajes singulares¡± podr¨¢n estar ubicados en ¨¢reas como caba?as en los ¨¢rboles o barracas de piedra seca entre vi?edos.
El decreto busca aportar mayor claridad y seguridad jur¨ªdica, ofrecer un mecanismo para prevenir el fraude y evitar la comercializaci¨®n ilegal de los alojamientos. La consejera de Empresa y Conocimiento, ?ngels Chac¨®n, explic¨® el lunes pasado que el reglamento se adapta a la evoluci¨®n de los h¨¢bitos de consumo y de los modelos de turismo que han surgido en los ¨²ltimos a?os. ¡°Hab¨ªa que regular las figuras que no hab¨ªa, como los alojamientos singulares o compartidos¡±, coment¨®, en un encuentro con medios.
El director general de Turismo del Govern, Octavi Bono, describi¨® por su parte que la normativa contempla el concepto de condominio: un establecimiento podr¨¢ tener propietarios en diferentes partes del alojamiento y gestionarlo conjuntamente. Tambi¨¦n remarc¨® que la antig¨¹edad de los edificios para albergues rurales deber¨¢ ser anterior a 1957 y que podr¨¢n tener una capacidad m¨¢xima de 20 personas: ¡°Hemos intentado que el decreto vaya un poco m¨¢s all¨¢ de la realidad del mercado¡±.
En cuanto a los pisos de uso tur¨ªstico, no deber¨¢n exceder de 15 plazas y los propietarios podr¨¢n requerir el abandono inmediato a los hu¨¦spedes que no cumplan las normas de convivencia, de las que les deber¨¢n informar. Adem¨¢s, dijo Bono que se podr¨¢n realizar inspecciones y sanciones de una manera ¡°m¨¢s efectiva¡± que hasta ahora. ¡°La que hace referencia a las habitaciones de alojamientos compartidos es la ¨²nica parte del decreto que no entrar¨¢ en vigor hasta dentro de 12 meses para que d¨¦ tiempo a los entes locales, a trav¨¦s de normativa propia, de modular aquel elemento¡±, apunt¨® el director general, que destac¨® que los Ayuntamientos tendr¨¢n que registrar las viviendas.
Fondos de promoci¨®n tur¨ªstica
Chac¨®n detall¨® que el decreto incorpora tambi¨¦n la regulaci¨®n de los Fondos para el Fomento del Turismo. La nueva normativa especifica que los entes locales en cuyo territorio se haya alcanzado o superado el umbral de 300.000 euros de recaudaci¨®n en concepto de impuesto, deber¨¢n destinar un m¨ªnimo del 60% de los recursos a proyectos de actuaciones de promoci¨®n tur¨ªstica; los que no sobrepasen este importe, al menos un 75%. ¡°Uno de los compromisos va a ser sacarlo adelante [el decreto] precisamente porque ven¨ªa de mucho tiempo, desde 2015¡±, apunt¨® Chac¨®n.