La violencia sexual contra las mujeres en conflictos y dictaduras, un crimen de lesa humanidad
Si los Estados no adoptan medidas para poner fin a la impunidad, no ser¨¢ posible prevenir que las mujeres vivamos una vida libre de violencias en ning¨²n contexto
El D¨ªa Internacional de la Mujer es una oportunidad para conmemorar las luchas de las mujeres que han llevado a la reivindicaci¨®n de sus derechos, reconocer los obst¨¢culos que han tenido que superar para ocupar espacios de toma de decisi¨®n y celebrar sus liderazgos. Ellas, nosotras, hemos puesto de manifiesto que las violencias son varias y espec¨ª...
El D¨ªa Internacional de la Mujer es una oportunidad para conmemorar las luchas de las mujeres que han llevado a la reivindicaci¨®n de sus derechos, reconocer los obst¨¢culos que han tenido que superar para ocupar espacios de toma de decisi¨®n y celebrar sus liderazgos. Ellas, nosotras, hemos puesto de manifiesto que las violencias son varias y espec¨ªficas, como la violencia sexual y reproductiva en el contexto de conflictos armados y dictaduras.
Nuestro continente y el mundo ha sido testigo de largos a?os de dictaduras y de conflictos armados en muchos pa¨ªses, que en algunos casos persisten y siguen vulnerando los derechos de las mujeres, principalmente nuestro derecho a vivir libres de toda forma de violencia. Estos no son hechos aislados o extraordinarios, propios de estos contextos, sino que son el resultado de un continuo agravamiento de la violencia, basados en patrones culturales machistas y patriarcales en los que las mujeres siguen siendo percibidas desde un lugar de subordinaci¨®n e inferioridad.
En tiempos de conflicto armado o dictadura, se han conocido pr¨¢cticas generalizadas o sistem¨¢ticas de violencia sexual amparadas en la discriminaci¨®n en contra de las mujeres, que pueden constituir cr¨ªmenes de lesa humanidad. Dicha violencia se caracteriza por su nula visibilidad y se acompa?a por factores adicionales de victimizaci¨®n, como el estigma hacia las mujeres sobrevivientes de violencia sexual y la ausencia de un sistema penal preparado para escuchar a estas mujeres y repararlas integralmente.
La cultura machista y patriarcal, que genera estigma y miedo, impide a las mujeres sobrevivientes denunciar y a la vez las cuestiona por no hacerlo. Estos son s¨®lo algunos ejemplos de manifestaciones de la discriminaci¨®n de g¨¦nero que la justicia y todo el aparato estatal deben tener en cuenta al momento de adoptar medidas contra la impunidad y la erradicaci¨®n de las violencias. Para ello, es fundamental observar la perspectiva de g¨¦nero de manera transversal en los procesos de administraci¨®n de justicia.
Existe un deber de actuar con debida diligencia, esto es investigar de forma seria, pronta e imparcial, con enfoque de g¨¦nero para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres. Adem¨¢s, de atender las caracter¨ªsticas propias de cada situaci¨®n y considerar el contexto en los que ocurren estos cr¨ªmenes. Ello es fundamental para desentra?ar las estructuras que facilitaron y siguen facilitando las violaciones a sus derechos humanos, y no solo sancionar a los perpetradores inmediatos.
La perspectiva de g¨¦nero tambi¨¦n debe observarse en las reparaciones. Esto es necesario para garantizar a las sobrevivientes una reparaci¨®n integral que tenga en cuenta todas las consecuencias de la violencia sexual, por ejemplo, las consecuencias socioecon¨®micas cuando resulta en embarazo, el impacto en su proyecto de vida y las afectaciones a la integridad personal que requieren de una atenci¨®n integral a su salud f¨ªsica y mental.
La investigaci¨®n diligente de la violencia sexual en estos contextos debe visibilizar su magnitud y sistematicidad, y exponer las pautas culturales que la originan. Debe ser uno de los puntos de partida para garantizar el acceso a la justicia y a la reparaci¨®n, para promover transformaciones socioculturales que lleven hacia sociedades democr¨¢ticas e igualitarias, con paz y sin violencias hacia las mujeres.
Es preciso tener claro que la violencia sexual contra las mujeres es un crimen atroz que, cuando es cometido de manera sistem¨¢tica o generalizada en tiempos de conflictos armados y dictaduras, constituye un crimen de lesa humanidad. Por lo que, en pleno siglo 21, si los Estados no adoptan medidas para poner fin a la impunidad, no ser¨¢ posible prevenir que las mujeres vivamos una vida libre de violencias en ning¨²n contexto.
Para empezar a andar este tiempo de transformaci¨®n sociocultural, donde el objetivo sea garantizar una vida libre de violencia contra las mujeres, es fundamental transitar hacia democracias representativas e igualitarias, en las que la prioridad sea la participaci¨®n activa de las sobrevivientes y de todas las mujeres.