El Supremo equipara a los aforados con los dem¨¢s imputados de los ERE
El tribunal rechaza recursos de Gri?¨¢n y Zarr¨ªas contra la decisis¨®n de enviar informes a la juez


A falta de 10 d¨ªas para que empiecen las comparecencias en el Tribunal Supremo de los cinco imputados en el caso de los ERE de Andaluc¨ªa, el juez instructor de la causa, Alberto Jorge Barreiro, ha dictado un auto en el que da un toque de atenci¨®n a los aforados, a los que le recuerda cu¨¢l es su funci¨®n como juez investigador, cuestionada por las defensas de alguno de los imputados. Entre otros aspectos, Barreiro les advierte de que los hechos por los que se les investiga son ¡°sustancialmente¡± los mismos que instruye Mercedes Alaya en Sevilla y rebate que, como plantean algunos de los imputados en el Supremo, los hechos investigados en Sevilla y en Madrid sean diferentes.
El Supremo ha citado a partir del d¨ªa 7 de abril a los cinco aforados nacionales supuestamente implicados en el caso de los ERE: los expresidentes andaluces Manuel Chaves y Jos¨¦ Antonio Gri?¨¢n y los exconsejeros Gaspar Zarr¨ªas, Jos¨¦ Antonio Viera y Mar Moreno. El auto hecho hoy p¨²blico responde a un recurso de reforma que presentaron las defensas de Zarr¨ªas y de Gri?¨¢n contra la decisi¨®n del instructor de enviar a la juez Alaya la contrapericial aportada por la defensa del expresidente andaluz ante el Supremo. Ambos recurrieron tambi¨¦n la decisi¨®n de Barreiro de solicitar a los peritos de la Intervenci¨®n General del Estado una ampliaci¨®n de su informe sobre aquella contrapericial.
Barreiro rechaza los recursos y, en su auto, contextualiza el marco en el que se va a desarrollar su investigaci¨®n, respecto a la causa que se sigue en Sevilla. En primer lugar, rebate el argumento de las defensas de que los hechos que se instruyen en uno y otro sitio no son los mismos. Seg¨²n el magistrado s¨ª lo son ¡°sustancialmente¡± y cuentan con ¡°numerorosos¡± aspectos comunes hasta el punto de que de no ser por el r¨¦gimen de aforamientos que afecta a los cinco imputados, "resultar¨ªa indiscutible que los hechos tendr¨ªan que verse en un solo procedimiento".
El juez considera que los dos procedimientos tienen en com¨²n todo lo relativo a la ¡°posible ilegalidad del sistema de concesi¨®n de las ayudas sociolaborales y a empresas¡± y las consecuencias que este sistema g¨¦nero en los fondos p¨²blicos de la Comunidad Aut¨®noma de Andaluc¨ªa. El magistrado advierte adem¨¢s de que los gobiernos auton¨®micos son estructuras piramidales en las que se integraban los cinco aforados, por lo que tambi¨¦n ha considerarse que ¡°desde la perspectiva de la autor¨ªa y la participaci¨®n delictiva se da una interconexi¨®n importante¡± en la investigaci¨®n de la conducta individual de cada imputado, aunque entiende que no es igual la participaci¨®n individual de cada uno de ellos.
Barreiro considera patente que la investigaci¨®n abierta en el Supremo es una ¡°mera derivaci¨®n¡± del macroprceso que se tramita en Sevilla, por lo que ¡°por razones obvias¡±, del mismo modo que el Supremo cuando admiti¨® la causa acord¨® que el juzgado de Sevilla le remitir¨ªa todo lo relacionado con los aforados, en los hechos atribuibles a los no aforados " este instructor deber¨¢ remitir al juzgado de Sevilla el testimonio de lo actuado".
El juez rechaza tambi¨¦n la indefensi¨®n que seg¨²n los abogados de Gri?¨¢n y Zarr¨ªas podr¨ªa originarles aquel contrainforme ante el juzgado de Sevilla. Y Barreiro aprovecha para destacar "los muchos inconvenientes que suscita la fragmentaci¨®n artificiosa del proceso penal que genera el sistema de aforamientos", a los que en este caso se suman los inconvenientes que arrastra consigo un macroprceso. El juez apunta que la situaci¨®n de aforamiento no solo produce inconvenientes y limitaciones para los aforados a los que les recuerda adem¨¢s? que son libres de acogerse ¡°con alg¨²n condicionamiento¡± al fuero ordinario de una Audiencia Provincial y acudir al Tribunal Supremo solo en casaci¨®n. Lejos de originar debilidad procesal, Barreiro considera que el aforamiento origina ¡°una notable capacidad de trastocar el ¨¢mbito competencial de las instituciones a tenor del sistema procesal¡± que se viene aplicando.
El juez rebate tambi¨¦n la objeci¨®n de la defensa de Zarrias a las reuniones que ha venido manteniendo con los peritos del Estado, dando a entender que se trata " de una especie de reuniones cuasi clandestinas y contra legem, que se oponen al ordenamiento procesal" . El juez instructor en primer lugar advierte que esos peritos son judiciales y desde hace tres a?os son los peritos de la juez Alaya para esta causa, por lo que ¨¦l ha considerado que lo ¡°m¨¢s razonable¡± era recurrir a ellos para que complementen su investigaci¨®n respecto a los nuevos imputados por el Tribunal Supremo.
Los recurrentes se quejaban de que el juez no haya recibido hasta ahora a los peritos de la defensa y Barreiro les reprocha que ¡°confundan conceptos¡±. La pretensi¨®n de que el instructor reciba en este momento a los peritos de las defensas para planificar la l¨ªnea de la investigaci¨®n que va a seguirse con respecto a los imputados es una opci¨®n que, seg¨²n el instructor, ¡°desde luego favorece notablemente los intereses de la defensa pero no a los intereses de la sociedad en lo que ha de ser una investigaci¨®n judicial de la que no deben tener conocimiento los investigados, pues no parece factible planificar una investigaci¨®n judicial con una actuaci¨®n conjunta y connivente de los investigadores e investigados".
El auto tambi¨¦n rechaza la objeci¨®n de la defensa de Zarr¨ªas a la petici¨®n del instructor de solicitar un informe sobre las cuestiones tratadas en la Comisi¨®n General de viceconsejeros, las conocidas como consejillos, que se celebran antes de cada reuni¨®n semanal del Consejo de Gobierno y en las que se preparan los asuntos que se abordar¨¢n en estos. Seg¨²n Barreiro, el contenido de esos consejos de viceconsejeros puede ser relevante para la investigaci¨®n para averiguar los delitos que pudieron cometerse ¡°en los altos niveles de la pir¨¢mide administrativa¡±. Adem¨¢s, este informe debe servir tambi¨¦n para conocer c¨®mo se preparaban las decisiones que luego se aprobaban en los consejos de Gobierno. En este sentido, el juez recuerda que en el delito de prevaricaci¨®n (que junto al de malversaci¨®n es el que se investiga en los cinco aforados) no solo concurre la modalidad de la autor¨ªa, ya que tambi¨¦n cabe en la forma de ¡°participaci¨®n¡±.
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