?Qu¨¦ es lo indiscutible?
La negativa del Gobierno al debate lleva a que el discurso independentista se convierta en ¨²nico
En una sociedad democr¨¢ticamente constituida, en contra de lo que con frecuencia se dice, no se puede discutir sobre todo, sino que se puede discutir sobre casi todo. La democracia como forma pol¨ªtica descansa sobre determinados principios que no pueden ser siquiera sometidos a discusi¨®n. Es la indiscutibilidad de esos principios lo que nos permite discutir civilizadamente sobre todo lo dem¨¢s.
Sobre qu¨¦ es lo indiscutible se puede discutir, aunque hay un consenso muy amplio, casi unanimidad en los pa¨ªses democr¨¢ticamente constituidos, en que lo indiscutible est¨¢ integrado por los derechos fundamentales y por la proyecci¨®n del principio de legitimidad democr¨¢tica en la definici¨®n de los poderes del Estado. Que los ciudadanos tienen que ser titulares de los derechos fundamentales en condiciones de igualdad, que el Parlamento y el Gobierno tienen que ser elegidos directa e indirectamente por los ciudadanos y que la justicia tiene que ser administrada por jueces y magistrados con base en los principios que se figuran en el art¨ªculo 117.1 de la Constituci¨®n, no se puede discutir en t¨¦rminos democr¨¢ticos.
?Pertenece a lo indiscutible la integraci¨®n de las ¡°nacionalidades y regiones¡± en el Estado de la misma manera que lo es el derecho a la vida o a la tutela judicial efectiva o la naturaleza representativa del Congreso de los Diputados? Nadie podr¨ªa pretender que se discutiera siquiera acerca de si la mayor¨ªa parlamentaria podr¨¢ decidir que la justicia se administrara por jueces elegidos por dicha mayor¨ªa prescindiendo de las garant¨ªas constitucionales que deben presidir todo tipo de procesos. Esto es sencillamente imposible.
Pero, ?puede extenderse esa indiscutibilidad a la pretensi¨®n de los ciudadanos de una parte del Estado a que se abra un debate acerca de su permanencia como ciudadanos de ese Estado o de su constituci¨®n como ciudadanos de un Estado distinto, independiente del primero? En democracia no se puede abrir un debate sobre la titularidad y el ejercicio de los derechos fundamentales o sobre la naturaleza representativa de los poderes del Estado. Pero, ?no se puede abrir un debate sobre la pretensi¨®n de independencia de los ciudadanos de un determinado territorio?
En mi opini¨®n, el constituyente espa?ol de 1978 excluy¨® el debate. La independencia de una parte del territorio no puede ser siquiera sometida a discusi¨®n. Esto se deduce del debate constituyente y del propio texto constitucional tal como fue definitivamente aprobado. La posici¨®n del Gobierno coincide con la del constituyente. Pero esta indiscutibilidad no es una exigencia democr¨¢tica en cuanto tal, sino resultado de una coyuntura hist¨®rica. No goza, en consecuencia, de la naturaleza propia de lo que es realmente indiscutible. Es una indiscutibilidad sometida a la cl¨¢usula rebus sic stantibus, es decir, a que se mantengan las circunstancias en las que fue formulada.
Esto es lo que en Catalu?a se est¨¢ poniendo en cuesti¨®n. Las circunstancias bajo las que se produjo la integraci¨®n de Catalu?a como comunidad aut¨®noma en el Estado espa?ol con base en la Constituci¨®n y el Estatuto de Autonom¨ªa de 1979, han cambiado tras la sentencia del Tribunal Constitucional de 2010 sobre la reforma de dicho Estatuto. La Constituci¨®n y el Estatuto que los catalanes hab¨ªan considerado como instrumentos de autogobierno, han dejado de considerarlos como tales a partir de la sentencia. Quieren, en consecuencia, que se abra el debate sobre la integraci¨®n o no de Catalu?a en el Estado y que se les permita ejercer el derecho de sufragio en tal sentido.
No sabemos cu¨¢ntos ciudadanos de Catalu?a piensan de esta manera, pero lo que s¨ª sabemos es que este discurso es el ¨²nico que se est¨¢ poniendo en circulaci¨®n. La negativa del Gobierno de la Naci¨®n a entrar en el debate se est¨¢ traduciendo en que el discurso independentista se haya convertido en el discurso ¨²nico y en que se est¨¦ presentando como expresi¨®n del derecho a decidir, esto es, como la expresi¨®n del derecho constitutivo de la democracia.
?Se les puede decir a los ciudadanos de Catalu?a que deber¨ªan haberlo pensado en 1978 y que ahora ya no tienen nada que decir? ?Se les puede decir que en 2013 no pueden argumentar que no sienten la Constituci¨®n como propia, porque sus parlamentarios la aprobaron y los ciudadanos la refrendaron de manera muy mayoritaria el 6 de diciembre de 1978?
Esta es la posici¨®n del Gobierno de la Naci¨®n. A los ciudadanos de Catalu?a no se les puede permitir siquiera que expresen su opini¨®n. Ni sobre la Constituci¨®n ni sobre el Estatuto. Ya lo hicieron en 1978 respecto de la Constituci¨®n y en 2006 respecto del Estatuto, aunque despu¨¦s el Tribunal Constitucional modificara el contenido del texto aprobado en refer¨¦ndum. Esto es lo que hay. Fin de la cita.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.