La Audiencia Nacional absuelve a 40 acusados de pertenencia a Segi
Los imputados son miembros de un colectivo pol¨ªtico, no vinculado a la violencia callejera Fueron detenidos en 2009 y actuaban bajo la Plataforma Gazte Independentistak El fallo supone un varapalo a la instrucci¨®n del juez Fernando Grande-Marlaska


La Audiencia Nacional absolvi¨® ayer a 40 personas a las que el fiscal y la acusaci¨®n particular (Dignidad y Justicia) ped¨ªan entre 6 y 12 a?os de c¨¢rcel por integraci¨®n en organizaci¨®n terrorista como presuntos miembros de la rama juvenil de ETA, Segi. El tribunal concluye que los 40 imputados actuaban bajo la Plataforma Gazte Independentistak (J¨®venes Independentistas), colectivo que, seg¨²n la sentencia, no estaba vinculado a la violencia callejera ni a Segi ¡ªla cantera de j¨®venes de ETA ilegalizada en 2007¡ª sino a actividades de contenido pol¨ªtico. ¡°No consta que Gazte Independentistak dependiera de ETA ni que esta dise?ara su estrategia y actividades¡±, dice el fallo.
Los acusados fueron detenidos en noviembre de 2009 tras el arresto el 11 de abril de ese a?o en una estaci¨®n de tren de Par¨ªs del entonces n¨²mero dos del aparato log¨ªstico de ETA, Ekaitz Sirvent. Al etarra se le incaut¨® un documento en el que se analizaba la situaci¨®n de la organizaci¨®n y se daban directrices a la ilegalizada Segi. La operaci¨®n supuso el ¡°descabezamiento de la cantera de ETA¡± y un duro golpe contra la organizaci¨®n de la izquierda abertzale, seg¨²n inform¨® entonces el Ministerio del Interior, dirigido por Alfredo P¨¦rez Rubalcaba.
Paralelamente, a lo largo de 2008 y 2009 salt¨® a la escena pol¨ªtica vasca y navarra el colectivo Gazte Independentistak, que asumi¨® campa?as que antes trataba Segi, como la causa por la independencia o los derechos de los presos terroristas. Tambi¨¦n actu¨® en otras cuestiones como el desempleo juvenil o la vivienda.
La sentencia asegura que los 40 absueltos actuaban bajo el paraguas de esta asociaci¨®n, cuya vinculaci¨®n con la banda no ha quedado probada.¡°A ninguno de ellos se le vincula con acciones de violencia callejera, no se les ha atribuido la preparaci¨®n, ejecuci¨®n, ayuda o encubrimiento de delitos violentos mediante el uso de artefactos explosivos o inflamables¡± afirma el tribunal. Aun as¨ª, desliza frases como esta: ¡°Podr¨ªamos afirmar su condici¨®n de militantes de la organizaci¨®n terrorista, pero no que han realizado alg¨²n tipo de aportaci¨®n material o concreta a las acciones criminales de Segi, las que determinaron su ilegalizaci¨®n¡±.
El caso fue instruido por el juez Fernando Grande Marlaska, actual presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que consideraba que los detenidos estaban vinculados a Segi para tratar de ¡°incrementar el n¨²mero de militantes¡± para as¨ª afrontar las l¨ªneas marcadas por ETA de ¡°endurecer el conflicto mediante el vandalismo terrorista¡±.
El fallo contiene cr¨ªticas veladas a la instrucci¨®n. El tribunal, presidido por Manuela Fern¨¢ndez Prado, no tuvo en cuenta, siguiendo el criterio del Tribunal Supremo, las declaraciones que los acusados realizaron solo ante la polic¨ªa cuando los detenidos se encontraban incomunicados por estar ¡°en un contexto inquisitivo y secreto donde no pueden realizarse las garant¨ªas del proceso¡±.
La sentencia abunda en que, posteriormente, los detenidos fueron puestos a disposici¨®n judicial e interrogados por Grande-Marlaska. El fallo detecta tambi¨¦n irregularidades en esta fase. ¡°La declaraci¨®n se celebraba de manera inmediata, en algunos casos pocas horas despu¨¦s del interrogatorio policial. Asist¨ªa al detenido el abogado de oficio. Aunque en alg¨²n acta constaba que se levantaba la incomunicaci¨®n, lo cierto es que su r¨¦gimen legal segu¨ªa aplic¨¢ndose: el imputado no era acompa?ado ni aconsejado por letrado de confianza, ni hab¨ªa podido entrevistarse con el abogado de oficio¡±, sostiene el tribunal. El fallo excluy¨® estas diligencias judiciales por considerar que se realizaron ¡°en el mismo espacio de suspensi¨®n de derechos¡± que los interrogatorios policiales.
Los 36 detenidos inicialmente (otros cuatro fueron juzgados posteriormente y absueltos de las mismas acusaciones) se acogieron a su derecho a no declararse culpables. Pero frente a ese dato que la sala cree ¡°concluyente sobre el respeto a las garant¨ªas de la libertad de declaraci¨®n en sede judicial¡±, 22 acusados se inculparon previamente ante la polic¨ªa de hechos que pod¨ªan perjudicarles: ¡°El contraste es revelador¡±, dice el fallo. La resoluci¨®n cuenta con el voto particular de uno de los tres magistrados, Nicol¨¢s Poveda, que cree que las declaraciones se obtuvieron sin torturas y que los acusados s¨ª ten¨ªan una vinculaci¨®n con el entorno de ETA.
La mayor¨ªa de los detenidos pasaron m¨¢s de un a?o en prisi¨®n preventiva. Es el caso de algunos supuestos cabecillas, entre los que se encuentra el periodista Jon Teller¨ªa, que cumpli¨® un a?o y tres meses, o Ainara Bakedano, encarcelada un a?o y cinco meses.
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