La Fundaci¨®n Toro de Lidia considera que la exclusi¨®n de la tauromaquia del bono cultural es ilegal y arbitraria
Lorenzo Clemente, presidente de la comisi¨®n jur¨ªdica de la entidad, analiza el recurso presentado ante el Tribunal Supremo
La Fundaci¨®n Toro de Lidia (FTL) est¨¢ plenamente convencida de que la exclusi¨®n de los espect¨¢culos taurinos del bono cultural es una decisi¨®n ilegal y arbitraria del Gobierno. As¨ª, de manera tajante y categ¨®rica lo afirma Lorenzo Clemente, presidente de la Comisi¨®n Jur¨ªdica de esta entidad, que ha dirigido la elaboraci¨®n de las alegaciones que el pasado febrero presentaron ante el Ministerio de Cultura y el recurso contencioso admin...
La Fundaci¨®n Toro de Lidia (FTL) est¨¢ plenamente convencida de que la exclusi¨®n de los espect¨¢culos taurinos del bono cultural es una decisi¨®n ilegal y arbitraria del Gobierno. As¨ª, de manera tajante y categ¨®rica lo afirma Lorenzo Clemente, presidente de la Comisi¨®n Jur¨ªdica de esta entidad, que ha dirigido la elaboraci¨®n de las alegaciones que el pasado febrero presentaron ante el Ministerio de Cultura y el recurso contencioso administrativo que el 9 de mayo admiti¨® a tr¨¢mite la sala tercera del Tribunal Supremo.
El Bolet¨ªn Oficial del Estado public¨® el 29 de diciembre de 2021 la ley de Presupuestos Generales del Estado, que en su disposici¨®n adicional cent¨¦sima vig¨¦sima segunda anunciaba la creaci¨®n del bono cultural joven, que beneficiar¨¢ a los j¨®venes que cumplan 18 a?os en 2022, y tendr¨¢n derecho a un importe m¨¢ximo de 400 euros ¡°que se destinar¨¢n a las actividades y productos culturales, tanto p¨²blicos como privados, que se determinen reglamentariamente¡±, seg¨²n el texto legal.
Tras unos titubeos pol¨ªticos iniciales, pronto qued¨® claro que los espect¨¢culos taurinos quedaban excluidos del bono y, a rengl¨®n seguido, comenz¨® una estrategia de la FTL, que, a estas alturas, cuando el bono cultural a¨²n no est¨¢ en marcha, espera una sentencia judicial definitiva.
¡°Al d¨ªa siguiente de la publicaci¨®n de la ley de Presupuestos, el ministro de Cultura, Miguel Iceta, declar¨® que el bono afectar¨ªa a todas las actividades culturales¡±, comenta Clemente, ¡°pero, horas despu¨¦s le llama la vicepresidenta Yolanda D¨ªaz, no tenemos pruebas, pero tampoco duda, y le dice que la tauromaquia debe ser excluida y, a partir de ah¨ª, el ministro rectifica y dice que ya se decidir¨¢ c¨®mo se articula¡±.
¡°La tauromaquia es el ¨²nico evento cultural excluido del bono cultural¡±
A finales de enero, la web de Cultura public¨® el borrador del reglamento, en el que ya aparece excluida la tauromaquia del bono cultural. Y el 16 de febrero, Victorino Mart¨ªn, presidente de la Fundaci¨®n Toro de Lidia, presenta un escrito de alegaciones con variados argumentos sobre ¡®la ilegalidad y arbitrariedad de la decisi¨®n del Gobierno¡±.
¡°Cultura no respondi¨® a nuestra interpelaci¨®n¡±, prosigue Clemente, ¡°y el BOE publica el 23 de marzo el Reglamento del Bono Cultural, que se mantiene inalterable, salvo en dos p¨¢rrafos en la exposici¨®n de motivos en los que se dice que el real decreto contempla expresamente la exclusi¨®n de productos, entre los que figuran los espect¨¢culos taurinos¡±.
Ante los hechos consumados, la FTL decide recurrir ante el Supremo y, el 9 de mayo, la Sala Tercera admite el recurso a tr¨¢mite y pide al ministerio que aporte el expediente del reglamento. ¡°Este es el procedimiento adecuado cuando se trata de una norma de car¨¢cter general, como es el reglamento del bono cultural¡±, explica Clemente. ¡°Cultura cuenta con 20 d¨ªas h¨¢biles para aportar la documentaci¨®n que le pide el Supremo y, a partir de ah¨ª, con el expediente en manos de la FTL se abre otro plazo para la presentaci¨®n de la demanda definitiva¡±.
Pregunta. ?Resulta aventurado hablar de plazos?
Respuesta. ¡°No es lo m¨¢s aconsejable si nos referimos al mundo judicial, pero, en condiciones normales, el expediente debe estar a punto de llegar al Supremo, que se tomar¨¢ unos d¨ªas antes de remitirlo a la FTL, y calculo que estar¨¢ en nuestro poder antes de las vacaciones de verano, a fin de que podamos presentar la demanda lo antes posible. Cultura tendr¨¢ un plazo para contestar y, despu¨¦s de ese tr¨¢mite, el Supremo emitir¨¢ sentencia¡±.
P. Se supone que la FTL espera ganar el recurso planteado¡
R. ¡°La Comisi¨®n Jur¨ªdica de la FTL, que solo es un ¨®rgano consultivo, tiene plena confianza en ello porque sus miembros estamos convencidos de que se ha producido un acto injusto e ilegal. No recurrimos por recurrir; en este caso, existen bases s¨®lidas para que los jueces tengan en cuenta el criterio de la Fundaci¨®n¡±.
¡°Injusto e ilegal¡±, insiste Clemente, ¡°porque la exclusi¨®n es exactamente lo contrario de la obligaci¨®n legal que tiene el Gobierno de promoverla y tutelarla, como recoge la Constituci¨®n en su art¨ªculo 44.1 y la ley de 2013 que regula la tauromaquia como patrimonio cultural¡±.
La FTL admite en su escrito de alegaciones que la Administraci¨®n tiene un cierto ¨¢mbito de discrecionalidad en la toma de decisiones, ¡°siempre que no se vulneren previsiones legales y constitucionales¡±.
¡°Con el Ministerio de Cultura podemos hablar, al contrario de lo que sucede con Trabajo, donde no nos cogen el tel¨¦fono ni admiten di¨¢logo alguno¡±
¡°El Gobierno puede escoger para el bono las actividades culturales que m¨¢s hayan sufrido los efectos de la pandemia¡±, a?ade Clemente, ¡°pero para ello debe justificar las p¨¦rdidas de cada sector; lo que no puede hacer es carecer de toda justificaci¨®n y se?alar que est¨¢n todas afectadas menos la tauromaquia. Esa actitud no es discrecionalidad, sino arbitrariedad¡±.
El presidente de la comisi¨®n jur¨ªdica de la FTL hace hincapi¨¦ en que el reglamento del bono cultural establece en el art¨ªculo 8 las actividades no subvencionables, entre las que se?ala la adquisici¨®n de productos de papeler¨ªa, libros de texto curriculares, equipos de software y hardware, material art¨ªstico, instrumentos musicales, espect¨¢culos deportivos y taurinos, moda y gastronom¨ªa.
¡°Ni la papeler¨ªa, ni los libros de texto, equipos inform¨¢ticos, el material art¨ªsticos y los instrumentos musicales constituyen un hecho cultural¡±, afirma Clemente, ¡°como tampoco los espect¨¢culos deportivos ¡ªsolo la pr¨¢ctica del deporte se considera manifestaci¨®n cultural¡ª, ni la moda y la gastronom¨ªa, que sin perjuicio de su vinculaci¨®n cultural, su tratamiento legislativo est¨¢ vinculado a otros ¨¢mbitos¡±.
¡°En conclusi¨®n, el ¨²nico evento cultural excluido es la tauromaquia¡±, ratifica.
Por ello, explica, han presentado el recurso ante el Supremo: ¡°Queremos conocer el expediente del ministerio, comprobar si hay justificaci¨®n para lo que han decidido y constatar c¨®mo han valorado nuestras alegaciones¡±. A pesar de todo, el representante de la FTL admite que existe una buena relaci¨®n con Cultura y, aunque a¨²n no los ha recibido el ministro, mantienen una interlocuci¨®n abierta con altos cargos del departamento.
¡°Con Cultura, al menos, podemos hablar, al contrario de lo que sucede con el Ministerio de Trabajo, donde no nos cogen el tel¨¦fono a pesar de nuestras reiteradas llamadas, no admiten di¨¢logo alguno y nos tratan como si fu¨¦ramos unos infectados¡±.
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