Las nuevas restricciones para Madrid: movilidad limitada, aforos al 50% y reuniones de no m¨¢s de seis personas
No se cerrar¨¢n parques infantiles ni espacios verdes de las ¨¢reas afectadas
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El Ministerio de Sanidad public¨® el jueves, 30 de septiembre, las medidas de control y recomendaciones para aquellas localidades que superen los nivele...
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El Ministerio de Sanidad public¨® el jueves, 30 de septiembre, las medidas de control y recomendaciones para aquellas localidades que superen los niveles acordados este mi¨¦rcoles en el Consejo Interterritorial de Salud ¡ªincidencia de 500 casos por cada 100.000 habitantes en 14 d¨ªas; 10% de PCR positivas y una ocupaci¨®n de enfermos de covid en las UCI por encima del 35%¡ª. A partir de esos criterios, 10 municipios de la Comunidad de Madrid, incluida la capital, establecer¨¢n confinamientos perimetrales, entre otras limitaciones, a partir de la noche de este viernes, 2 de octubre. Adem¨¢s de la capital, afecta a Parla, Fuenlabrada, Alcobendas, Torrej¨®n de Ardoz, Getafe, Alcorc¨®n, Legan¨¦s, M¨®stoles y Alcal¨¢ de Henares. Los madrile?os no ser¨¢n multados todav¨ªa en el caso de que decidan salir de sus municipios (hasta que se pronuncie la autoridad judicial) "pero se recomienda que no se desplacen¡±, ha dicho el consejero de Justicia; Enrique L¨®pez. El Gobierno de la Comunidad de Madrid -que aplicar¨¢ la norma aunque la llevar¨¢ a los juzgados- mantendr¨¢ las restricciones que hab¨ªa hasta ahora en zonas b¨¢sicas de salud donde las hab¨ªa impuesto y que se quedar¨ªan fuera al ser de urbes de menos de 100.000 habitantes. Se trata de la zona b¨¢sica sanitaria de Reyes Cat¨®licos (San Sebasti¨¢n de los Reyes) y de Humanes de Madrid. Tambi¨¦n se a?ade el municipio de Villa del Prado, durante 14 d¨ªas a contar a partir del 5 de octubre.
La Comunidad de Madrid aplicar¨¢ las medidas restrictivas del Ministerio de Sanidad desde las 22.00 de la noche de este viernes 2 de octubre y al menos hasta dentro de 14 d¨ªas, el periodo que informa la Comunidad que va a fijar en su propia orden.
Limitaci¨®n de los desplazamientos. Se restringir¨¢ la entrada y salida de personas del municipio como norma general, si bien se permiten muchas excepciones para desplazamientos: asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales; asistencia a centros universitarios, docentes y educativos (incluidas las escuelas de educaci¨®n infantil); retorno al lugar de residencia habitual; asistencia y cuidado a mayores, menores o dependientes¡ Tambi¨¦n se permiten desplazamientos a entidades financieras y de seguros que no puedan aplazarse, actuaciones requeridas ante los ¨®rganos p¨²blicos, judiciales o notariales, y tambi¨¦n renovaciones de permisos y documentaci¨®n oficial, as¨ª como otros tr¨¢mites administrativos inaplazables. Adem¨¢s, estar¨¢ permitido moverse para la realizaci¨®n de ex¨¢menes o pruebas oficiales, as¨ª como por causa de fuerza mayor o situaci¨®n de necesidad, e incluso en cualquier otra actividad de an¨¢loga naturaleza, debidamente acreditada. La resoluci¨®n no habla de la forma de justificar estos desplazamientos. Preguntados al respecto, los consejeros de Justicia y Sanidad de la Comunidad se han referido al modelo de justificante (laboral, pero adaptable a otros casos) que comparti¨® el gobierno regional cuando impuso restricciones en zonas b¨¢sicas de salud. Adem¨¢s, se realiza una recomendaci¨®n expl¨ªcita de evitar todo movimiento o desplazamiento innecesario en los municipios afectados.
Circulaci¨®n por las carreteras. La circulaci¨®n por carreteras y viales que transcurran o atraviesen los municipios confinados se permitir¨¢ cuando tenga origen y destino fuera de los mismos, seg¨²n contempla la orden de Sanidad.
Movilidad en las ciudades. Dentro de los propios municipios, los ciudadanos podr¨¢n moverse ¡°siempre respetando las medidas de protecci¨®n individual y colectiva establecidas por las autoridades sanitarias competentes¡±, sin excluir que puedan fijarse restricciones m¨¢s estrictas por parte de las comunidades aut¨®nomas. De momento la Comunidad de Madrid no a?ade ninguna al respecto. Todos los vecinos de las 45 zonas b¨¢sicas de salud que se han visto afectados por las ¨®rdenes de la Comunidad de Madrid desde hace dos semanas podr¨¢n movilizarse por todo su municipio. La excepci¨®n ser¨ªa, seg¨²n lo explicado por los consejeros, el caso de la zona b¨¢sica de salud Reyes Cat¨®licos (San Sebasti¨¢n de los Reyes).
Parques infantiles. El texto de Sanidad no incluye finalmente ninguna limitaci¨®n sobre parques o parques infantiles, como se hab¨ªa anunciado en un primer momento, por lo que en principio no obliga a cerrarlos, aunque la comunidad aut¨®noma puede hacerlo, como ya ha hecho Madrid con los parques infantiles de las zonas sanitarias confinadas. La Orden ministerial contempla su apertura para los 10 municipios afectados, aunque la Direcci¨®n General de Salud P¨²blica del Gobierno madrile?o establecer¨¢ por criterio t¨¦cnico su cierre en las zonas b¨¢sicas de salud que quedan fuera de la Orden ministerial: Reyes Cat¨®licos en San Sebasti¨¢n de los Reyes, Humanes y Villa del Prado.
Reuniones. Las reuniones familiares y sociales estar¨¢n limitadas a un m¨¢ximo de seis personas en todos los casos en toda la regi¨®n -no solo en las zonas afectadas por confinamientos perimetrales-, ya se celebren en ¡°espacios p¨²blicos o privados¡± a excepci¨®n de que ¡°se trate de convivientes y excepto en el caso de actividades laborales e institucionales o en el de actividades en que se establezcan l¨ªmites o medidas espec¨ªficas¡±.
Lugares de culto y velatorios. En los lugares de culto, el aforo m¨¢ximo ser¨¢ de un tercio, garantizando en todo caso la distancia m¨ªnima interpersonal de 1,5 metros; en los velatorios, 15 personas en espacios al aire libre o 10 en espacios cerrados, sean o no convivientes. Y un m¨¢ximo de 15 en los entierros.
Tiendas, bares y restaurantes. Tiendas, locales de hosteler¨ªa y de apuestas podr¨¢n trabajar con un aforo m¨¢ximo del 50% (tanto en interior como en exteriores); el horario de cierre ser¨¢ a las 22.00 para los comercios y a las 23.00 para la hosteler¨ªa a excepci¨®n de servicios de entrega de comida a domicilio, y no se podr¨¢n admitir nuevos clientes desde las 22.00. ¡°El consumo en barra no estar¨¢ permitido¡±, recoge el documento. En todos los casos, ¡°las mesas o agrupaciones de mesas deber¨¢n guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros¡±, respecto a las sillas asignadas a las dem¨¢s mesas o agrupaciones de mesas, y tener una ocupaci¨®n m¨¢xima de seis personas.
Autoescuelas y academias. Las academias de formaci¨®n no reglada y autoescuelas tambi¨¦n podr¨¢n trabajar al 50% de su aforo, el mismo porcentaje que podr¨¢n acoger las instalaciones deportivas en espacios interiores (el 60% en exteriores). ¡°La pr¨¢ctica deportiva en grupos se reducir¨¢ a un m¨¢ximo de seis personas¡±, sigue el texto de Sanidad.
Revisi¨®n de la situaci¨®n. Las autonom¨ªas afectadas y Sanidad ¡°revisar¨¢n semanalmente de manera conjunta la situaci¨®n epidemiol¨®gica de los municipios¡± confinados y decidir¨¢n, tambi¨¦n de forma conjunta, ¡°la modificaci¨®n del ¨¢mbito de aplicaci¨®n de las medidas¡± que permitir¨¢ levantar el confinamiento cuando mejoren los indicadores, seg¨²n recoge el texto de Sanidad.
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