El Gobierno prorroga los ERTE y las ayudas para los aut¨®nomos hasta mayo: ?qu¨¦ incluyen y qui¨¦nes pueden beneficiarse?
El acuerdo alcanzado por el Ejecutivo con los agentes sociales no solo prolonga el periodo de cobertura, tambi¨¦n modifica algunos requisitos
El Consejo de Ministros prorroga este martes los expedientes de regulaci¨®n temporal de empleo (ERTE) y la prestaci¨®n por cese de actividad para los aut¨®nomos hasta el 31 de mayo, con lo que busca mantener hinchado un flotador al que se han agarrado empresarios y trabajadores durante los ¨²ltimos 10 meses de pandemia. Con esta decisi¨®n, a...
El Consejo de Ministros prorroga este martes los expedientes de regulaci¨®n temporal de empleo (ERTE) y la prestaci¨®n por cese de actividad para los aut¨®nomos hasta el 31 de mayo, con lo que busca mantener hinchado un flotador al que se han agarrado empresarios y trabajadores durante los ¨²ltimos 10 meses de pandemia. Con esta decisi¨®n, acordada el pasado martes con los agentes sociales tras duras sesiones de negociaci¨®n, el Ejecutivo no solo ampl¨ªa los plazos de cobertura de estas ayudas ¨Dque se estima que alcancen los 7.000 millones de euros: 5.000 millones para los ERTE y 2.000 millones para aut¨®nomos¨D, sino que a?ade una serie de modificaciones con las que pretender ampliar el grupo de beneficiarios.
?Hay alg¨²n cambio en la definici¨®n de los ERTE?
No. Esta nueva pr¨®rroga mantiene los mismos esquemas de protecci¨®n que recog¨ªan en el anterior real decreto que caducaba el pr¨®ximo 31 de enero, por lo que seguir¨¢n vigentes los tres tipos de ERTE que se han venido aplicando hasta hoy: los destinados a los sectores ultraprotegidos (en los que se concentran aquellas empresas que han recuperado del ERTE a menos del 65% de sus trabajadores y mantienen en el mismo a m¨¢s del 15% de los afiliados en una determinada actividad) y a las empresas vinculadas a su cadena de valor; los ERTE de impedimento de la actividad y los ERTE de limitaci¨®n. Estos dos ¨²ltimos est¨¢n pensados para restricciones administrativas temporales como la reducci¨®n de aforos o la prohibici¨®n de apertura de algunos negocios (por ejemplo, las discotecas).
?Qu¨¦ tipo de beneficios recoge la nueva norma?
Dependiendo de la tipolog¨ªa de los ERTE, las exoneraciones cambian. En el caso de los sectores ultraprotegidos y sus cadenas de valor, las exenciones ser¨¢n del 85% para empresas con menos de 50 trabajadores y del 75% para las que tienen m¨¢s de 50 empleados (tanto si han sido reincorporados como si se mantienen suspendidos). En los ERTE por impedimento ¨Da esta modalidad pueden acogerse empresas de cualquier sector o actividad¨D las exoneraciones ser¨¢n del 100% para las que cuenten con menos de 50 trabajadores y del 90% para las que no alcancen esta cifra. Para los ERTE de limitaci¨®n ¨Dtambi¨¦n puede acogerse cualquier tipo de empresa¨D, las exoneraciones ir¨¢n reduci¨¦ndose progresivamente hasta el mes de mayo. En las mayores de 50 empleados ser¨¢n de 100% en febrero, 90% en marzo, 85% en abril y 80% en mayo. Para las dem¨¢s, pasar¨¢n a ser del 90% el primer mes, y en los sucesivos del 80%, 75% y 70%.
?Qu¨¦ pasa si una empresa ya se encuentra inmersa en un ERTE con anterioridad a esta pr¨®rroga?
Nada. De hecho, el proceso de adecuaci¨®n a estas nuevas f¨®rmulas se realizar¨¢ de manera autom¨¢tica. Las empresas que sean titulares de un ERTE por impedimento o limitaci¨®n que haya sido autorizado antes o durante la vigencia de la nueva norma no tendr¨¢n que solicitar un nuevo proceso ante la autoridad laboral. Solamente deber¨¢n remitir una comunicaci¨®n tanto a esta autoridad como a la representaci¨®n sindical de los trabajadores de la empresa. Los ERTE que se basan en causas econ¨®micas, t¨¦cnicas, organizativas y de producci¨®n podr¨¢n tramitar una pr¨®rroga agarr¨¢ndose igualmente a estos dos condicionantes.
?Se mantiene el compromiso de no despedir en los seis meses posteriores a las empresas que se hayan acogido a un ERTE?
S¨ª. De hecho, este fue uno de los puntos que paraliz¨® el acuerdo de pr¨®rroga de los plazos durante algunas semanas, ya que la Confederaci¨®n Espa?ola de Organizaciones Empresariales (CEOE) y Cepyme, la patronal de las peque?as y medianas empresas, buscaban una flexibilizaci¨®n de esta norma que finalmente no lleg¨® a acordarse. Del mismo modo, los trabajadores afectados por un ERTE seguir¨¢n teniendo acceso a la prestaci¨®n ¨Dque equivaldr¨¢ al 70% de la base reguladora¨D, sin periodo de carencia, y no les computar¨¢ en la cotizaci¨®n el periodo consumido hasta enero de 2022.
?Han cambiado las ayudas a los aut¨®nomos?
No en su definici¨®n, pero s¨ª en su cuant¨ªa. Seguir¨¢n estando articuladas alrededor de las mismas cuatro prestaciones: la prestaci¨®n por suspensi¨®n de la actividad (que ser¨¢ del 50% de la base m¨ªnima de cotizaci¨®n y se incrementar¨¢ un 20% si el trabajador es miembro de una familia numerosa, adem¨¢s de quedar exonerado de pagar las cuotas de la Seguridad Social); la prestaci¨®n compatible con la ca¨ªda de la actividad cuando haya ca¨ªda de ingresos (ser¨¢ suficiente acreditar una p¨¦rdida del 50% en el primer semestre de 2021 en comparaci¨®n con el segundo de 2019, en lugar del 75% que se exig¨ªa anteriormente); la prestaci¨®n compatible con la actividad cuando haya ca¨ªda de ingresos (que corresponder¨¢ al 70% de la base m¨ªnima de cotizaci¨®n y tambi¨¦n quedar¨¢n exonerados del pago de cuotas); y la prestaci¨®n para aut¨®nomos de temporada (que ser¨¢ del 70% de la base m¨ªnima y requiere no tener ingresos superiores a 6.650 euros en el primer semestre de 2021).
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