La Audiencia ratifica las multas de 65 millones a Renfe por entorpecer la liberalizaci¨®n en mercanc¨ªas
Los acuerdos alcanzados por la compa?¨ªa p¨²blica y Deutsche Bahn provocaron ¡°una discriminaci¨®n comercial¡± para terceras empresas
La Audiencia Nacional ha ratificado la condena a Renfe por limitar la competencia en el transporte de mercanc¨ªas tras desestimar el recurso interpuesto por la operadora p¨²blica a la sentencia condenatoria de la que fue objeto en 2017 por la Comisi¨®n Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). El fallo, al que ha tenido acceso EL PA?S, no encuentra argumentos que justifiquen la anulaci¨®n de las dos ...
La Audiencia Nacional ha ratificado la condena a Renfe por limitar la competencia en el transporte de mercanc¨ªas tras desestimar el recurso interpuesto por la operadora p¨²blica a la sentencia condenatoria de la que fue objeto en 2017 por la Comisi¨®n Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). El fallo, al que ha tenido acceso EL PA?S, no encuentra argumentos que justifiquen la anulaci¨®n de las dos sanciones a Renfe Operadora y Renfe Mercanc¨ªas Sociedad Mercantil Estatal, S.A. ¨Dque ascienden a un total de 65 millones de euros¨D por obstaculizar el proceso de liberalizaci¨®n del transporte de mercanc¨ªas por ferrocarril iniciado en 2005, y por haber hecho uso de su posici¨®n de dominio para imponer sus acuerdos por encima de los de otros competidores.
La compa?¨ªa ferroviaria hab¨ªa argumentado que en la sentencia en la que se establec¨ªan las dos multas, una de ellas por valor de 49.962.000 euros y la otra de 15.129.000 ¨Dde la que deb¨ªan responder solidariamente Renfe Operadora y Renfe Mercanc¨ªas¨D se hab¨ªa vulnerado el principio non bis in ¨ªdem por entender que hab¨ªa sido sancionada dos veces por la misma infracci¨®n. Sin embargo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia ha estimado que ¡°no existe coincidencia en los hechos imputados que justifican la imputaci¨®n de dos infracciones¡±. Su cuant¨ªa total, de 65.091.000 euros, tambi¨¦n fue recurrida, aunque todav¨ªa no existe resoluci¨®n al respecto.
Adem¨¢s de a Renfe, la CNMC tambi¨¦n decret¨® multas para otras compa?¨ªas como Deutsche Bahn (10,5 millones de euros) y a varias de sus filiales ¨DTransfesa Rail, Pool Ib¨¦rico Ferroviario (PIF), Hispanauto, Semat, DB Ib¨¦rica Holding, DB Mobility Logistics y DB Schenker Rail Deutschland¨D por establecer acuerdos con Renfe para cerrar este mercado a la competencia.
Tratamiento preferencial
En la resoluci¨®n que impuso la multa, la m¨¢s alta impuesta por Competencia a una sola empresa en ese momento, el organismo considera que en los acuerdos firmados por Renfe con DB SR Deutschland, Transfesa, PIF e Hispanauto en materia de servicios de tracci¨®n ferroviaria se produjo ¡°un tratamiento preferencial¡±, por el que tuvieron ¡°garantizadas sus necesidades de tracci¨®n a 5 a?os (duraci¨®n de los acuerdos), con revisiones de precios pactadas de antemano¡±. Circunstancias que provocaron ¡°una discriminaci¨®n comercial para terceras empresas que demandaban tracci¨®n ferroviaria para transporte de mercanc¨ªas por ferrocarril¡±, particularmente a los miembros de la Asociaci¨®n de Empresas Ferroviarias Privadas (AEFP).
¡°La falta de acceso a la tracci¨®n de Renfe en condiciones similares a las de grupo Deutsche Bahn habr¨ªa impedido a estos competidores desarrollar estrategias expansivas de captaci¨®n de nuevos clientes, lo que ha contribuido a perpetuar la problem¨¢tica competitiva que genera su menor tama?o en un mercado en el que las econom¨ªas de escala y de red son muy significativas¡±, a?ade el texto.
Statu quo invariable
Este primer comportamiento irregular llev¨® a la CNMC a reconocer una segunda infracci¨®n por abuso de posici¨®n de dominio, ya que las condiciones ofrecidas a la AEPF fueron distintas de las pactadas entre Renfe y las empresas del Grupo Deutsche Bahn (Transfesa, PIF, Hispanauto y DB SR Deutschland).
Estas alianzas entre grupos que deber¨ªan haber competido entre s¨ª ¡°permitieron mantener casi invariable el statu quo preexistente a la liberalizaci¨®n del sector de transporte de mercanc¨ªas por ferrocarril en Espa?a¡±, explicaba en su d¨ªa Competencia. Renfe Operadora y Renfe Mercanc¨ªas ¡°ha abusado de su posici¨®n dominante en el mercado al aplicar condiciones comerciales desiguales dependiendo de qui¨¦n fuera el empresario competidor otorgando as¨ª ventajas competitivas a las empresas del Grupo Deutschland/Transfesa frente a las empresas ferroviarias asociadas a la AEFP¡±, recoge la sentencia ahora publicada.
La defensa de Renfe ten¨ªa como objeto relacionar ambas infracciones como una sola y ver recortada as¨ª su cuant¨ªa, pero el Alto Tribunal ha declarado que la resoluci¨®n ¡°no vulnera el principio non bis in ¨ªdem invocado en este proceso¡±. Ante esta sentencia cabe recurso de casaci¨®n.