Por un impuesto a la capitalizaci¨®n burs¨¢til de las energ¨¦ticas
En tiempos de guerra se han desarrollado a menudo instrumentos fiscales innovadores para gravar el aumento de beneficios de determinadas empresas
La invasi¨®n de Ucrania por parte de Rusia en febrero de 2022 y la guerra subsiguiente han tra¨ªdo dificultades a la econom¨ªa mundial, y a la econom¨ªa de la Uni¨®n Europea en particular. El aumento de los precios de la energ¨ªa ¡ªel petr¨®leo pas¨® de unos 70 d¨®lares en 2021 a un m¨¢ximo de 120 d¨®lares en junio de 2022¡ª ha incrementado dr¨¢sticamente los costes de los insumos de la mayor¨ªa de las empresas y el gasto energ¨¦tico de los hogares.
Para algunas empresas, si...
La invasi¨®n de Ucrania por parte de Rusia en febrero de 2022 y la guerra subsiguiente han tra¨ªdo dificultades a la econom¨ªa mundial, y a la econom¨ªa de la Uni¨®n Europea en particular. El aumento de los precios de la energ¨ªa ¡ªel petr¨®leo pas¨® de unos 70 d¨®lares en 2021 a un m¨¢ximo de 120 d¨®lares en junio de 2022¡ª ha incrementado dr¨¢sticamente los costes de los insumos de la mayor¨ªa de las empresas y el gasto energ¨¦tico de los hogares.
Para algunas empresas, sin embargo, este conflicto se ha convertido en una oportunidad. Muchas empresas energ¨¦ticas han visto aumentar sus beneficios y el precio de sus acciones, obteniendo rentas del aumento de los precios del petr¨®leo y el gas.
Para atenuar el choque energ¨¦tico, proponemos gravar el aumento de la capitalizaci¨®n burs¨¢til de las empresas energ¨¦ticas. Este moderno impuesto sobre el exceso de beneficios redistribuir¨ªa eficazmente las ganancias inesperadas de la guerra de forma sencilla.
Estimamos que un impuesto del 33% sobre el aumento de 2022 de la capitalizaci¨®n burs¨¢til de las empresas energ¨¦ticas con sede (o con ventas) en la Uni¨®n Europea generar¨ªa unos 80.000 millones de euros de ingresos para la Uni¨®n Europea, el equivalente al 0,4% de su PIB.
Si se redistribuye ¨ªntegramente y por igual a todos los hogares de la UE, este impuesto ¨²nico podr¨ªa financiar una transferencia de 180 euros por persona, m¨¢s de 700 euros para una familia de cuatro miembros. Con un tipo impositivo del 50%, la transferencia superar¨ªa los 1.000 euros para una familia de cuatro miembros.
Nuestra propuesta moderniza los tradicionales impuestos sobre el exceso de beneficios y los adapta a las realidades econ¨®micas del siglo XXI. Los impuestos sobre el exceso de beneficios se han utilizado con ¨¦xito en el pasado, especialmente en tiempos de guerra. Por ejemplo, Estados Unidos introdujo un impuesto sobre el exceso de beneficios en 1940, en vigor hasta 1950, con un tipo del 95%.
Sin embargo, la organizaci¨®n de la actividad econ¨®mica mundial ha cambiado sustancialmente desde la Segunda Guerra Mundial. Hoy en d¨ªa, una gran parte de la producci¨®n est¨¢ en manos de empresas multinacionales que pueden trasladar sus beneficios a filiales situadas en territorios de baja tributaci¨®n. Un estudio reciente muestra que el 36% de los beneficios obtenidos por las empresas en pa¨ªses distintos a los de su sede central se trasladan a para¨ªsos fiscales en todo el mundo, lo que supone un aumento espectacular desde la d¨¦cada de 1970. Esto complica la tributaci¨®n de los beneficios.
Mientras tanto, los mercados financieros se han desarrollado. La relaci¨®n entre la capitalizaci¨®n burs¨¢til y el PIB supera el 100% en muchos pa¨ªses. Aunque algunas siguen siendo de propiedad cerrada, la gran mayor¨ªa de las grandes empresas energ¨¦ticas cotizan en Bolsa. Esto hace que el objetivo de la capitalizaci¨®n burs¨¢til sea atractivo.
Nuestra propuesta tiene dos ventajas principales en relaci¨®n con los impuestos sobre el exceso de beneficios habituales. En primer lugar, como las capitalizaciones burs¨¢tiles son observables y dif¨ªciles de manipular, el impuesto que proponemos ser¨ªa f¨¢cil de aplicar. Las empresas no podr¨ªan evitarlo trasladando los beneficios a los para¨ªsos fiscales.
En segundo lugar, este impuesto captar¨ªa todas las rentas obtenidas por las empresas energ¨¦ticas, incluidas las obtenidas en la extracci¨®n de petr¨®leo y gas (¡°actividades previas¡±), en contraposici¨®n a las rentas obtenidas en el refinado y otras ¡°actividades posteriores¡±. Estas ¨²ltimas son las principales destinatarias de otros impuestos sobre el exceso de beneficios que se discuten actualmente en la Uni¨®n Europea, como la contribuci¨®n de solidaridad temporal propuesta por la Comisi¨®n Europea en septiembre de 2022.
Dado que el impuesto que proponemos es mucho m¨¢s completo, generar¨ªa aproximadamente tres veces m¨¢s ingresos que esta contribuci¨®n de solidaridad: 80.000 millones de euros frente a 25.000 millones para un tipo impositivo del 33%.
?C¨®mo funcionar¨ªa el impuesto en la pr¨¢ctica? Para las empresas energ¨¦ticas con sede en la Uni¨®n Europea, proponemos que la UE grave el 100% del aumento de la capitalizaci¨®n burs¨¢til desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022.
En el caso de las empresas energ¨¦ticas con sede fuera de la Uni¨®n Europea, el aumento de la capitalizaci¨®n burs¨¢til se repartir¨ªa a la UE proporcionalmente a la fracci¨®n de las ventas globales realizadas en la UE. Por ejemplo, si la valoraci¨®n de mercado de un productor de gas de fuera de la UE aumentara en 100.000 millones de euros en 2022 y la empresa realizara el 20% de sus ventas en la Uni¨®n Europea, entonces 20.000 millones de euros estar¨ªan sujetos a impuestos en la Uni¨®n Europea.
As¨ª, el impuesto se aplicar¨ªa no s¨®lo a las empresas europeas, sino tambi¨¦n a las que extraen petr¨®leo y gas fuera de la Uni¨®n Europea y venden a los consumidores comunitarios. Esto es fundamental para redistribuir eficazmente los beneficios inesperados y hacer frente a las dificultades causadas por el aumento de los precios de la energ¨ªa.
El impuesto que proponemos es f¨¢cil de administrar. Podr¨ªa ser recaudado por las comisiones del mercado de valores de cada pa¨ªs, que ya cobran tasas a las empresas que cotizan en Bolsa. Es dif¨ªcil de evitar, porque la capitalizaci¨®n del mercado es f¨¢cilmente observable y no puede ser manipulada.
A menudo, en tiempos de guerra se han desarrollado instrumentos fiscales innovadores. El que proponemos responde a las circunstancias espec¨ªficas de la crisis actual, y a los retos pr¨¢cticos de gravar a las empresas multinacionales en un mundo globalizado.