El Gobierno eleva la penalizaci¨®n a contratos temporales de menos de 30 d¨ªas hasta los 29,74 euros
El BOE publica la orden de bases de cotizaci¨®n para 2023, con un aumento de las m¨ªnimas del 8%
El Gobierno ha elevado de 27,53 a 29,74 euros la cotizaci¨®n adicional que deben pagar los empresarios a la finalizaci¨®n de los contratos temporales de menos de 30 d¨ªas. Esta penalizaci¨®n, establecida en la reforma laboral para combatir la temporalidad y la rotaci¨®n laboral, se calcula en funci¨®n de la base m¨ªnima de cotizaci¨®n diaria del grupo 8 (oficiales de primera y segunda), que al igual que el resto de bases m¨ªnimas se ha incrementado un 8% para 2023, en consonancia ...
El Gobierno ha elevado de 27,53 a 29,74 euros la cotizaci¨®n adicional que deben pagar los empresarios a la finalizaci¨®n de los contratos temporales de menos de 30 d¨ªas. Esta penalizaci¨®n, establecida en la reforma laboral para combatir la temporalidad y la rotaci¨®n laboral, se calcula en funci¨®n de la base m¨ªnima de cotizaci¨®n diaria del grupo 8 (oficiales de primera y segunda), que al igual que el resto de bases m¨ªnimas se ha incrementado un 8% para 2023, en consonancia con el aumento del salario m¨ªnimo interprofesional (SMI) en la misma cuant¨ªa.
As¨ª lo refleja la orden de bases de cotizaci¨®n para este a?o que ha publicado este viernes el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE). Mediante esta orden se modifica la dictada el pasado 30 de enero, que a¨²no no recog¨ªa la subida del SMI. Esta, que fue del 8%, obtuvo luz verde a mediados de febrero, aunque con efectos desde el 1 de enero de este a?o.
Esta sobrecotizaci¨®n empresarial por la realizaci¨®n de contratos de muy corta duraci¨®n no se aplica a los contratos celebrados con trabajadores incluidos en los sistemas especiales para trabajadores por cuenta ajena agrarios y de empleados del hogar, o en el r¨¦gimen especial para la miner¨ªa del carb¨®n, ni tampoco a los contratos por sustituci¨®n, a los contratos para la formaci¨®n y el aprendizaje ni a los contratos para la formaci¨®n en alternancia.
Incluida en la reforma laboral de 2021, la penalizaci¨®n fue concebida como una forma de desincentivar a las empresas a hacer contratos muy cortos, de d¨ªas o de apenas cuatro semanas. Seg¨²n datos del Ministerio de Inclusi¨®n, Seguridad Social y Migraciones, ha aumentado en 50 d¨ªas la duraci¨®n media del total de contratos que han causado baja desde la entrada en vigor de la reforma laboral en comparaci¨®n con las cifras de 2019, antes de la pandemia.
La orden de bases de cotizaci¨®n para 2023 sit¨²a la base m¨¢xima para cualquier categor¨ªa profesional y grupo de cotizaci¨®n en 4.495,5 mensuales o 149,85 euros diarios, un 8,6% m¨¢s que en 2022, mientras que las bases m¨ªnimas suben un 8%, en consonancia con el alza del SMI.
Base m¨ªnima
De este modo, la base m¨ªnima de cotizaci¨®n en contingencias comunes para licenciados e ingenieros (grupo 1) se incrementa desde los 1.629,3 euros mensuales de 2022 a 1.759,5 euros, mientras que la de ayudantes no titulados, oficiales, auxiliares administrativos y subalternos (grupos 4, 5, 6 y 7) pasa a ser de 1.260 euros mensuales desde el 1 de enero de este a?o, frente a los 1.166,7 euros del a?o pasado.
Por su parte, la base m¨ªnima de cotizaci¨®n para ingenieros t¨¦cnicos, peritos y ayudantes titulados (grupo de cotizaci¨®n 2) se sit¨²a desde el 1 de enero en 1.459,2 euros al mes, frente a los 1.351,2 euros de 2022, mientras que la de la categor¨ªa profesional de jefes administrativos y de taller (grupo 3) alcanza los 1.269,3 euros mensuales, en contraste con los 1.175,4 euros del a?o pasado.
El tipo de cotizaci¨®n, en el caso de las contingencias comunes, es del 28,3%, del que el 23,6% corre a cargo de la empresa y el 4,7% por ciento, a cargo del trabajador. Para el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), vigente desde este a?o, el tipo de cotizaci¨®n es del 0,6%, del que el 0,5% corresponde a la empresa y el 0,1% al trabajador.
Aut¨®nomos
En el R¨¦gimen Especial de Trabajadores Aut¨®nomos (RETA) la base m¨¢xima de cotizaci¨®n para 2023 tambi¨¦n es de 4.495,5 euros mensuales, en tanto que la base m¨ªnima oscilar¨¢ entre los 751,6 euros de los aut¨®nomos con menores rendimientos netos (equivalentes o menores a 670 euros mensuales) y los 1.633,99 euros de los aut¨®nomos con ingresos iguales o superiores a los 6.000 euros al mes. Los trabajadores aut¨®nomos tendr¨¢n la posibilidad de cambiar de tramo cada dos meses, con un total de seis cambios al a?o, para adaptar su cotizaci¨®n a las previsiones de ingresos en cada ¨¦poca del a?o y de su actividad profesional.
El nuevo sistema define el concepto de rendimientos netos, que se calcular¨¢n deduciendo de los ingresos todos los gastos producidos en ejercicio de la actividad y necesarios para la obtenci¨®n de ingresos del aut¨®nomo. Sobre esa cantidad, se aplicar¨¢ una deducci¨®n adicional por gastos gen¨¦ricos del 7% (3% para los aut¨®nomos societarios). El resultado ser¨¢ la cifra que determinar¨¢ la base de cotizaci¨®n y la cuota correspondiente.
Al final del ejercicio fiscal y una vez conocidos los rendimientos netos anuales, se regularizar¨¢n las cotizaciones, devolvi¨¦ndose o reclam¨¢ndose cuotas en caso de que el tramo de rendimientos netos definitivos est¨¦ por debajo o por encima del indicado por las previsiones durante el a?o. Con el nuevo sistema de cotizaci¨®n, el Gobierno espera que uno de cada dos aut¨®nomos tenga una cuota m¨¢s baja que la actual, mientras que un 25% cotizar¨¢ m¨¢s.
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