Aguinaldo 2024: fecha l¨ªmite de pago y multas a los patrones que no lo depositen a tiempo
El aguinaldo es un derecho irrenunciable de los trabajadores en M¨¦xico establecido en la Ley Federal del Trabajo
Las personas trabajadoras en M¨¦xico tienen derecho a recibir el pago del aguinaldo conforme al art¨ªculo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT). Inicialmente, el aguinaldo era solo una gratificaci¨®n que algunos patrones otorgaban voluntariamente a los empleados para la celebraci¨®n de las fiestas navide?as. Sin embargo, el beneficio se convirti¨® en una prestaci¨®n laboral a partir de 1970 y desde entonces se han establecido las pautas para su disposici¨®n.
?Qui¨¦nes tienen derecho a la prestaci¨®n?
El pago del aguinaldo les corresponde a los trabajadores de base, de confianza, de planta, sindicalizados, por obra o por tiempo determinado. Asimismo, los trabajadores temporales o sujetos a prueba, agentes de comercio, comisionistas, agentes de seguro y vendedores, tienen derecho a la prestaci¨®n. En general, es una prestaci¨®n laboral para toda persona que preste sus servicios de manera subordinada ante un patr¨®n, y cuya relaci¨®n laboral se rija por la Ley Federal del Trabajo.
Cu¨¢ntos d¨ªas corresponden de aguinaldo
El pago del aguinaldo corresponde a ¡ªpor lo menos¡ª 15 d¨ªas del salario que recibe un trabajador por un a?o de servicio. Las personas que han laborado durante menos de un a?o, tienen derecho al pago de una parte proporcional.
La dispersi¨®n del aguinaldo siempre genera impuestos, a menos que el pago sea inferior al equivalente de 30 Unidades de Medida y Actualizaci¨®n (UMA), es decir, a 3.300,53 pesos.
La fecha l¨ªmite para el pago del aguinaldo en 2024
El ¨²ltimo d¨ªa para recibir el aguinaldo es el viernes 20 de diciembre de 2024, seg¨²n lo establecido por el art¨ªculo 87 de la LFT. Por ley, est¨¢ prohibido pagarlo en especie, ya sea por medio de mercanc¨ªas, vales, fichas o cualquier otra representaci¨®n que pretenda sustituir la moneda en curso legal.
La ley indica que se debe pagar en efectivo y en pesos mexicanos, sin embargo, con previo consentimiento del trabajador, es posible depositarlo en cuenta bancaria, tarjeta de d¨¦bito o por transferencia. Si estas transacciones por medios alternativos generan alg¨²n costo adicional, este deber¨¢ ser cubierto por el patr¨®n.
Las multas a los patrones que no pagan el aguinaldo y c¨®mo iniciar una demanda
El pago del aguinaldo es una prestaci¨®n laboral amparada bajo la Ley Federal del Trabajo. Los patrones que no paguen el aguinaldo, lo otorguen incompleto o no lo depositen a tiempo, pueden hacerse acreedores a una multa por el equivalente de 50 a 5.000 UMAs. En 2024, este monto corresponde a sanciones que van de los 5.428,50 hasta los 542.850 pesos.
Los trabajadores, los sindicatos y las confederaciones de empleados pueden denunciar estas violaciones a sus derechos laborales ante la Procuradur¨ªa Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), y tienen un plazo de un a?o a partir del 20 de diciembre en caso de que esta prestaci¨®n no les sea cubierta o se les pague de forma incompleta.
Existen distintos canales para demandar el pago del aguinaldo:
- En el sitio web de orientaci¨®n e informaci¨®n sobre igualdad y no discriminaci¨®n en materia laboral, en www.gob.mx/profedet.
- En los tel¨¦fonos 01 80 07 17 29 42; 01 80 09 11 78 77 y 59 98 20 00.
- Por correo electr¨®nico, en orientacionprofedet@stps.gob.mx.
- O de manera presencial en cualquiera de las oficinas de la Profedet ubicadas a lo largo del pa¨ªs.
Los trabajadores independientes o freelance tambi¨¦n tienen derecho a recibir el aguinaldo, ya que la ley indica que esta prestaci¨®n es obligatoria siempre que exista una relaci¨®n laboral de subordinaci¨®n comprobable con el patr¨®n. Sin embargo, las dudas espec¨ªficas para este rubro se deben expresar ante la Profedet para que la dependencia oriente y determine cu¨¢les son los pasos a seguir.
?C¨®mo va la iniciativa para aumentar a 30 d¨ªas el pago de aguinaldo?
La reforma para aumentar el pago de aguinaldo de 15 a 30 d¨ªas se mantiene en discusi¨®n. El pasado mes de febrero, la Comisi¨®n de Trabajo y Previsi¨®n Social del Senado mexicano aprob¨® un dictamen para elevar esta prestaci¨®n, lo que desat¨® diversas cr¨ªticas por parte del empresariado. La iniciativa fue aplazada debido a las elecciones mexicanas a inicios de junio, y todav¨ªa no hay una fecha definitiva para su aprobaci¨®n.
Para que la iniciativa se apruebe, es necesario que pase por una discusi¨®n en la C¨¢mara de Diputados, que tras una revisi¨®n por parte de la comisi¨®n de trabajo, enviar¨ªa el documento al Pleno para su obtener visto bueno. En caso de aprobar el dictamen, el documento se enviar¨ªa al Senado para su aprobaci¨®n. Por ¨²ltimo, al superar este punto, la propuesta se enviar¨ªa a la presidenta Claudia Sheinbaum para su aprobaci¨®n final y la reforma entrar¨ªa en vigor al publicarse en el Diario Oficial de la Federaci¨®n.
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